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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (23/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Viernes 23 de febrero de 2024 El Peruano / ha sido emitida por autoridad incompetente, en tal sentido devuélvase el Expediente Administrativo correspondiente a la adjudicación en venta del terreno eriazo denominado BELLAVISTA CANOAS, ubicado en el Sector Bellavista Canoas, Distrito y Provincia Huarmey, Departamento Ancash, seguido por la Sociedad Anónima REDONDOS, por las consideraciones expuestas en la presente resolución; consecuentemente también se debe enmendar de la Resolución Directoral N° 0034-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 02 de junio de 2022, que dispone la corrección del error material considerada en la Resolución Directoral N° 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo de 2022, respecto del área del terreno eriazo y su perímetro; por lo tanto se debe considerar el área del terreno ya. Artículo Tercero: Dispóngase la conservación del acto administrativo contenido en artículo primero de la Resolución Directoral N° 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo de 2022, en el extremo que dispone la incorporación al dominio del Estado representado por el Gobierno Regional - Dirección Regional Agraria Ancash, de la super fi cie del mencionado terreno eriazo denominado BELLAVISTA CANOAS, ubicado en el Sector Bellavista Canoas, Distrito y Provincia Huarmey, Departamento Ancash por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Cuarto: Dispóngase la publicación y noti fi cación de la presente resolución y de la resolución que se emita con la debida corrección del área del predio, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 0581-2015-MINAGRI. Artículo Quinto: Notifíquese la presente Resolución a las o fi cinas administrativas pertinentes; Que, mediante Informe Nº 081-2023- GRA-GRDE- DRA/DTPRCCYTE de fecha 29 de agosto de 2023, concluye que se debe de cumplir con lo resuelto en la mediante Resolución Directoral Regional Nº 0091-2023-GRA-GRDE-DRA/D de fecha 09 de agosto de 2023, para enmendar la Resolución Ministerial Nº 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D de fecha 17 de marzo del 2022, previo visto bueno de la Unidad Legal, El área y perímetro del predio “Bellavista Canoas” de acuerdo a los nuevos planos y memorias descriptivas es: AREA : 459.8604 has, PERIMETRO: 13 319.84 ml; Que, por lo expuesto y conforme a lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi catorias; en concordancia con lo dispuesto en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza Regional N° 023-2011-REGION ANCASH/CR, modi fi cado por Ordenanza Regional N° 001-2018-GRA/ CR; en uso de las atribuciones establecidas; y, con las visaciones de las o fi cinas correspondientes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- RATIFICAR la Resolución Directoral Regional Nº 009-2022-GRA-GRDE-DRA/D de fecha 17 de marzo de 2022 que resuelve en el Artículo Primero: Disponer la INCORPORACION al dominio del Estado representado por el Gobierno Regional Dirección Regional Agraria de Ancash, la super fi cie del terreno eriazo denominado “Bellavista Canoas”. Artículo Segundo.- RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 0034-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 02 de junio de 2022, que dispone la corrección del error material considerada en la Resolución Directoral N° 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, de fecha 17 de marzo de 2022, respecto del área del terreno eriazo y su perímetro, la misma que quedará redactada de la siguiente forma: DICE: Área 455.1835 has, Perímetro de 13 270.84 metros lineales; DEBE DECIR: Área 459.8604 has, Perímetro: 13 319.84 metros lineales. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE y NOTIFÍQUESE la presente resolución, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA y la Resolución Ministerial N° 0581-2015-MINAGRI.Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEJANDRO J. HUERTA CARRANZA Director DTPRCCTEDirección Regional Agraria AncashDirección Titulación de Predios RuralesComunidades Campesinas Terrenos Eriazos 2264120-1 Disponen la conservación del acto administrativo contenido en la R.D. N° 0009-2022-GRA-GRDE-DRA/D, en el extremo que dispone la incorporación al dominio del Estado representado por el Gobierno Regional-Dirección Regional Agraria Ancash, de la superficie de terreno eriazo denominado Bellavista Canoas, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 0091-2023-GRA-GRDE-DRA/D Huaraz, 9 de agosto de 2023VISTO: El Informe Legal Nº 91-2023-GRA/GRDE/DRA/OAJ- lmgv CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum N° 123-2023-GRA- GRDE-DRA/ DTPRCCYTE, de fecha 13 de julio de 2023, el Director de la Dirección de Titulación de Predios Rurales y Comunidades Campesinas, remite a este Despacho el Expediente Administrativo correspondiente a la adjudicación en venta del terreno eriazo BELLAVISTA CANOAS, seguido por la Sociedad Anónima REDONDOS; expediente conformado por tres tomos: Tomo I de 226 folios, Tomo II de 274 folios y Tomo III de 105 folios; Que, con fecha 5 de septiembre de 2002, la Sociedad Anónima REDONDOS S.A, representado por su Director Gerente, solicita la adjudicación en propiedad del terreno eriazo denominado BELLAVISTA CANOAS, al amparo de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 011-97-AG y la Directiva N° 002-2001-AG-PETT/DE “Procedimiento para la adjudicación de tierra eriazas al amparo de lo dispuesto por el artículo 17 del Decreto Supremo N° 011-97-AG”; Que, mediante escrito de fecha 12 de agosto de 2008, el representante de la Sociedad Anónima REDONDOS S.A, solicita la adecuación de su solicitud inicial sobre adjudicación en venta del terreno eriazo BELLAVISTA CANOAS, al Decreto Legislativo N° 1089, teniendo como sustento la documentación que obra en su expediente; adecuación que se realizó de manera tácita la solicitarle al administrado presente su documentación de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1089 y su Reglamento el Decreto Supremo N° 032-2008-VIVIENDA; en consecuencia se ha proseguido con el trámite bajo dichas normas y la Resolución Ministerial N° 0581-2015-MINAGRI, que aprueba los lineamientos sobre el procedimiento de formalización y titulación de tierras eriazas habilitadas e incorporadas a la actividad agropecuaria al 31 de diciembre de 2004; Que, mediante Informe Técnico N° 010-2016-DRA- ANC/DTPRYCC/GSH/D, de fecha 14 de enero de 2016, el Director de Titulación de Predios Rurales y Comunidades Campesinas, concluye que realizada la inspección de campo y revisados los documentos se ha constatado que el terreno se habilitado antes del 31 de diciembre de 2004, que el 100% del terreno es para uso de granja avícola y que es conducido de manera directa por la empresa REDONDOS. En consecuencia recomienda que al cumplir con los requisitos legales, se continúe con el trámite y se solicite la valorización del terreno; Que, con fecha 25 de febrero de 2026, la Comunidad Campesina de Pararín, representada por su Presidente