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29 NORMAS LEGALES Lunes 3 de junio de 2024 El Peruano / Mediante Informe N° 565-2024-SGFCA-GSEGC- MSS de fecha 21.05.2024, la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa señala que dentro de la vigencia de la Ordenanza N° 686-MSS, desde el 12 de setiembre del 2023, al 15 de mayo de mayo del 2024, se ha apreciado una reducción de la carga de multas por cobrar de la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa de S/. 2,014,355.49 soles, en vía ordinaria, implicando un ingreso efectivo de S/. 989,890.87, considerando los descuentos otorgados en general. En relación a la cobranza en ejecución coactiva, se ha apreciado una reducción de la carga en relación a cuentas por cobrar de S/. 1,010,586.71 soles, implicando un ingreso efectivo de S/. 359,940.39 soles (que incluye pagos a cuenta, cancelaciones, cuota inicial de convenios de fraccionamiento y pago de costas procesales cuando ha correspondido su pago), importe que se espera ascienda hasta el último día de su vigencia, considerando la difusión que se viene haciendo de la misma, lo que debe impulsar aún más su acogimiento en bene fi cio de los vecinos deudores que podrán honrar su deuda en condiciones más accesibles, así como en bene fi cio de la gestión que evidencia realizar las acciones necesarias para impulsar el desarrollo de los procesos ordinarios y coactivos y la cobranza de las deudas a que se re fi eren; Que, con Memorándum N° 627-2024-GSEGC-MSS de fecha 23.05.2024, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, propone de igual forma, extender la vigencia por un plazo de noventa (90) días calendario a partir del día siguiente del vencimiento del plazo vigente, es decir a partir del 08 de junio de 2024; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 407-2024-GAJ-MSS de fecha 24.05.2024, señala que, el Decreto de Alcaldía propuesto se encuentra dentro de los supuestos de exoneración de publicación de normas, establecidos en el Decreto Supremo N°01-2009-JUS que “Aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de normas legales de carácter General”, puesto que la norma constituye un bene fi cio en favor de los vecinos del distrito, como también para la Entidad quien continuará incrementando la recaudación y podrá bajar la carga de la cartera de cobranzas tanto a nivel ordinario, como coactivo; asimismo, concluye que es procedente aprobar con un Decreto de Alcaldía la prórroga del plazo de la Ordenanza N° 686-MSS-Ordenanza que Regula el Pago Voluntario de Multas Administrativas en Estado Ordinario y en Estado Coactivo con Descuento Escalonado y Condonación de Costas Procesales por noventa (90) días calendario a partir del 08 de junio del 2024; Que, la Gerencia Municipal, a través del Memorándum N° 940-2024-GM-MSS de fecha 27.05.2024, solicita se emita el respectivo Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 686-MSS; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR por el plazo adicional de noventa (90) días calendarios, la vigencia de la Ordenanza N° 686-MSS, Ordenanza que regula el pago voluntario de multas administrativas en estado ordinario y en estado coactivo con descuento escalonado y condonación de costas procesales. Artículo Segundo.- VIGENCIA: el Presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia el día 08 de Junio del año 2024. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en del Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munisurco.gob.pe, en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe); así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, y Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2293554-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Autorizan viaje de alcalde a Argentina, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 123-2024-MPMN Moquegua, 16 de mayo de 2024EL CONCEJO PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO:En “Sesión Ordinaria” del 15-05-2024, el Informe Legal N° 630-2024-GAJ/GM/MPMN, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 41° de la “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que, Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. 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