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6 NORMAS LEGALES Lunes 3 de junio de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Supervisión y Fiscalización de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora EDITH CARMEN ENRIQUE APARICIO en el cargo de Directora de la Dirección de Supervisión y Fiscalización de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2293981-1 Aprueban 5 Normas Técnicas Peruanas y textos afines en su versión 2024, correspondientes a las materias de Evaluación de la conformidad y Gestión de la calidad e inocuidad alimentaria RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 009-2024-INACAL/DN Lima, 27 de mayo de 2024VISTO: El Informe N° 003-2024-INACAL/DN.PACONSIDERANDO:Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización, se sujetan a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en su Anexo 3 el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, siendo que el literal J del citado Anexo establece que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2024, a través del Informe N° 001-2024-INACAL/DN - Programa de Actualización, de fecha 10 de Enero de 2024, el mismo que se encuentra publicado en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa fue emitido el Informe N° 003-2024-INACAL/DN.PA el cual señala que, luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 5 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Evaluación de la conformidad, b) Gestión de la calidad e inocuidad alimentaria; corresponde aprobarlas en su versión 2024 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes en su versión 2024: ETP-ISO/IEC TS 17021-7:2018 (revisada el 2024) Evaluación de la conformidad. Requisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certi fi cación de sistemas de gestión. Parte 7: Requisitos de competencia para la auditoría y la certi fi cación de sistemas de gestión de la seguridad vial. 1ª Edición Reemplaza a la ETP-ISO/IEC TS 17021- 7:2018 ETP-ISO/IEC TS 17021-9:2017 (revisada el 2024) Evaluación de la conformidad. Requisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certi fi cación de sistemas de gestión. Parte 9: Requisitos de competencia para la auditoría y certi fi cación de sistemas de gestión antisoborno. 1ª Edición Reemplaza a la NTP/ET-ISO/IEC TS 17021-9:2017 ETP-ISO/IEC TS 17027:2017 (revisada el 2024) Evaluación de la conformidad. Vocabulario relativo a la competencia de las personas utilizado en la certi fi cación de personas. 1ª Edición Reemplaza a la NTP/ET-ISO/IEC TS 17027:2017 NTP-ISO/IEC 17021-2:2018 (revisada el 2024) Evaluación de la conformidad. Requisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certi fi cación de sistemas de gestión. Parte 2: Requisitos de competencia para la auditoría y la certi fi cación de sistemas de gestión ambiental. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO/IEC 17021- 2:2018 ETP-ISO/TS 22002-6:2018 (revisada el 2024) Programas prerrequisitos para inocuidad alimentaria. Parte 6: Producción de piensos y alimentos para animales. 1ª Edición Reemplaza a la ETP-ISO/TS 22002-6:2018 Artículo 2.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes: