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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (25/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 25 de junio de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Único.- Apruébanse los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se re fi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF)US$ por T.M. Maíz Azúcar ArrozLeche entera en polvo Precios de Referencia198 554 779 3 400 Derechos Variables Adicionales00 -68 (arroz cáscara) -97 (arroz pilado) 197 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ MENDOZA Viceministro de Economía 2300422-1 EDUCACIÓN Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 318-2024-MINEDU Lima, 24 de junio de 2024VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº MPD2024-EXT-0400888; y, CONSIDERANDO,Que, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución Ministerial N° 682-2023-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 010: M. de Educación, por la suma de S/ 10 969 039 883,00 (DIEZ MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, el artículo 3 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece que, toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos, entre otros, del gobierno nacional, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su fi nanciamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el literal a) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, deberá efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes; Que, el numeral 7.4 del acápite 7 de la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL, “Directiva externa que establece Disposiciones Complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría N° 419-2023-CG, establece que la Contraloría solicita a los pliegos las transferencias fi nancieras, otorgándoles un plazo de quince (15) días hábiles siguientes de recibida la solicitud; para el caso de iniciativas de contratación de bienes y servicios que no constituyen inversión, las entidades comprendidas en el alcance de la Ley Nº 31358, para efectos del control gubernamental en la modalidad del control concurrente, habilitan el rubro “Control Concurrente”, dentro de la categoría de gasto corriente, con cargo al presupuesto institucional de la entidad; Que, mediante el O fi cio N° 000773-2024-CG/ SGE, la Contraloría General de la República solicita efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 215 970,00 (DOSCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), para fi nanciar las acciones de control concurrente de la iniciativa de contratación, correspondiente al Concurso Público CP-SM-9-2024-MINEDU/UE 026-1 “Servicio de seguridad y vigilancia para ocho (8) Colegios de Alto Rendimiento”, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 31358; Que, con el O fi cio N° 00271-2024-CG/PLPREPI, la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones de la Contraloría General de la República otorga una ampliación de plazo por cinco (05) días hábiles, para efectuar la transferencia fi nanciera solicitada con el O fi cio N° 000773-2024-CG/SGE; Que, mediante el Memorándum N° 02421-2024-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBEDSAR e Informe N° 01016-2024-MINEDU/VMGP/DIGESE- DEBEDSAR-CADMyPPTO, la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento (DEBEDSAR) de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados sustenta y solicita gestionar la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de la iniciativa de contratación, correspondiente al CP-SM-9-2024-MINEDU/UE 026-1 “Servicio de seguridad y vigilancia para ocho (8) Colegios de Alto Rendimiento”, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 31358; Que, a través del Informe Nº 01104-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión favorable sobre la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 215 970,00 (DOSCIENTOS QUINCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), para fi nanciar las acciones del control concurrente de la iniciativa de contratación, correspondiente al CP-SM-9-2024-MINEDU/UE 026-1 “Servicio de seguridad y vigilancia para ocho (8) Colegios de Alto Rendimiento”, en el marco de lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 31358; por cuanto, se cuenta con recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: M. de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;