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126 NORMAS LEGALES Jueves 27 de junio de 2024 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BREÑA Ordenanza que autoriza la realización del I Matrimonio Civil Comunitario 2024 y I Ceremonia de Renovación de Votos Civiles Comunitario 2024 ORDENANZA MUNICIPAL N° 607-2024-MDB Breña, 19 de junio de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA POR CUANTOEl Concejo Municipal Distrital de Breña, en Sesión Extraordinaria de la fecha; VISTOS:El Informe N° 203-2024-MDB/SG-UTDYAC, el Memorándum N° 593-2024-SG/MDB, el Memorándum N° 055-2024-OPP/MDB, el Informe N° 0561-2024-OAJEI/ MDB, el Memorando N° 690-2024-MDB/GM, el Informe N° 209-2024-MDB/SG-UTDYAC, el Memorándum N° 0593-A-2024-SG/MDB, Informe N° 055-A-2024-OPP/ MDB, el Informe N° 561-A-2024-OAJEI-MDB, el Dictamen N° 02-2024-CR/MDB de la Comisión Ordinaria de Rentas; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú, la comunidad y el Estado protegen entre otros, a la familia y promueven el matrimonio, reconociendo a éstos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, el Código Civil señala en el Artículo 234º que el Matrimonio Civil es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones del citado Código, a fi n de hacer vida en común; Que, el Artículo 40º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, faculta a las municipalidades a que, mediante ordenanzas, puedan suprimir arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley; y el numeral 9) del Artículo 9º, establece que corresponde al Concejo Municipal crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, es política de esta gestión el de realizar diversas acciones dirigidas a lograr el fortalecimiento de la Institución Municipal en todo el ámbito de su jurisdicción y buscar el bienestar de la comunidad del Distrito de Breña, promoviendo para ellos el fortalecimiento de la familia y la sociedad a través de la formalización de las uniones de hecho, de parejas que por motivos económicos y/o de otra índole mantiene un estado de concubinato inde fi nido, correspondiendo a los gobiernos locales el promover campañas de Matrimonio Civil Comunitario; Que, mediante Informe Nº 203-2024-MDB-SG/ UTDYAC, la Unidad de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano, se dirige a la Secretaría General, remitiendo el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la realización del Matrimonio Civil Comunitario 2024, de acuerdo a lo establecido en el Plan Operativo Institucional POI-2024; Que, mediante Memorándum N° 593-2024-SG/ MDB, la Secretaría General, emite opinión favorable sobre Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la realización del Matrimonio Civil Comunitario 2024, siendo que dicha propuesta resulta pertinente y necesaria, puesto que incentiva y promueve la formalización de las uniones de hecho, proponiéndose que la celebración no presente costo alguno para los contrayentes; Que, mediante Memorándum N° 055-2024-OPP/MDB, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, concluye emitiendo opinión favorable sobre la aprobación de la propuesta de Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la realización del Matrimonio Civil Comunitario 2024; Que, mediante Informe N° 561-2024-OAJEI-MDB, la Ofi cina de Asesoría Jurídica e Integridad concluye que, conforme al análisis del informe emitido por la Unidad de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano y conforme a la normativa legal vigente, opinan por la procedencia y viabilidad del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la realización del Matrimonio Civil Comunitario 2024 en el distrito de Breña; Que, mediante Memorando N° 690-2024-MDB/ GM, la Gerencia Municipal, remite la documentación obrante para proceder según las funciones de la Secretaría General en mérito al literal n), del Artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Breña, aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 595-2023-MDB; Que, del mismo modo esta gestión se ha propuesto como objetivo que se consoliden los matrimonios de los vecinos, por lo cual resulta pertinente el promover la realización de una Ceremonia de Renovación de Votos Civiles Comunitario, la misma que se pretende organizar con el fi n de consolidar los lazos familiares, afi anzar el matrimonio y fortalecer los principios y valores familiares; Que, mediante Informe N° 209-2024-MDB/SG- UTDYAC, la Unidad de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano, emite el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Renovación de Votos – Comunitario, en la Municipalidad Distrital de Breña, el mismo que tiene por objetivo incentivar el fortalecimiento y la unión familiar, aprovechando la celebración del Aniversario Distrital; Que, mediante Memorándum N° 593-A-2024-SG/ MDB, la Secretaría General, opina que, la propuesta para la celebración de una Ceremonia Comunitaria de Renovación de Votos Civiles, resulta pertinente, siendo necesario que se emita opinión técnica de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Memorándum N° 055-A-2024-OPP/ MDB, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Renovación de Votos Civiles Comunitario en la Municipalidad Distrital de Breña. Asimismo, deriva la documentación obrante a la O fi cina de Asesoría Jurídica e Integridad a fi n de continuar con el trámite a corresponder; Que, mediante Informe N° 561-A-2024-OAJEI/MDB, la O fi cina de Asesoría Jurídica e Integridad, estando a lo expuesto en el Informe de la Unidad de Trámite Documentario y Atención al Ciudadano y conforme a la normativa vigente, opina por la procedencia y viabilidad legal para que se apruebe el Proyecto de Ordenanza que resuelva autorizar la realización de la Primera Ceremonia de Renovación de Votos Civiles Comunitario 2024, en el Distrito de Breña, que se realizará el día 20 de julio del año en curso, estableciéndose como plazo de inscripción al día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza y culmina el día 15 de julio del presente año;