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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (27/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 119

119 NORMAS LEGALES Jueves 27 de junio de 2024 El Peruano / evaluador de la Coordinación de Evaluación y Liquidación Técnica, que otorga opinión favorable a los contenidos mínimos del expediente técnico del proyecto de inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante el sistema convencional en el Sector Ranupata, Comunidad Santa Cruz de Sallac del distrito de Urcos - provincia de Quispicanchi - departamento de Cusco”, con CUI Nº 2496498. Que, mediante Informe Técnico Nº 195-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPL la Subgerencia de Planeamiento, emite opinión de pertinencia favorable al fi nanciamiento del PI: “Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante el sistema convencional en el Sector Ranupata, Comunidad Santa Cruz de Sallac del distrito de Urcos - provincia de Quispicanchi - departamento de Cusco”. Que, mediante Informe Técnico Nº 116-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPMI la Subgerencia de Programación Multianual de Inversiones, emite opinión favorable de cierre de brechas de la inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante el sistema convencional en el Sector Ranupata, Comunidad Santa Cruz de Sallac del distrito de Urcos - provincia de Quispicanchi - departamento de Cusco”, con CUI Nº 2496498. Que, mediante Informe Nº 646-2024-GR CUSCO/ GRPPM-SGPR la Subgerencia de Presupuesto, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, por el importe de S/ 816,182.55 (ochocientos dieciséis mil ciento ochenta y dos con 55/100 soles), para el co fi nanciamiento de la inversión: “Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante el sistema convencional en el Sector Ranupata, Comunidad Santa Cruz de Sallac del distrito de Urcos - provincia de Quispicanchi - departamento de Cusco”, con CUI Nº 2496498; Que, mediante informes legales Nro. 612-2024-GR CUSCO/ORAJ, de fecha 19 de junio del 2024, el Director Regional de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco, opina por autorizar la transferencia fi nanciera de recursos públicos del Gobierno Regional de Cusco a favor de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, por el importe de S/ 816,182.55 (ochocientos dieciséis mil ciento ochenta y dos con 55/100 soles), para el co fi nanciamiento del proyecto de inversión ““Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante el sistema convencional en el Sector Ranupata, Comunidad Santa Cruz de Sallac del distrito de Urcos - provincia de Quispicanchi - departamento de Cusco”, con CUI Nº 2496498; Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional Nº 119-2016.CR/GRC.CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, se: ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE QUISPICANCHI, de conformidad con el siguiente cuadro: Nº ENTIDAD CUI DENOMINACIÓN MONTO S/. 1Municipalidad Provincial de Quispicanchi2496498“Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante el sistema convencional en el Sector Ranupata, Comunidad Santa Cruz de Sallac del distrito de Urcos - provincia de Quispicanchi - departamento de Cusco”816,182.55 Artículo Segundo.- AUTORIZAR al órgano ejecutivo del Gobierno Regional, la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para la Transferencia Financiera de Recursos Públicos del Gobierno Regional de Cusco con la Municipalidad Provincial de Quispicanchi, para la ejecución del proyecto: “Mejoramiento y ampliación del servicio de energía eléctrica mediante el sistema convencional en el Sector Ranupata, Comunidad Santa Cruz de Sallac del distrito de Urcos - provincia de Quispicanchi - departamento de Cusco” con CUI: 2496498. Artículo Tercero.- DISPONER al Ejecutivo del Gobierno Regional de Cusco, canalice los procedimientos orientados a la suscripción de los convenios de manera previa a la trasferencia de presupuesto dentro del marco normativo qué los regulen, bajo responsabilidad.Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano”, conforme a lo dispuesto en el numeral 16.2 de la Ley Nº 31953 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. Comuníquese, publíquese y cúmplase.HERBE OLAVE UGARTE Presidente del Consejo RegionalPeriodo Legislativo 2024 JORGE ARANYA MAYTA Secretario del Consejo Regional 2300486-1 Autorizan Transferencia Financiera de recursos a favor de la Municipalidad Provincial de Quispicanchi ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 203-2024-CRC/GR CUSCO Cusco, 21 de junio del 2024 VISTOS: La vigésimo tercera sesión extraordinaria del Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, de fecha veinte de junio del año dos mil veinticuatro y los Ofi cio Nº 381-2024-GR CUSCO/GR, que contiene los informes presupuestales y legales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco ha debatido sobre la transferencia fi nanciera a gobiernos locales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, establecen que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece: “Artículo 76. Transferencias Financieras: 76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2 Las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público.”; Que, la tercera Disposición Complementaria del Decreto de Urgencia Nº 06-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la sostenibilidad fi scal, el equilibrio presupuestario y la e fi ciencia del gasto público, que modi fi ca el literal h) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que, “13.1 Se autoriza, en el