Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (27/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 115

115 NORMAS LEGALES Jueves 27 de junio de 2024 El Peruano / Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículo modi fi cado por el Artículo 3 de la Ley Nº 31433 establece: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. (…)” Que, son Atribuciones del Consejo Regional conforme lo estipulado por el artículo 17º numeral 12) del Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco del Gobierno Regional del Cusco, aprobado por Ordenanza Regional Nº 119-2016-CR/GRC.CUSCO publicado el 18 de octubre del 2017, “Autorizar las transferencias fi nancieras que hiciere el Gobierno Regional a otros Pliegos Presupuestales, Instituciones Privadas e Internacionales”; Que, el numeral 2 del artículo 6 de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, prevé: “Los recursos que los gobiernos regionales y gobiernos locales reciban por concepto de canon serán utilizados exclusivamente para el fi nanciamiento o co- fi nanciamiento de proyectos u obras de infraestructura de impacto regional y local, respectivamente, a cuyo efecto establecen una cuenta destinada a esta fi nalidad, (…)”; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 118-2016- CR/GRC.CUSCO, de fecha 12 de diciembre de 2016, se estableció como una prioridad de política pública regional “La lucha contra la desnutrición crónica infantil y la anemia, con énfasis en el desarrollo infantil temprano”, en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, y se encargó a la Gerencia Regional de Inclusión Social, Mujer y Poblaciones Vulnerables, su permanente implementación, monitoreo y evaluación con participación activa de los sectores y gobiernos locales; Que, la anemia infantil en el Perú y la región Cusco continúa siendo un serio problema de salud pública, que tiene consecuencias inmediatas y secuelas a largo plazo. La región andina constituye un área con mayor prevalencia de anemia sobre la selva y la costa, tanto en la zona urbana como rural, reporta que del 43,1% de menores de tres años en nuestro país padecen de anemia, siendo la sierra la región con el porcentaje más alto donde la situación se agrava para la región Cusco, donde el reporte al 2023, indica que existe un 49.9% (ENDES) de prevalencia de anemia en niños menores a 36 meses de edad por encima del promedio nacional, lo cual implica un grave problema de salud pública que requiere acciones inmediatas por los diferentes actores del Estado; por lo que, el Estado debe garantizar los elementos esenciales del derecho a la salud, que son: la disponibilidad, la accesibilidad, la aceptabilidad y la calidad donde esta garantía no solo se limita al componente prestacional del derecho a la salud, sino también a otros factores que inciden en el pleno ejercicio de este derecho, donde las intervenciones que se derivan de esta triple función estatal, no pueden estar supeditadas solo al ámbito prestacional-hospitalario, sino que también deben enfocarse en la mejora integral de la salud, en todos los períodos de la vida, para lo cual deben establecerse políticas, planes y programas que faciliten el desarrollo de la población en su conjunto; Que, mediante Informes Nro. 628-2024-GR CUSCO/ GRPPM-SGPR, 631-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 616-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 618-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 643-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 626-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 613-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 624-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 607-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 617-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 632-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 625-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 636-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 620-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 611-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 623-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 629-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 633-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 619-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 608-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 627-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 612-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 621-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, 635-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR y 652-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGPR, de fecha 14 de junio del 2024, el Sub Gerente de Presupuesto del Gobierno Regional de Cusco, emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal con cargo a los recursos provenientes de saldos de balance del ejercicio 2023, de la Fuente de Financiamiento de Recursos Determinados de la Unidad Ejecutora: 001 Sede Central – Pliego 446 Gobierno Regional del Departamento de Cusco, para la transferencia fi nanciera a favor de veintiocho (28) Gobiernos Locales (provinciales y distritales, para el cofi nanciamiento de proyectos de inversión cuyo detalle son parte integrante del presente acuerdo; Q ue, mediante informes legales Nro. 588-2024-GR CUSCO/ORAJ, 592-2024-GR CUSCO/ORAJ, 598-2024-GR CUSCO/ORAJ, 583-2024-GR CUSCO/ORAJ, 602-2024-GR CUSCO/ORAJ, 582-2024-GR CUSCO/ORAJ, 584-2024-GR CUSCO/ORAJ, 576-2024-GR CUSCO/ORAJ, 585-2024-GR CUSCO/ORAJ, 603-2024-GR CUSCO/ORAJ, 579-2024-GR CUSCO/ORAJ, 590-2024-GR CUSCO/ORAJ, 596-2024-GR CUSCO/ORAJ, 580-2024-GR CUSCO/ORAJ, 600-2024-GR CUSCO/ORAJ, 597-2024-GR CUSCO/ORAJ, 578-2024-GR CUSCO/ORAJ, 599-2024-GR CUSCO/ORAJ, 589-2024-GR CUSCO/ORAJ, 594-2024-GR CUSCO/ORAJ, 591-2024-GR CUSCO/ORAJ, 593-2024-GR CUSCO/ORAJ, 575-2024-GR CUSCO/ORAJ, 595-2024-GR CUSCO/ORAJ, 581-2024-GR CUSCO/ORAJ, 587-2024-GR CUSCO/ORAJ, 615-2024-GR CUSCO/ORAJ, 616-2024-GR CUSCO/ORAJ, el Director Regional de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco, opina favorablemente por la aprobación del proyecto de Acuerdo de Consejo Regional que propone autorizar la transferencia fi nanciera de recursos públicos del Gobierno Regional de Cusco a favor de veintiocho (28) Gobiernos locales (provinciales y distritales), para el cofi nanciamiento del proyecto de inversión, que en anexo son parte del presente acuerdo; Por las consideraciones expuestas, estando a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias y por el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Cusco aprobado por Ordenanza Regional Nº 119-2016.CR/GRC. CUSCO, con la dispensa del trámite de lectura de acta y por mayoría de votos de los Consejeros Regionales, se: ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA DE RECURSOS PÚBLICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO A FAVOR DE LOS GOBIERNOS LOCALES EN EL MARCO DE LA POLÍTICA REGIONAL DE LUCHA CONTRA LA DESNUTRICIÓN CRÓNICA INFANTIL Y LA ANEMIA, CON ÉNFASIS EN EL DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO APROBADA POR ORDENANZA REGIONAL Nº 118-2016-CR/GRC.CUSCO, DE CONFORMIDAD CON EL SIGUIENTE CUADRO: Nº ENTIDAD CUI DENOMINACIÓN MONTO S/ 1080105 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN2600140MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO EN EL SECTOR DE MOLLERAY DISTRITO DE SAN SEBASTIAN DE LA PROVINCIA DE CUSCO DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO450,000.00 2081104 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUE PATA2612038MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE RURAL EN SANEAMIENTO BASICO INTEGRAL DE ANEXO SAYLLACCALLA DISTRITO DE COLQUE PATA DE LA PROVINCIA DE PAUCARTAMBO DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO450,000.00