TEXTO PAGINA: 32
32 NORMAS LEGALES Sábado 23 de marzo de 2024 El Peruano / fecha 8 de marzo de 2024, acordó por unanimidad, aprobar el proyecto del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2024 del Ministerio del Interior, el cual tiene como Objetivo General “Consolidar el proceso de transferencia de la función regulada en el literal d) del artículo 61 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a los gobiernos regionales, implementando mecanismos de articulación con los Gobiernos Regionales y Locales para el adecuado cumplimiento de la función transferida”; Que, mediante O fi cio N° 030-2024-INBP/IN-GG- OPP, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, en su condición de Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio del Interior, remite el Acta de Reunión de fecha 8 de marzo de 2024 y el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2024 del Ministerio del Interior, para su aprobación; Que, mediante el Informe N° 000047-2024-IN- OGPP-OPE, la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2024 del Ministerio del Interior, fue elaborado y aprobado por la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio del Interior, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 0690-2016- IN, y modi fi catoria; Que, a través del Informe N° 000485-2024-IN- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la emisión de la resolución que aprueba el referido Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2024 del Ministerio del Interior; Que, estando a lo propuesto por la Comisión de Transferencia Sectorial del Ministerio del Interior, resulta pertinente aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2024 del Ministerio del Interior, a fi n de a fi anzar el proceso de descentralización en el Sector Interior conforme a Ley; Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; la Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2024-PCM/SD, que aprueba la Directiva Nº 001-2024-PCM-SD, Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2024 del Ministerio del Interior, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y su Anexo a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, y a la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, para los fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación de la Resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter) Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MANUEL TORRES FALCÓN Ministro del Interior 2273315-1Aprueban cuatro Fichas de Homologación de Casaca policial para dama y caballero RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0368-2024-IN Lima, 21 de marzo de 2024VISTOS; el O fi cio N° 000033-2024-PERÚ COMPRAS- JEFATURA de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, el Informe N° 000034-2024-IN-OGAF de la O fi cina General de Administración y Finanzas, y el Informe N° 000498-2024-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 17271 se crea el Ministerio del Interior, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, asimismo, se establece que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público y pliego presupuestal; Que, de acuerdo al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, se establece que dicha entidad formula, planea, dirige, coordina, ejecuta, supervisa y evalúa las políticas públicas nacionales y sectoriales, planes, programas y proyectos, aplicables a todos los niveles de gobierno, ejerciendo rectoría respecto de ellos; todo ello en el marco de las competencias del Ministerio en campos policiales y no policiales, precisando además que, la ejecución de las políticas públicas en campos policiales está a cargo de la Policía Nacional del Perú; asimismo, el Ministerio del Interior, supervisa y evalúa su funcionamiento, garantizándose la provisión y prestación de servicios en los ámbitos de su competencia de acuerdo a las normas de la materia, así como, alineados a los objetivos de las políticas nacionales y sectoriales a su cargo; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF (en adelante, LCE), señala que “Los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas-Perú Compras. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación” ; Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias señala que “Mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS ”; Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento antes señalado dispone que “ La aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”. La facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable” ; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0204- 2023-IN, de fecha 16 de febrero de 2023, se aprueba la conformación del Equipo de Homologación del Ministerio del Interior, por el periodo de dos (02) años, el cual se encuentra conformado por miembros Titulares y Suplentes del Ministerio del Interior, Policía Nacional del Perú y la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;