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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2024 (27/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / en el ámbito de Función Programa, Sub-Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico de Gastos; Que, la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza a las entidades del gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el Año Fiscal 2024, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar las transferencias fi nancieras que efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República; asimismo, el tercer párrafo de la precitada Disposición Complementaria Final dispone que, para efectos del fi nanciamiento, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, están autorizados a realizar transferencias fi nancieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006 “Acciones de Control y Auditoría”, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los órganos de control institucional, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación; y conforme a lo dispuesto en el cuarto párrafo de la precitada norma legal, las transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30742, señala que la incorporación de plazas y recursos de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República se realiza de forma progresiva ceñido al plan de implementación, y comprende las remuneraciones, contraprestaciones, retribuciones y otros ingresos pagados en el marco de las disposiciones legales vigentes; y que la referencia a la incorporación de recursos incluye, adicionalmente, el fi nanciamiento de los contratos de locación de servicios, contratos administrativos de servicios, y otros tipos de contratación directa o indirecta de personas que prestan servicios en los órganos de control institucional; Que, asimismo, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la citada Ley N° 30742, establece que las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales que cuenten con personal nombrado y contratado sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, adoptan las medidas de desplazamiento y modi fi can los instrumentos de gestión correspondiente, de ser necesario; Que, de otro lado, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la mencionada Ley, dispone que, durante el proceso de incorporación, las renovaciones o contrataciones de personal sujeto al régimen especial laboral del Decreto Legislativo N° 1057 de los órganos de control institucional, se efectúan con cargo al presupuesto institucional de las entidades de origen y se sujetan a los plazos que señale el plan de implementación aprobado por la Contraloría General de la República, luego de lo cual el vínculo contractual con la entidad de origen quedará extinguido; Que, en dicho contexto, con Resolución de Contraloría N° 355-2018-CG, se aprueba el “Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencia de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 349- 2023-CG, se aprueba la Directiva N° 012-2023-CG/GPL “Directiva de Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, la cual tiene por fi nalidad establecer las reglas para el proceso de incorporación progresiva de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República, que permita el ejercicio oportuno, efectivo y efi ciente del control gubernamental; Que, mediante el O fi cio N° 000128-2024-CG/SGE, del 22.FEB.2024, el secretario general de la Contraloría General de la República hace de conocimiento al rector de la UNHEVAL que la Contraloría General de la República, en calidad de ente rector del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría N° 355-2023-CG, aprobó el inicio del Proceso de Incorporación de ciento dos órganos de control institucional a la Contraloría, entre los cuales se encuentra la UNHEVAL; en ese sentido, se viene desarrollando las etapas del proceso de incorporación en el marco de la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL, y en ese marco han recepcionado los documentos remitidos por la UNHEVAL, adjuntando el Formato 03, y de la revisión de mismo, se ha determinado el monto que la UNHEVAL debe transferir a la Contraloría General, el cual asciende a S/. 59,076.00, que comprende los recursos que fi nancian los contratos de locación de servicios y contratos administrativos de servicios a plazo determinado, cuyas actividades estén relacionadas a las acciones de control; por lo que, solicita se proceda a efectuar la transferencia autorizada en la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30742, con cargo al Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio 2024, de acuerdo a lo indicado en el numeral 7.1.4 de la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL; Que la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con el Informe N° 000035-2024-UNHEVAL-UPPM, del 29.FEB.2024, en atención a los documentos precedentes, emite informe al rector sobre el pedido de modi fi cación presupuestal en el nivel funcional programático para atender la transferencia fi nanciera para el control gubernamental en el marco de la Directiva N° 012-2023-CG/GMPL; concluyendo por la consideraciones expuestas y en el marco de la normativa vigente, que su despacho emite opinión favorable y propone la modi fi cación presupuestal a Nivel Funcional Programático dentro de la Meta presupuestal 5000006 ACCIONES DE CONTROL Y AUDITORÍA en la Genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios anulando las Especí fi cas 2.3.1 5.1 2 y 2.3. 2 7. 13 9 y habilitando la Genérica 2.4 en la Especí fi ca 2.4. 1 3.1 1, por un monto de S/. 59,076.00, dentro de la Unidad Ejecutora del Pliego 525: Universidad Nacional Hermilio Valdizán, la misma que se ha realizado en el marco de lo dispuesto en el artículo 47 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; Que, ante la opinión favorable y la propuesta, el rector, con el Proveído N° 000903-2024-UNHEVAL-RECT, autoriza a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República hasta por el monto de S/. 59,076.00; Que la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con el visto bueno del director de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 000039-2024-UNHEVAL-UPP, del 4.MAR.2024, en atención al documento del considerando anterior, emite opinión favorable en materia presupuestaria para realizar la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, de acuerdo con la Cadena presupuestal: Programa: 9001 ACCIONES CENTRALES, Producto: 3999999 SIN PRODUCTO, Actividad: 50000006 ACCIONES DE CONTROL Y AUDITORÍA, FUNCIÓN: 22 EDUCACIÓN, DIV. FUNCIONAL: 006 GESTIÓN, GRUPO FUNCIONAL: 0012 CONTROL INTERNO, META: 00001, FINALIDAD: 0000008 ACCIÓN Y CONTROL, hasta por el monto de S/. 59,076.00 de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, dentro de la Unidad Ejecutora del Pliego 525: Universidad Nacional Hermilio Valdizán, la misma que se ha realizado en el marco de lo dispuesto en el artículo 47 del Decreto Legislativo 1440,