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99 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / límite de edad; y, g) muerte; para lo cual se debe emitir la Resolución de Contraloría dando por terminada la designación; Que, de acuerdo con la actual normativa y conforme al modelo de control descentralizado orientado a resultados, la supervisión de la gestión en el uso de los recursos públicos debe asegurar una rendición de cuentas y el buen gobierno de las entidades públicas, cautelando la legalidad y e fi ciencia de sus actos y operaciones, así como las disposiciones para la correcta y transparente gestión de sus recursos y bienes, mediante la ejecución de servicios de control gubernamental y servicios relacionados, para el cumplimiento de sus fi nes y metas institucionales; Que, la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, mediante la Hoja Informativa N° 000029-2024-CG/VCST, en atención a sus competencias establecidas en el literal d) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, señala su conformidad a la propuesta presentada por la Gerencia de Control Político Institucional y Económico y la Subgerencia de Control del Sector Social y Cultura, para dar por terminada la designación en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de ocho (8) entidades bajo su ámbito, de conformidad con el literal d) del numeral 7.1.3.2 de la Directiva de los OCI; así como designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de ocho (8) entidades bajo su ámbito; Que, a través de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se establece, entre otros aspectos, los requisitos mínimos para acceder a los cargos de funcionario público y directivo público de libre designación y remoción del nivel nacional, regional y local, así como los impedimentos para el acceso a dichos cargos; encontrándose entre ellos los servidores que ocupan cargos o puestos que realizan funciones de planeación, dirección, organización y evaluación, indistintamente de la denominación del cargo o puesto; Que, la Gerencia de Capital Humano, así como la Subgerencia de Personal y Compensaciones, y la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano, a través de los documentos de vistos y sus antecedentes, han efectuado la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos mínimos de los profesionales propuestos para ser designados en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de ocho (8) entidades bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Social y Cultura de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, con base en la Ley N° 31419, su Reglamento y la Directiva de los OCI. Asimismo, las designaciones propuestas cumplen con los requisitos del Manual de Clasi fi cador de Cargos de esta Entidad Fiscalizadora Superior, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 042-2024-CG/SGE, y demás disposiciones aplicables para dicho proceso; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000345-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000311-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que da término a la designación y designa en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de ocho (8) entidades bajo el ámbito de la Subgerencia de Control del Sector Social y Cultura de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; y, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional de los profesionales que se detallan a continuación: N° ENTIDADAPELLIDOS Y NOMBRESDNI 1BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚOVALLE CHAVARRY LUIS ANGEL06797633 2INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚSÁNCHEZ CHUMPITAZ GLORIA EDITH15391642 3 MINISTERIO DE CULTURACÁRDENAS TIMOTEO GLORIA MARINA08761404 4MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIALMANCISIDOR SOSA GHIORGE SALVADOR09618223 5PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACION ESCOLAR QALI WARMA CHAVEZ CHAVEZ MARISSA ALICIA09263342 6PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MÁS POBRES - JUNTOSOCHOA URIARTE FRANCISCO NICOLAS40438689 7PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA PENSIÓN 65FARFAN GIOVE SUSAN JAKELIN40452925 8PROGRAMA NACIONAL CUNA MÁS - PNCMFERNÁNDEZ PANIAGUA FERNANDO GUSTAVO00861212 Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional a los profesionales que se detallan a continuación: N° ENTIDADAPELLIDOS Y NOMBRESDNI 1BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚFERNANDEZ PANIAGUA FERNANDO GUSTAVO00861212 2INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚMANCISIDOR SOSA GHIORGE SALVADOR09618223 3 MINISTERIO DE CULTURACHAVEZ CHAVEZ MARISSA ALICIA09263342 4MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIALCARDENAS TIMOTEO GLORIA MARINA08761404 5PROGRAMA NACIONAL DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR QALI WARMAOCHOA URIARTE FRANCISCO NICOLAS40438689 6PROGRAMA NACIONAL DE APOYO DIRECTO A LOS MAS POBRES - JUNTOSSANCHEZ CHUMPITAZ GLORIA EDITH15391642 7PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA PENSIÓN 65OVALLE CHAVARRY LUIS ANGEL06797633 8PROGRAMA NACIONAL CUNA MAS*FARFAN GIOVE SUSAN JAKELIN40452925 *De conformidad con el anexo de la Resolución de Contraloría Nº 299-2023-CG. Artículo 3.- Las acciones de personal dispuestas en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General