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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2024 (27/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / Peruano, menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fi scal; Que, mediante el Memorando N° 009-2024-DP/GA, de fecha 07 de marzo de 2024, la Jefa (e) de Gabinete comunica a la Secretaría General lo siguiente: “(…) el Defensor del Pueblo, Josué Manuel Gutiérrez Cóndor, ha sido invitado por el señor Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia y Secretario General de la RINDHCA, para participar en la Primera Asamblea General Ordinaria 2024 y Seminario - Taller Internacional sobre Acceso a la Justicia Ambiental de la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de Derechos Humanos del Continente Americano, como miembro titular de la asamblea general, la cual se llevará a cabo del 08 al 09 de abril de 2024 en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. Dicho evento tiene como objetivo participar en las diferentes actividades organizadas por la RINDHCA, Seminario taller sobre justicia ambiental, asamblea general, presentación de los desarrollos e instrumentos de la RINDHCA y reuniones con agentes estratégicos. La Red forma parte de la estructura de representación regional de las Instituciones nacionales de Derechos Humanos (INDH) en la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (GANHRI). RINDHCA es en consecuencia, la cuota americana en la más amplia asociación internacional de INDH de todo el mundo, que trabaja además en estrecha asociación y cooperación con la Ofi cina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH).”; Que, asimismo, señala “(…) que los gastos para la participación del Defensor del Pueblo en el mencionado evento, serán fi nanciados por la RINDHCA (Alimentación, alojamiento y traslados) y la Defensoría del Pueblo asumirá los gastos de pasajes (…).”; por lo que, solicita que se realicen las acciones administrativas correspondientes para la elaboración de la resolución que autorice el viaje al Defensor del Pueblo a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, y el encargo del Despacho Defensorial a la Primera Adjunta, Rina Karen Rodríguez Luján; Que, por su parte, mediante el Memorando N° 424- 2024-DP/OGDH, de fecha 13 de marzo de 2024, la Ofi cina de Gestión y Desarrollo Humano solicita elaborar el proyecto de resolución que autorice el encargo del Despacho Defensorial a la Primera Adjunta, Rina Karen Rodríguez Luján; Que, mediante el Memorando N° 184-2024-DP/OAF, de fecha 20 de marzo de 2024, la O fi cina de Administración y Finanzas detalla los gastos de la comisión de servicio al exterior, siendo éstos los siguientes: “- Pasajes Internacionales: US$ 500.00 dólares americanos (equivalente en soles S/ 2,000.00 aproximadamente). - Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo.” Que, asimismo, la O fi cina de Administración y Finanzas precisa que: “(…) por motivos de transporte aéreo a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, se está considerando el viaje, a partir del día 07 de abril del 2024 y el retorno de la comisión del servicio el día 10 de abril del 2024.”; Que, con el Informe N° 207-2024-DP/OAJ, de fecha 20 de marzo de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que: “(…) resulta de interés institucional que el Titular de la Entidad emita el acto resolutivo que autorice su viaje al exterior, en comisión de servicios del 07 al 10 de abril de 2024, considerando el itinerario del viaje, para participar -como máximo representante de la Entidad- en la Primera Asamblea General Ordinaria 2024 y Seminario – Taller Internacional sobre Acceso a la Justicia Ambiental de la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de Derechos Humanos del Continente Americano, que se llevará a cabo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, el mismo irrogará gastos a la Institución (…). Asimismo, corresponde autorizar el encargo del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen Rodríguez Luján, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, por el mismo periodo y mientras dure la ausencia del Defensor del Pueblo, conforme a lo establecido en el artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones (…).”; Con los visados de la O fi cina de Gestión y Desarrollo Humano, de la O fi cina de Administración y Finanzas, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y de la Primera Adjuntía, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7° y los literales d) y q) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 004-2024/DP; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios del Defensor del Pueblo, Josué Manuel GUTIÉRREZ CÓNDOR, del 07 al 10 de abril de 2024, considerando el itinerario del viaje, para participar en la Primera Asamblea General Ordinaria 2024 y Seminario – Taller Internacional sobre Acceso a la Justicia Ambiental de la Red de Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de Derechos Humanos del Continente Americano, que se llevará a cabo en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. Artículo Segundo.- Los gastos de viáticos serán fi nanciados por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, según el siguiente detalle: - Pasajes Internacionales: US$ 500.00 dólares americanos (equivalente en soles S/ 2,000.00 aproximadamente). Artículo Tercero.- ENCARGAR la atención del Despacho Defensorial a la abogada Rina Karen RODRÍGUEZ LUJÁN, Primera Adjunta (e) de la Defensoría del Pueblo, del 07 al 10 de abril de 2024, y mientras dure la ausencia del Defensor del Pueblo. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR Defensor del Pueblo 2273960-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Designan responsables de entregar información de acceso público y del Portal de Transparencia de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZÁN DE HUÁNUCO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0233-2024-UNHEVAL Cayhuayna, 29 de febrero de 2024VISTOS, los documentos que se acompañan en dos (02) folios; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú establece que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen