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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2024 (04/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 84

84 NORMAS LEGALES Sábado 4 de mayo de 2024 El Peruano / encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el artículo 5 de la Ley N° 30057 indica que la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR formula la política nacional del Servicio Civil, ejerce la rectoría del Sistema y resuelve las controversias de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023 y sus normas modi fi catorias, garantizando desde su elección como órgano técnico su autonomía, profesionalismo e imparcialidad; Que, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” y en el numeral 1 indica que el objetivo de la misma es establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, el literal b) del numeral 5.1 de la Directiva anota que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad sobre la base de la estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP) según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el numeral 5.2.3 de la Directiva expresa que a la O fi cina de Recursos Humanos o quien haga sus veces tiene, entre otras responsabilidades, la de elaborar la propuesta de CAP Provisional, así como el informe técnico sustentatorio; Que, el numeral 6.2.3.1 dispone que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces debe identi fi car los supuestos que habilitan a la entidad a elaborar y presentar una propuesta de CAP Provisional, debiendo disponer los argumentos y anexos, de corresponder, que justi fi can la elección. Los argumentos expuestos deben también guardar relación con la naturaleza y características de los cargos que se determine crear en mérito a los supuestos a aplicar; Que, mediante el Memorando N° 074-2024-MDJM/ PPM, la Procuradora Pública Municipal comunica el estado actual de los procesos judiciales de incorporación y/o reincorporación laboral; Que, con Informe N° 192-2024-MDJM-OGAF-ORH la Jefatura de la O fi cina de Recursos Humanos presenta el documento fundamentado de la propuesta de CAP Provisional de esta entidad; Que, a través del Informe N° 033-2024-MDJM/ OGPPDI/OPIMGP el Jefe de la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública establece lo siguiente: - La propuesta de CAP Provisional debe contener los cargos y las posiciones de los regímenes laborales de los Decretos Legislativos Nos. 276 y 728 y las carreas especiales en situación de ocupado y los que se proyectan crear en virtud a alguno de los supuestos señalados en la presente directiva y/o bajo la clasi fi cación de Empleado de Con fi anza (EC) en situación de previsto. - El numeral 6.2.1. de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH considera 4 supuestos que habilitan aprobar el CAP Provisional, siendo de aplicación para esta Municipalidad, según lo evaluado por la O fi cina de Recursos Humanos los siguientes: Supuesto 1: Reorganización, asignación o reasignación de funciones y Supuesto 3: Cumplimiento de sentencias judiciales. - Emite opinión favorable a la propuesta de la O fi cina de Recursos Humanos. Que, mediante el Memorándum N° 114-2024-MDJM- OGPPDI; el Jefe de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional emite opinión favorable; Que, con O fi cio N° 009-2024-MDJM-GM el Gerente Municipal remite a la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional de esta Municipalidad; Que, a través del Informe N° 0371-2024-MDJM-OGAF- ORH el Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos subsana el informe sustentatorio de la propuesta de CAP Provisional; Que, con Memorándum N° 154-2024-MDJM-OGPPDI de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional emite opinión favorable respecto de la subsanación de la propuesta de CAP Provisional; Que, a través del Informe N° 382-2024/MDJM-OGAF- ORH, el Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos comunica al Gerente Municipal que lo actuado debe remitirse a la Autoridad Nacional del Servicio Civil para que dicha entidad emita el informe favorable y, posteriormente, sea aprobada en esta Municipalidad mediante Ordenanza; Que, mediante el O fi cio N° 015-2024-MDJM-GM, el Gerente Municipal remite a la Presidenta Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR el levantamiento de observaciones de la propuesta de Cuadro de Asignación de Personal Provisional de esta Corporación Edil; Que, con Documento N° 07336-2024 de esta entidad, de fecha 11 de abril de 2024, se recibió el O fi cio N° 000274-2024-SERVIR-PE de la Presidenta Ejecutiva del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, quien adjunta “…el Informe Técnico N° 000070-2024-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, que contiene la opinión técnica favorable de SERVIR, de conformidad con lo establecido en el numeral 6.3.1.8 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, a través del cual se atiende lo solicitado…”; Que, a través del Memorándum N° 933-2024-MDJM- OGAF, el Jefe de la O fi cina General de Administración y Finanzas, en atención al Informe N° 0599-2024-MDJM- OGAF-ORH del Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos, señala que “…debe cumplirse con la incorporación del personal que cuenta con sentencia judicial en calidad de cosa juzgada, en acatamiento de resoluciones judiciales de incorporación o reincorporación y con el sinceramiento de ubicación real de los trabajadores permanentes en sus respectivos puestos de trabajo …” y que “…el concejo municipal a través de una Ordenanza Municipal, que apruebe el Cuadro de Asignación de Personal Provisional, una vez aprobado debe ser publicado en el diario o fi cial El Peruano…”; Que, mediante el Informe N° 113-2024-MDJM- OGAJRC, el Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil indica que el numeral 6.3.1.8 de la Directiva, anota que el CAP Provisional debe ser aprobado con Ordenanza y que, de acuerdo a la normativa vigente, lo actuado debe someterse a consideración del Concejo Municipal, toda vez que también cuenta con las opiniones favorables de la O fi cina de Recursos Humanos, la O fi cina General de Administración y Finanzas, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública; Que, con carta N° 040-2024-MDJM-CEPP/CAJ el presidente de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto adjunta el Dictamen Conjunto de dicha Comisión y de la Comisión de Asuntos Jurídicos, que recomienda al Concejo Municipal la aprobación del proyecto de Ordenanza que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal de Jesús María, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP PROVISIONAL) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA. Artículo Primero.- APROBAR el CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP