TEXTO PAGINA: 69
69 NORMAS LEGALES Sábado 4 de mayo de 2024 El Peruano / y servicios. La utilidad resultante de dichas actividades forma parte de los recursos propios de la Universidad y se destinan prioritariamente para cubrir costos de operación y a los fi nes de la investigación. Depende jerárquicamente del Vicerrectorado de Investigación. Artículo 88°.- Funciones de la Dirección de Producción de Bienes y Servicios a) Identi fi car, proponer y/o evaluar oportunidades o propuestas de creación de unidades de producción de bienes y servicios en coordinación con las facultades u otras unidades de la Universidad. b) Gestionar el adecuado funcionamiento de las unidades de producción relacionados a investigación de Ia UNAM. c) Supervisar las actividades producción de bienes y servicios relacionados a investigación de Ia UNAM. d) Plani fi car, organizar y ejecutar acciones de asesoramiento y asistencia técnica para la producción de bienes y servicios. e) Informar periódicamente al Vicerrectorado de Investigación sobre el nivel de rentabilidad de cada actividad de producción. f) Fomentar la generación de bienes y servicios en concordancia con las actividades académicas y de investigación. g) Coordinar con las demás direcciones del Vicerrectorado de Investigación, temas a fi nes como la incubación de empresas, propiedad intelectual, valorización de tecnologías, transferencia tecnológica y resultados de las actividades de investigación. h) Difundir las actividades de producción de bienes y servicios de la UNAM. i) Emitir opinión técnica en materia de su competencia.j) Otras que le asigne el Vicerrectorado de Investigación o le correspondan por normativa expresa. Artículo Segundo.- DISPONER, la remisión de la presente Resolución y sus antecedentes a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a fi n que se realicen las acciones administrativas que correspondan para la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- NOTIFICAR, la presente resolución, así como su anexo a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) del Ministerio de Educación y a las o fi cinas internas de la Universidad Nacional de Moquegua, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo, la Resolución se publicará en el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Moquegua. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JORGE LAZARO FRANCO MEDINA Presidente de la Comisión Organizadora KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE Secretario General 2276928-1 Autorizan viaje de Director de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a España, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO DE PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0991-2024-R-UNA Puno, 19 de abril del 2024VISTOS:El OFICIO Nº 325-2024-DG-EPG-UNA-PUNO (15-04- 2024), cursado por el Director de la Escuela de Posgrado – UNA-PUNO; y, el MEMORÁNDUM Nº 392-2024-SG- UNA-PUNO (18-04-2024) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de la autorización de viaje a la ciudad de SEVILLA - ESPAÑA, del Dr. JUAN WALTER TUDELA MAMANI, Director de la EPG-UNA, con fi nes de participación en diferentes actividades de la Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, la Ley Nº 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; normativa que entre otros, establece que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, mediante OFICIO Nº 325-2024-DG-EPG-UNA- PUNO, el Dr. JUAN WALTER TUDELA MAMANI, Director de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, solicita autorización de viaje a SEVILLA – ESPAÑA, para participar en diferentes actividades de la ASOCIACIÓN UNIVERSITARIA IBEROAMERICANA DE POSGRADO (AUIP), a la cual se encuentra a fi liada nuestra Casa Superior de Estudios mediante la Escuela de Posgrado, del 13 al 17 de mayo del 2024; acorde con la invitación remitida por el Presidente de dicha organización; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido el INFORME LEGAL Nº 801-2024-OAJ-UNA-PUNO, de cuya conclusión se tiene que es procedente autorizar el viaje al exterior, a favor del Dr. Juan Walter Tudela Mamani, a partir del 13 al 17 de mayo del 2024; conforme al requerimiento contenido en el OFICIO Nº 325-2024-DG-EPG-UNA-PUNO; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA- PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Ordinaria del 17 de abril del presente año; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a la ciudad de SEVILLA - ESPAÑA, en comisión de servicio con goce de haber a partir del 13 hasta el 17 de mayo del 2024, a favor del Dr. JUAN WALTER TUDELA MAMANI, Director de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, con fi nes de participar en diferentes actividades, encuentros, comisiones y