Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MAYO DEL AÑO 2024 (23/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Jueves 23 de mayo de 2024 El Peruano / tiene jurisdicción Regional y otros de interés general, Inc. n) Presentar pedidos por escrito para atender las necesidades de las provincias de la región, e Inc. r) Poner de conocimiento o denunciar ante el Consejo Regional, todo acto de corrupción, nepotismo, trá fi co de in fl uencias y/o inmoralidad que detecten o tengan conocimiento en el cumplimiento de su función fi scalizadora, la misma que debe ser debidamente fundamentada; Que, el inc. c) del artículo 18º del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente dispone, que son derechos de los consejeros regionales. Cumplir y hacer cumplir la constitución y las Leyes del Perú; así como las normas y disposiciones regionales, (….). Inc. f) Mantener comunicación con los ciudadanos y las organizaciones sociales, con el objeto de conocer sus preocupaciones, necesidades y procesarlas de acuerdo a las normas vigentes; Que, el literal g) del numeral 13.1 del Artículo 13 Transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2024 de la Ley Nº 31953 Ley de Presupuesto del Sector Público Para el Año Fiscal 2024, que describe, Transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2024 13.1 Se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras, conforme se detalla a continuación: Las que se efectúen en aplicación de la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, y modi fi catorias. Para la aplicación de lo dispuesto por el artículo 10 de la mencionada ley, las transferencias de recursos se efectúan previa suscripción de convenio con cada uno de los gobiernos regionales conformantes de la mancomunidad, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. En concordancia con el numeral 13.2 Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital; Que, el numeral 1.1) del artículo IV del TUO de la Ley 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General, precisa EL PRINCIPIO DE LEGALIDAD: El cual dispone que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0009-2024- EF/50.01, publicada el 09 de febrero de 2024, se aprueba la Directiva Nº 001-2024-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, en su artículo 18, menciona sobre las Transferencias Financieras; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 903- 2023-G.R. AMAZONAS/GR, de fecha 29 de diciembre de 2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año Fiscal 2024 del Pliego Gobierno Regional de Amazonas; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 235-2023- G.R. AMAZONAS/GR, de fecha 22 de febrero de 2023, se aprueba el Programa Multianual de Inversiones 2024-2026 del Gobierno Regional Amazonas; Que, con Dictamen Nº 004-2024-G.R.AMAZONAS/ COPPyAT-CR, de fecha 03 de mayo de 2024, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, propone al Pleno del Consejo Regional el siguiente dictamen: “AUTORIZAN TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES DE: LONGUITA Y SAN JUAN DE LOPECANCHA”; Que, con o fi cio Nº 000241-2024-G.R. AMAZONAS/ SG de fecha 16 de abril de 2024, el Secretario General del Gobierno Regional Amazonas, se dirige a la consejera delegada y le hace llegar el expediente administrativo que contienen los informes técnico y legal, que sustentan el requerimiento del ejecutivo regional respecto a la transferencia fi nanciera con las Municipalidades de: LONGUI TA Y SAN JUAN DE LOPECANCHA, para la ejecución de proyectos importantes que, como anexo están adjunto a los informes técnico presupuestal; Que, con Informe Legal Nº 000400-2024.G.R.AMAZONAS/ORAJ de fecha 16 de abril de 2024, el Asesor Jurídico de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica emite opinión favorable por la Transferencia Financiera en favor de las Municipalidades distritales de: LONGUITA Y SAN JUAN DE LOPECANCHA, para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública, requeridos por los distritos solicitantes, destinados al desarrollo educativo y remodelación de redes eléctricas de pobladores de los referidos distritos; Que, con Informe Nº 000180-2024-GR. AMAZOMAS/ GG-GRPPAT de fecha 10 de Abril de 2024, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial se dirige al Asesor Jurídico y eleva opinión de disponibilidad presupuestal, para la transferencia fi nanciera en favor de la Municipalidades distritales de: LONGUITA Y SAN JUAN DE LOPECANCHA; Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de Amazonas al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional de Amazonas con el voto unánime de sus miembros hábiles, con la dispensa de lectura y aprobación del Acta de Sesión Extraordinaria Nº 012 llevada a cabo el viernes 03 de mayo de 2024, aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL:Artículo Primero.- APROBAR el Dictamen Nº 004-2024-G.R.AMAZONAS/COPPyAT-CR, de fecha 03 de mayo de 2024, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, propone al Pleno del Consejo Regional el siguiente dictamen: “AUTORIZAN TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES DE: LONGUITA Y SAN JUAN DE LOPECANCHA”, el mismo que forma parte del presente acuerdo. Artículo Segundo.- APROBAR las transferencias fi nancieras para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública a favor de las municipalidades distritales que se detallan a continuación, por el monto total de S/ 4,823,519.15 (Cuatro millones ochocientos veintitrés mil quinientos diecinueve con 15/100 soles) para el año 2024 y 2025. NºNOMBRE DE MUNICIPALIDADCUI NOMBRE DEL PROYECTOMONTO A TRANSFERIR TOTAL AÑO 2024 AÑO 2025 1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LONGUITA2595133MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN I.E. ANDRÉS AVELINO CÁCERES DE CENTRO POBLADO CHOCTAMAL DISTRITO DE LONGUITA DE LA PROVINCIA DE LUYA DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONASS/ 1,754,587.50 S/ 1,754,587.50 S/ 3,509,175.00