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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 161

161 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de noviembre de 2024 El Peruano / Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución; por consiguiente, dejar sin efecto la prórroga de la vigencia de la referida asignación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 894-2024-MP-FN y 2035-2024-MP-FN, de fechas 5 de abril y 19 de septiembre de 2024, respectivamente; a partir de lo dispuesto en el artículo tercero de la presente resolución. Artículo Tercero .- Asignar, de manera temporal, la plaza de fi scal superior -con carácter transitorio- que se menciona en el artículo precedente, al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a partir de la fecha de juramentación referida en el artículo quinto, de conformidad a las consideraciones expuestas en el sexto párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Cuarto .- Nombrar a la abogada Fany Soledad Quispe Farfán, como fi scal superior provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola como adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, con retención de su cargo de carrera. Artículo Quinto .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, surtan efecto a partir de la fecha juramentación hasta la disponibilidad presupuestal, otra disposición por necesidad de servicio o hasta el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual es nombrado, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a la normatividad vigente, teniendo en consideración que las plazas a ocupar -con carácter transitorio- corresponden a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 046-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023. Artículo Sexto .- Hacer de conocimiento a la abogada Fany Soledad Quispe Farfán que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Séptimo .- Disponer la notifi cación de la presente resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2345479-4 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2634-2024-MP-FN Lima, 18 de noviembre de 2024VISTAS:Las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s. 1403-2022-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 8 de julio de 2022 y 28 de junio de 2024, respectivamente, y; CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1403-2022-MP-FN, de fecha 8 de julio de 2022, se nombró al abogado Franco Darío Uchuya Chávez, como fi scal adjunto provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales; prorrogándose su nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1464-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 052, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. En mérito de ello, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares, se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal; no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. De acuerdo, al artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional (…)”. Asimismo, el artículo 85 del referido decreto establece que: “El desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográfi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran (…)”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal N° 003-93-DNP, Licencias y Permisos, aprobado con la Resolución Directoral N° 001-93-INAP/DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que: “El destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, (…)”. En ese orden, considerando la necesidad de servicio que se ha advertido en algunos de los despachos de las fi scalías corporativas penales del Distrito Fiscal de Lima Centro, vinculada a la ausencia de personal fi scal y elevada carga laboral, la cual se ha verifi cado del reporte de carga laboral y producción fi scal de dichas fi scalías -proporcionado por la Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal de manera periódica-; a fi n de ofrecer a la sociedad un servicio fi scal efi ciente y efi caz, en atención a lo señalado en los párrafos cuarto y quinto, y en concordancia con el principio de celeridad; resulta pertinente dar por concluido el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo primero de la parte considerativa de la presente resolución. Consiguientemente, estando a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, en mérito al marco normativo y previa evaluación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno nombrar y designar al abogado Franco Darío Uchuya Chávez como fi scal adjunto provincial del Distrito Fiscal de Lima Centro, para que ocupe provisionalmente el cargo en el despacho de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad; y, en atención a la necesidad de servicio antes aludida, destacarlo para que preste apoyo al 1° Despacho Provincial Penal de la Sexta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima- Breña-Rímac-Jesús María; a partir de la fecha de su juramentación hasta el 31 de diciembre de 2024. Es de señalar, que el nombramiento y designación que se mencionan en el párrafo precedente, surtirán efectos a partir de la fecha de su juramentación hasta la disponibilidad presupuestal, otra disposición por necesidad de servicio o se presente algún supuesto que amerite el término del ejercicio de la función fi scal para lo cual es nombrado, conforme a lo señalado en los párrafos