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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 165

165 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de noviembre de 2024 El Peruano / todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Respecto a la provisionalidad de los fi scales, la Corte interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria; así por citar un ejemplo, podría encontrarse asociada por la celebración y conclusión de un concurso público para el nombramiento de reemplazos de carácter permanente. Adicionalmente, señala que su permanencia en el cargo no se vea afectada a través de una conclusión inusitada que contenga sesgo de arbitrariedad o que no permita conocer objetivamente el motivo de su conclusión. De acuerdo, al artículo 80 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional (…)”. Asimismo, el artículo 85 del referido decreto establece que: “El desplazamiento por destaque, permuta o transferencia, procede excepcionalmente dentro de la misma entidad cuando las condiciones geográfi cas de lejanía o las de orden presupuestal lo requieran (…)”. El numeral 3.4.2 del apartado III del Manual Normativo de Personal N° 003-93-DNP, Licencias y Permisos, aprobado con la Resolución Directoral N° 001-93-INAP/ DNP, de fecha 5 de febrero de 1993, emitido por el Instituto Nacional de Administración Pública, precisa que: “El destaque no será menor de treinta (30) días ni excederá del período presupuestal vigente, (…)”. En ese sentido, a la facultad concedida a la Fiscal de la Nación como titular de la institución, responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; y, en mérito a lo expuesto en los párrafos precedentes, resulta oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente, dando por concluido el nombramiento y designación de los abogados Ketty Garibay Mascco y Sergio Eduardo Rojas Cueva, que ocupan las plazas en los despachos señalados en el primer y segundo párrafo; por consiguiente, corresponde designar al citado abogado en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao, de acuerdo a su título de nombramiento. Asimismo, estando al título de nombramiento de la abogada Ketty Garibay Mascco como fi scal adjunta provincial titular penal (supraprovincial) de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, y de la revisión del Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF) se advierte que se ha desempeñado en la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial Especializada en Derechos Humanos e Interculturalidad; por lo que, se ha considerado pertinente designarla en el citado despacho fi scal. En esa línea, para efectuar la designación del abogado Sergio Eduardo Rojas Cueva, previamente se deberá dar por concluido el nombramiento y designación de la abogada Fabiola Andrea Zapata Garcia, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao y su designación en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao. Por otro lado, en atención a que algunas de las plazas descritas en el quinto párrafo se encuentran pendientes de ocupar, previa verifi cación de los requisitos que exige la ley, se ha considerado oportuno en mérito al marco normativo, nombrar a los abogados Erick Oswaldo Rojas Oscátegui y Fabiola Andrea Zapata Garcia, como fi scales adjuntos provinciales transitorios del Distrito Fiscal de Lima Centro, para que ocupen provisionalmente el cargo en el despacho de la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad. Es de precisar, que los nombramientos y designaciones señalados en el párrafo precedente surtirán efectos a partir de la fecha de juramentación hasta la disponibilidad presupuestal, otra disposición por necesidad de servicio o hasta el término del ejercicio de la función fi scal de los referidos abogados, teniendo en consideración que la plaza a ocupar -con carácter transitorio- corresponde a la creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 045-2023-MP-FN-JFS, de fecha 3 de julio de 2023. Por otra parte, en atención a la ausencia de personal fi scal en algunos de los despachos de las fi scalías corporativas penales del Distrito Fiscal de Lima Centro, se efectuó la verifi cación del reporte de carga laboral y producción fi scal -proporcionado de manera periódica por la Ofi cina de Control de la Productividad Fiscal- de dichas fi scalías; por lo que, en mérito a lo señalado en los párrafos octavo y noveno, con la fi nalidad de ofrecer a la sociedad un servicio fi scal efi ciente y efi caz, se ha considerado oportuno fortalecer los referidos despachos debiendo disponerse para tal fi n el destaque de los abogados Erik Oswaldo Rojas Oscátegui y Fabiola Andrea Zapata Garcia para que presten apoyo al 4° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince y al 1° Despacho Provincial Penal de la Primera Fiscalía Corporativa Penal de San Isidro-Lince, respectivamente; a partir de la fecha de sus juramentaciones hasta el 31 de diciembre de 2024. Cabe acotar que el abogado Erik Oswaldo Rojas Oscátegui, registra en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) la condición de personal administrativo contratada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, a plazo indeterminado; por lo que, corresponde disponerse la reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por los artículos 64 y 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo N° 052 y modifi cado por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Katherine Garibay Mascco, como fi scal provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación como adscrita al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales; por consiguiente, dejar sin efecto la vigencia de su nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1657-2024-MP-FN, de fecha 22 de julio de 2024; a partir de la toma de posesión de cargo en el despacho que se menciona en el artículo quinto de la presente resolución. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Sergio Eduardo Rojas Cueva, como fi scal provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales; por consiguiente, dejar sin efecto la prórroga de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s 2113-2022-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 4 de octubre de 2022 y 28 de junio de 2024, respectivamente; a partir de la toma de posesión de cargo en el despacho que se menciona en el artículo sexto de la presente resolución. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Erik Oswaldo Rojas Oscátegui, como fi scal provincial provisional transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación como adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales; por consiguiente, dejar sin efecto la prórroga de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s 1342-2022-MP-FN y 1464-2024-MP-FN, de fechas 4 de julio de 2022 y 28 de junio de 2024, respectivamente; a partir de la fecha de juramentación referida en el artículo noveno de la presente resolución. Artículo Cuarto .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Fabiola Andrea Zapata García, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal del Callao; por consiguiente, dejar sin efecto la prórroga de su