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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (28/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 28 de noviembre de 2024 El Peruano / de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la eliminación del procedimiento denominado “Renovación de acreditación de Centros de Acogida Residencial (CAR) de niñas, niños y adolescentes” del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP y sus modifi catorias; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del diario ofi cial “El Peruano” (www.elperuano.com.pe), en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2348310-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Actualizado Versión 2 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 356-2024- MIMP Lima, 26 de noviembre de 2024VISTOS, el Informe N° D000195-2024-MIMP-OP de la Ofi cina de Planeamiento; el Memorándum N° D001205-2024-MIMP-OGPPM de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000643-2024-MIMP-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; Que, con Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0055-2024/CEPLAN/PCD se aprueba la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, la cual tiene como objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico;Que, el numeral 3.2.3 del Capítulo 3 de la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional señala que el POI Anual en ejecución se actualiza cuando se presenta, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y b) Incorporación o inactivación de Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante Resolución Ministerial N° 029- 2019-MIMP, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de carácter permanente, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI; Que, con Resolución Ministerial N° 407-2023-MIMP, se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) 2024 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2024 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 208- 2024-MIMP se aprueba el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Modifi cado Versión 1 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, con Acta de Sesión Virtual N° 005-2024-MIMP- CPE del 30 de octubre de 2024, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, constituida con Resolución Ministerial N° 029-2019-MIMP, valida el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Actualizado Versión 2 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, de acuerdo con el artículo 24 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (ROF del MIMP), aprobado por Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización es el órgano de asesoramiento responsable de conducir los Sistemas Administrativos de Planeamiento Estratégico, Presupuesto Público, Programación Multianual y Gestión de Inversiones y, Modernización de la Gestión Pública; Que, el literal b) del artículo 28 del ROF del MIMP establece como función de la Ofi cina de Planeamiento de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, conducir los procesos de elaboración, aprobación, modifi cación, seguimiento y evaluación de planes del SINAPLAN vinculados al Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, en coordinación con los órganos, programas nacionales y organismos públicos adscritos al MIMP, según corresponda; Que, en ese contexto, con Memorándum N° D001205- 2024-MIMP-OGPPM, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° D000195-2024-MIMP-OP de la Ofi cina de Planeamiento, a través del cual sustenta y emite opinión favorable para la aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2024 Actualizado Versión 2 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; señalando, además, que dicha actualización se realiza principalmente por: i) la incorporación de nuevas Actividades Operativas, debido a la fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas Adultas Mayores (USPPAM) del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF al Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores - “Gratitud”; ii) la incorporación o inactivación de Actividades Operativas, debido a la fusión por absorción de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad (USPPD) del INABIF al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS; así como la incorporación de nuevas inversiones/IOARR a cargo del INABIF; y, iii) la actualización del marco presupuestal del Pliego; Que, mediante Informe N° D000643-2024-MIMP- OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y