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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (27/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Domingo 27 de octubre de 2024 El Peruano / Nacional de Control del Poder Judicial (en adelante la “Jefatura”), resolvió, entre otros: i) Proponer al Consejo Ejecutivo se imponga la medida disciplinaria de destitución al señor Eliceo Mallqui Paredes, en su actuación como juez de paz de primera nominación del distrito de Curgos, provincia de Sánchez Carrión, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad (en adelante el investigado), por el cargo atribuido en su contra, ii) Imponer al investigado la medida cautelar de suspensión preventiva hasta que se resuelva en definitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente; y iii) Poner en conocimiento dicha resolución a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, ONAJUP y la Gerencia de Personal y Escalafón de la Gerencia General del Poder Judicial, para los fines pertinentes. Mediante Resolución Nº 11 de fecha 7 de noviembre de 2023 2, la Jefatura resuelve declarar consentida la Resolución Nº 10 en el extremo que impone la medida cautelar de suspensión preventiva al investigado, y dispone se eleve la propuesta de destitución al Consejo Ejecutivo. De la competencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Segundo. Que, de conformidad con el numeral 38) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones -sección Consejo Ejecutivo del Poder Judicial- es función de este colegiado “Resolver en primera instancia administrativa las propuestas de destitución y separación formuladas por la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra los Jueces de Paz y Auxiliares Jurisdiccionales”. Del Trámite del Procedimiento Administrativo Disciplinario Tercero. Que, en virtud al O fi cio Nº 0060-2022-ODAJUP-CSJLL-PJ 3 de la responsable de la Ofi cina Distrital de Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, mediante Resolución Nº 01 de fecha 23 de mayo de 2022 4, integrada y precisada por Resolución Nº 02 de fecha 1 de junio de 20225, el magistrado contralor de la Unidad Desconcentrada de Quejas – Primera Instancia de la ODECMA de La Libertad inició procedimiento administrativo disciplinario contra el investigado por el siguiente cargo: Hecho infractor “Por encontrarse involucrado en una investigación por trá fi co ilícito de drogas -Exp. N.°1472-2022-47- y en donde se le ha dictado mandato de prisión preventiva lo que vulnera gravemente los deberes del cargo, en cuanto a mantener una conducta intachable, sin que se informe tal situación. Hecho incurrido el 19 de marzo de 2022. Se habría infringido el artículo 1, inciso 2), que refi ere: “Tener conducta intachable y reconocimiento en su localidad”, y artículo 5, inciso 2), de la Ley Nº 29824 que re fi ere: “Mantener una conducta personal y funcional irreprochable acorde con el cargo que ocupa (…)”. Tipifi cación Falta muy grave contenida en el inciso 12) del artículo 50 de la Ley Nº 29824, el cual prescribe: “Ocultar alguna restricción para el acceso o ejercicio de la función de juez de paz o abstenerse de informar una causal sobrevenida”. Con el fi n de garantizar el derecho de defensa del investigado, el órgano instructor mediante Resolución Nº 04 de fecha 26 de julio de 2022 6 dispone la noti fi cación de los cargos al investigado en el establecimiento penitenciario “El Milagro” donde se encontraba recluido, fi jándose fecha y hora para la audiencia única el 26 de agosto de 2022, a horas 09:00 a.m. De folios 171 a 173 obra el acta de audiencia única, la cual se llevó a cabo el 26 de agosto de 2022, con asistencia del investigado y el representante de la Sociedad Civil.Culminada la instrucción, con Informe Final Nº 132- 2022 de fecha 16 de diciembre de 2022 7 el magistrado contralor determina la responsabilidad disciplinaria del investigado y propone se le imponga la medida disciplinaria de destitución. La Jefatura de la ODECMA de La Libertad eleva los actuados a la OCMA 8, avocándose la Jefatura al conocimiento del presente procedimiento administrativo disciplinario mediante Resolución Nº 09 de fecha 16 de agosto de 20239. Mediante Resolución Nº 10 de fecha 11 de setiembre de 202310, la Jefatura resolvió, entre otros: i) Proponer al Consejo Ejecutivo se imponga la medida disciplinaria de destitución al señor Eliceo Mallqui Paredes, en su actuación como juez de paz de primera nominación del distrito de Curgos, provincia de Sánchez Carrión, de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, por el cargo atribuido en su contra, ii) Imponer al investigado la medida cautelar de suspensión preventiva hasta que se resuelva en de fi nitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente; y iii) Poner en conocimiento dicha resolución a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y la Gerencia de Personal y Escalafón de la Gerencia General del Poder Judicial para los fi nes pertinentes. La referida resolución es declarada consentida mediante Resolución Nº 11 de fecha 7 de noviembre de 2023, en el extremo que impone la medida cautelar de suspensión preventiva; y dispone que se eleven los actuados al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Mediante O fi cio Expediente Nº 427-2022-JN-ANC/PJ de fecha 7 de noviembre de 2023 11, la Jefatura eleva la propuesta de destitución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Por decreto de fecha 13 de noviembre de 2023 12 el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otros, dispone se remita la propuesta al jefe de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, para que emita el informe técnico respectivo, en el marco de sus funciones. Con O fi cio Nº 000789-2023-ONAJUP-CE-PJ de fecha 14 de diciembre de 2023 13, el jefe de la ONAJUP remite al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el Informe Nº 000091-2023-ONAJUP-CE-PJ de fecha 14 de diciembre de 2023 14, sobre la presente propuesta de destitución, concluyendo que el investigado ha incurrido en la falta atribuida; por ende, le correspondería la sanción de destitución; pero advierte que en el inicio del procedimiento se ha vulnerado el debido procedimiento porque lo ha iniciado la autoridad no competente; en consecuencia, el procedimiento adolece de nulidad. De la propuesta de destituciónCuarto. Que, los fundamentos de la propuesta de destitución de la Jefatura son los expuestos en la Resolución Nº 10 de fecha 11 de setiembre de 2023. Los medios probatorios que analiza la Jefatura para determinar la responsabilidad disciplinaria del investigado son: 4.1 Pantallazo de la publicación digital en la red social Facebook denominada Revista Grá fi co Norteño 15, donde se informa que la policía de La Libertad ha detenido a tres personas en posesión de 30 kilos de marihuana, siendo uno de los detenidos el investigado Eliceo Mallqui Paredes. 4.2 El O fi cio 25.03.22-CUDRC.CURGOS de fecha 25 de marzo de 2022 16 del presidente de la Central Única Distrital de Rondas Campesinas de Curgos, adjuntando el memorial de fecha 23 de marzo de 2022, acompañado de la planilla de fi rmas de los miembros de dicha comunidad, solicitando el cambio del juez de paz del distrito de Curgos, indicando entre otros que el investigado ha sido detenido el 20 de marzo de 2022 17 cuando cargaba dos sacos que contenían 30 kilos de droga en la ciudad de Trujillo. 4.3 El O fi cio Nº 0060-2022-ODAJUP-CSJLL-PJ de fecha 29 de marzo de 202218 de la responsable de la Ofi cina Distrital de Justicia de Paz de la Corte Superior