NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (13/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 35
35 NORMAS LEGALES Viernes 13 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, el numeral 16.1 del artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 276-2018-EF, señala que las solicitudes para la modi fi cación de la Resolución Ministerial deben ser presentadas ante PROINVERSIÓN dentro del plazo de vigencia del Régimen, siendo éste el establecido en dicha Resolución Ministerial para el cumplimiento del Compromiso de Inversión, y son tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la aprobación de las solicitudes de acogimiento al Régimen; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 286-2020-MINCETUR de fecha 22 de diciembre de 2020 se aprueba a la empresa WANCHAK REAL STATE S.A.C. como empresa cali fi cada, con el monto de compromiso de la inversión de US$ 6 753 005,00 (Seis Millones Setecientos Cincuenta y Tres Mil Cinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) sin IGV, para la ejecución del Proyecto de Inversión denominado “HOTEL HAMPTON BY HILTON CUSCO”, en un plazo de ejecución del compromiso de inversión de dos (2) años, seis (6) meses y diecisiete (17) días contados a partir del 14 de noviembre de 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen. Asimismo, de conformidad con el cronograma de inversiones la fecha de inicio del proyecto empieza el 1 de noviembre de 2019 y culmina el 31 de mayo de 2022; Que, mediante Re solución Ministerial Nº 122-2022-MINCETUR de fecha 28 de abril de 2022 se dispuso la modi fi cación de los artículos 3 y 4 de la Resolución Ministerial Nº 286-2020-MINCETUR, aumentando el plazo de ejecución del compromiso de inversión estableciéndolo en cuatro (4) años, siete (7) meses y dieciséis (16) días contados a partir del 14 de noviembre de 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen hasta el 30 de junio de 2024; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 373-2023-MINCETUR de fecha 1 de diciembre de 2023 se dispuso aprobar la lista de bienes y ampliar, en cuanto a contratos de construcción, la lista de servicios y contratos de construcción aprobada con Resolución Ministerial Nº 286-2020-MINCETUR; Que, la empresa WANCHAK REAL STATE S.A.C., solicita mediante escrito de fecha 13 de marzo de 2024, la modi fi cación de la Resolución Ministerial Nº286-2020- MINCETUR de fecha 22 de diciembre de 2020, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 122-2022-MINCETUR de fecha 28 de abril de 2022 y Resolución Ministerial Nº373- 2023-MINCETUR de fecha 1 de diciembre de 2023 al amparo de lo establecido en el citado Decreto Legislativo; así como, su Reglamento, a efecto de ampliar el plazo de ejecución del proyecto de inversión; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 00016-2024/ DSI de fecha 20 de marzo de 2024, PROINVERSIÓN declara la admisibilidad de la solicitud de modi fi cación presentada por la empresa WANCHAK REAL STATE S.A.C., para modi fi car la Resolución Ministerial Nº286-2020-MINCETUR de fecha 22 de diciembre de 2020, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 122-2022-MINCETUR de fecha 28 de abril de 2022 y Resolución Ministerial Nº373-2023-MINCETUR, de fecha 1 de diciembre de 2023, de conformidad a lo establecido en el numeral 4.3 del artículo 4 del Reglamento; Que, mediante el Informe Técnico Nº 0046-2024-DSI y el Informe Legal Nº 0042-2024-DSI, PROINVERSIÓN complementados por el Informe Técnico Legal Nº 0007- 2024/DSI/SSI del 12 de junio de 2024, ha concluido que la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa WANCHAK REAL STATE S.A.C. , cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo y se encuentra adecuada a los requerimientos del mismo; Que, el plazo de ejecución del compromiso de inversión se incrementa a cinco (5) años, ocho (8) meses y diecisiete (17) días, contados a partir del 14 de noviembre de 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al régimen hasta el 31 de julio de 2025, fecha de nuevo término del proyecto; lo cual se encuentra técnicamente conforme;Que, con Informe Nº 0035-2024-MINCETUR/ VMT/DGET/DPDT-SOJ y el Informe Legal Nº 079-2024-MNCETUR-VMT/DGET/DPDT-MCM de la Dirección de Productos y Destinos Turísticos de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, se expresa la opinión técnica y legal favorable, en relación a la modi fi cación del plazo del compromiso de inversión del proyecto de inversión denominado “ HOTEL HAMPTON BY HILTON CUSCO ”, toda vez que cumple con los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas y sus modi fi catorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquese los artículos 3 y 4 de la Resolución Ministerial Nº 286-2020-MINCETUR, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 122-2022-MINCETUR y la Resolución Ministerial Nº373-2023-MINCETUR, los cuales quedarán redactados de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión y cronograma de ejecución de inversiones Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, en cinco (5) años, ocho (8) meses y diecisiete (17) días contados desde el 14 de noviembre de 2019, fecha de presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen presentada por la empresa WANCHAK REAL STATE S.A.C. , hasta el 31 de julio de 2025. Asimismo, de conformidad con el cronograma de ejecución de inversiones adjunto a la presente Resolución, la fecha de inicio del proyecto de inversión empieza el 1 de noviembre de 2019 y culmina el 31 de julio de 2025, con una ejecución total de cinco años (05) años, ocho (08) meses y treinta (30) días.” “Artículo 4.- Periodo de las muestras, pruebas y ensayos El periodo de marcha blanca se extiende del 1 de marzo de 2025 al 31 de julio de 2025 y considera las muestras, pruebas y ensayos.” Artículo 2.- Reemplazar el anexo II de la Resolución Ministerial Nº 286-2020-MINCETUR modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 122-2022-MINCETUR y la Resolución Ministerial Nº373-2023-MINCETUR por el anexo adjunto al presente documento. Artículo 3.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 286-2020-MINCETUR, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 122-2022-MINCETUR y la Resolución Ministerial Nº373- 2023-MINCETUR. Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 243-2024-MINCETUR de fecha 27 de agosto de 2024. Artículo 5 .- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo II en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ( www.gob.pe/mincetur ), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución y su anexo II en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo