NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (13/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 92
TEXTO PAGINA: 24
24 NORMAS LEGALES Viernes 13 de setiembre de 2024 El Peruano / Legislativo se considera excluido del alcance del AIR Ex Ante, al encontrarse fuera de los supuestos establecidos en el numeral 10.1 del artículo 10 del referido Reglamento, conforme lo ha señalado la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú y en ejercicio de la facultad delegada en los numerales 2.2 y 2.6 del artículo 2 de la Ley N° 32089, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de reactivación económica, simpli fi cación y calidad regulatoria, actividad empresarial del Estado, seguridad ciudadana y defensa nacional; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente: DECRETO LEGISLATIVO QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO Nº 1274, DECRETO LEGISLATIVO QUE REGULA LA EJECUCIÓN DE INTERVENCIONES DE REHABILITACIÓN, REPOSICIÓN, OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE AGUA Y SANEAMIENTO EN EL ÁMBITO RURAL DEL PAÍS - “AGUA +” Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Legislativo tiene por objeto modi fi car los artículos 1, 4, 6 y la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N°1274, Decreto Legislativo que regula la ejecución de intervenciones de rehabilitación, reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en el ámbito rural del país - “Agua +”. Artículo 2.- Modi fi cación de los artículos 1, 4, 6 y la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1274, Decreto Legislativo que regula la ejecución de intervenciones de rehabilitación, reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en el ámbito rural del país - “Agua +”. Modi fi car los artículos 1, 4, 6 y la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N°1274, Decreto Legislativo que regula la ejecución de intervenciones de rehabilitación, reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en el ámbito rural del país - “Agua +”, en los términos siguientes: “Artículo 1. Objeto El presente Decreto Legislativo tiene por objeto regular la participación del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, en la aprobación y ejecución de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición, en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como operación y mantenimiento, de sistemas de agua y saneamiento en centros poblados rurales, y dictar disposiciones para la e fi ciencia de sus procedimientos. La intervención del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES en la ejecución de estas inversiones se denomina “Agua +”.” “Artículo 4. Inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición, así como operación y mantenimiento, de sistemas de agua y saneamiento bajo la modalidad del Núcleo Ejecutor Las Inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación, de reposición, así como operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento se implementan en los centros poblados rurales, bajo la modalidad del Núcleo Ejecutor, el cual goza de capacidad jurídica y se sujeta a las normas que regulan las actividades del ámbito del sector privado, según las facultades establecidas en el Decreto Ley Nº 26157, Decreto Supremo Nº 015-96-PCM, Decreto Supremo Nº 020-96-PRES, y demás normativa aplicable a FONCODES. Asimismo, FONCODES realiza el registro en el banco de inversiones según las normas vigentes, a fi n de abarcar todas las obligaciones relacionadas al registro que aplican a las fases de inversión para las Inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación, de reposición, conforme al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Todas las inversiones deben considerar las normas técnicas sectoriales emitidas por el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento en temas de inversión, agua y saneamiento, así como el respectivo cierre en el Sistema de seguimiento y consulta de inversiones públicas (SSI MEF).” “Artículo 6. Financiamiento La implementación de lo establecido en el presente Decreto Legislativo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, a través del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento queda autorizado a realizar mediante Decreto Supremo, modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, con cargo a su presupuesto institucional, a fi n que a través del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES realice inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición, así como operación y mantenimiento, de sistemas de agua y saneamiento - “Agua+”, en centros poblados rurales, incluyendo los gastos operativos que éstos demanden.” “DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Normas complementarias El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social emite las normas complementarias que se requieran, en el marco de sus competencias. El Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, mediante resolución de la Dirección Ejecutiva, aprueba la normativa de alcance operativo para la implementación de lo establecido en el presente Decreto Legislativo, que son de alcance y cumplimiento obligatorio y bajo responsabilidad de los Núcleos Ejecutores y demás participantes en las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición, así como operación y mantenimiento, de sistemas de agua y saneamiento en centros poblados rurales.” Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Legislativo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. Cambio de denominación Se modi fi ca la denominación del Decreto Legislativo N°1274, Decreto Legislativo que regula la ejecución de intervenciones de rehabilitación, reposición, operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en el ámbito rural del país - “Agua +”, por, “Decreto Legislativo que regula la aprobación y ejecución de inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación, así como operación y mantenimiento de sistemas de agua y saneamiento en centros poblados rurales del país - “Agua +”. POR TANTO:Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República.