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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Informes del Visto, la Dirección Nacional de Seguimiento y Evaluación sustenta la necesidad de modi fi car la sección 4.5 de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”; aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00056-2024-CEPLAN/PCD, en lo correspondiente al plazo de registro mensual de los Planes Operativos Institucionales (POI), con el fi n de contar con información actualizada de la ejecución, que se comunicará a las autoridades del Gobierno para la toma de decisiones. Con el visado del Director Ejecutivo, del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car la sección 4.5 de la “Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del Sinaplan”, estableciendo que el registro mensual de la ejecución de los Planes Operativos Institucionales (POI), debe culminar máximo, el décimo día calendario del mes siguiente. Artículo 2.- Disponer la aplicación inmediata de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Ceplan (www.gob.pe/ceplan). Regístrese, comuníquese y publíquese.GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo del CEPLAN 2325725-1 COMISIÓN DE PROMOCIÓN DEL PERÚ PARA LA EXPORTACIÓN Y EL TURISMO Disponen el desplazamiento de Consejero Económico Comercial a la Oficina Comercial del Perú en el Exterior con sede en Seúl (República de Corea) RESOLUCIÓN N° 000145-2024- PROMPERU/PE San Isidro, 17 de septiembre del 2024 VISTOS: El Informe N° 027-2024-PROMPERÚ/DO de la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; el Informe N° 301-2024-PROMPERÚ/GG-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos y el Informe N° 451-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, según el artículo 2 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; Que, el numeral 24.1 del artículo 24 de la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, dispone que las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX) dependen funcional, administrativa y orgánicamente de PROMPERÚ; Que, el numeral 6.2.1 de la Directiva N° 004-2021-PROMPERÚ /DO, Lineamientos para la Gestión de los Consejeros Económicos Comerciales a cargo de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 112-2021-PROMPERÚ/GG, señala que el desplazamiento de un Consejero Económico Comercial (CEC) a una determinada OCEX se realiza mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000210-2023-PROMPERÚ/PE del 22 de diciembre de 2023, se dispuso el desplazamiento, entre otros, del CEC Álvaro Gustavo Silva Santisteban Ferraro a la OCEX con sede en Los Ángeles (Estados Unidos de América); Que, mediante documento de visto, la Dirección de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior propone el desplazamiento del citado CEC a la OCEX con sede en Seúl (República de Corea); Que, a través del documento de vistos, la O fi cina de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior; recomendando de igual forma, se deje sin efecto, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 210-2023-PROMPERÚ/PE en el extremo que dispuso el desplazamiento del CEC Álvaro Gustavo Silva Santisteban Ferraro a la OCEX con sede en Los Ángeles (Estados Unidos de América); Que, a través del informe de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ y normas modi fi catorias; la Ley N° 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE; la Directiva N° 004-2021-PROMPERÚ/DO, Lineamientos para la Gestión de los Consejeros Económicos Comerciales a cargo de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, aprobada por Resolución de Gerencia General N° 112-2021-PROMPERÚ/GG; y, la Resolución Ministerial N° 120-2024-MINCETUR; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de las O fi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer el desplazamiento del Consejero Económico Comercial Álvaro Gustavo Silva Santisteban Ferraro a la O fi cina Comercial del Perú en el Exterior con sede en Seúl (República de Corea). Artículo 2.- Disponer que el Consejero Económico Comercial señalado en el artículo precedente, inicie sus funciones en la O fi cina Comercial del Perú en el Exterior con sede en Seúl (República de Corea), una vez obtenida la acreditación correspondiente. Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000210-2023-PROMPERÚ/PE en el extremo que dispuso el desplazamiento del CEC Álvaro Gustavo Silva Santisteban Ferraro a la OCEX Los Ángeles (Estados Unidos de América). Artículo 4.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia de PROMPERÚ, en el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano, deberá realizar la publicación correspondiente en el Portal Institucional de PROMPERÚ. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLARICIA TERESA TIRADO DIAZ Presidenta Ejecutiva 2326463-1