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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2024 El Peruano / Presupuesto y Desarrollo Organizacional hace suyo y remite el Informe N° 000038-2024-SIS/OGPPDO-DDZ, por medio del cual emite opinión previa favorable de disponibilidad presupuestal y aprueba el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 1643, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correspondiente a la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento; Que, mediante Memorando N° 002105-2024-SIS/GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe N° 000016-2024-SIS/GNF-GPR, con el que “(…) se propone la programación de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 45,183,267, desagregados de la siguiente manera: por el mecanismo de pago por Prestaciones de Salud el importe de S/ 45,183,267, de los cuales por transferencia regular corresponde el monto de S/ 40,398,937 y por ampliación del DU 046 el monto de S/ 4,784,330), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las Unidades Ejecutoras detalladas en el Cuadro N° 08 del Informe N° 000028-2024/GNF-EPH”; Que, mediante Informe Legal N° 000509-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, considera viable que la Jefatura del SIS, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 45,183,267.00 (Cuarenta y cinco millones ciento ochenta y tres mil doscientos sesenta y siete y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera Recursos Ordinarios - Setiembre 2024”, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritos; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; en el Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 030-2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS hasta por la suma de S/ 45,183,267.00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 Seguro Integral de Salud Unidad Ejecutora 001 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera Recursos Ordinarios – Setiembre 2024”, que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y adendas suscritas. Artículo 2.- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban la transferencia fi nanciera de la Unidad Ejecutora 001-1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud diferencien, para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo N° 01 de la Directiva N° 008-2024-SIS/GNF-V.03 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural N° 000019-2024-SIS/J. Artículo 3.- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera, según corresponda. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación de la presente resolución a través del portal institucional del Seguro Integral de Salud (http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html). Artículo 5.- Remitir copia de la presente resolución a la O fi cina General de Administración de Recursos, para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera señalada en el artículo 1. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el diario o fi cial El Peruano, y en la misma fecha, la resolución y su anexo en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2326215-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Desestiman solicitud de nulidad y declaran fundado en parte Recurso de Apelación interpuesto por ENTEL PERÚ S.A. contra la Res. N° 0248-2024-GG/OSIPTEL RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE APELACIONES N° 00047-2024-TA/ OSIPTEL Lima, 16 de setiembre de 2024 EXPEDIENTE : 00118-2023-GG-DFI/PAS MATERIA :Recurso de apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERÚ S.A. contra la resolución N° 0248-2024-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO : ENTEL PERÚ S.A. VISTOS: (i) El expediente N° 00118-2023-GG-DFI/PAS, y; (ii) El recurso de apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERÚ S.A., (en adelante, ENTEL) contra la resolución N° 0248-2024-GG/OSIPTEL de fecha 11 de julio de 2024, emitida por la Gerencia General. CONSIDERANDO: I. Antecedentes 1.1 El 18 de octubre de 2023, mediante carta C. 1957- DFI/2023, la Dirección de Fiscalización e Instrucción (en adelante, DFI) comunicó a ENTEL el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS) por la presunta comisión de la infracción tipi fi cada en el artículo 25 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones (en adelante, RGIS) 1, al haber incumplido