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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (03/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Jueves 3 de abril de 2025 El Peruano / la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del FONCODES aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE:Artículo 1.- Conclusión de designación Dar por concluida, al término del día 2 de abril del 2025, la designación del servidor ABEL NILO SAIRITUPA VILLAFUERTE en el cargo público de con fi anza de Jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del FONCODES, dispuesta mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 000183-2024-MIDIS/FONCODES/DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designación Designar, a partir del 3 de abril del 2025, a la señora YNES AURORA QUISPE CHAVEZ, en el cargo público de con fi anza de Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del FONCODES, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 3.- Disposición Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4.- Publicación Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente resolución en el portal institucional del FONCODES (http://www.gob.pe/foncodes) en la fecha de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO ESQUIVEL TORRES Director Ejecutivo del FONCODES Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social 2387074-1 EDUCACIÓN Aprueban Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del Sistema Integrado de Gestión) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2025- MINEDU Lima, 1 de abril de 2025 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº OTEPA2025-INT-0315324; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 092-2017- PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción (en adelante, la Política Nacional), la misma que tiene como objetivo general, contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, los objetivos especí fi cos 2.3 y 2.4 del Eje II: Identi fi cación y gestión de riesgos de la Política Nacional, establecen como estrategias, garantizar la integridad en las contrataciones de obras, bienes y servicios, así como fortalecer la gestión de riegos al interior de cada entidad pública, señalando entre los lineamientos de este último objetivo, el implementar mecanismos de cumplimiento de normas anticorrupción; Que, a través del Decreto Supremo Nº 042-2023- PCM, se aprueba la Política General de Gobierno para el mandato presidencial vigente, la cual incluye entre los ejes y lineamientos la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento del Modelo de Integridad en el servicio público; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 012-2017/ INACAL/DN, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 005-2024-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37001:2017/MT 1:2024 “Sistema de Gestión Antisoborno. Requisitos con orientación para su uso. MODIFICACIÓN TÉCNICA 1: Acciones relativas al cambio climático. 1a Edición” (en adelante, Norma ISO 37001), la cual tiene por objeto especi fi car los requisitos y proporcionar una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un Sistema de Gestión Antisoborno; Que, con la Resolución Directoral Nº 010-2021-INACAL/DN, modi fi cada por la Resolución Directoral Nº 005-2024-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana NTP-ISO 37301:2021/MT 1:2024 “Sistemas de gestión del compliance. Requisitos con orientación para su uso. MODIFICACIÓN TÉCNICA 1: Acciones relativas al cambio climático. 1a Edición” (en adelante, Norma ISO 37301), la cual tiene por objetivo especi fi car los requisitos y proporcionar directrices para establecer, desarrollar, implementar, evaluar, mantener, revisar y mejorar un Sistema de Gestión del compliance efi caz dentro de una organización; Que, el requisito 5.2 de la Norma ISO 37001, establece que la alta dirección debe establecer, mantener y revisar una política antisoborno; de igual manera, el requisito 5.2 de la Norma ISO 37301, dispone que el órgano de gobierno y la alta dirección deben establecer una política de compliance; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 303-2024-MINEDU, se aprueba la Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del Sistema Integrado de Gestión); Que, en ese contexto mediante el Informe Nº 00123-2025-MINEDU/SG-OTEPA, la O fi cina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción, sustenta la necesidad de modi fi car la Política del Sistema de Gestión Antisoborno y del Sistema de Gestión de Cumplimiento del Ministerio de Educación (Política del Sistema Integrado de Gestión), debido a que se requiere mejorar la redacción de su narrativa con el fi n de cumplir con los requisitos de la Norma ISO 37001 y Norma ISO 37301, así como las recomendaciones identi fi cadas en la auditoría externa de seguimiento al Sistema de Gestión Antisoborno y de certi fi cación al Sistema de Gestión de Cumplimiento; Que, con el Informe Nº 00560-2025-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, emite opinión favorable respecto a la propuesta de aprobación de la citada Política, por cuanto se encuentra alineada con los instrumentos de plani fi cación estratégica del Sector Educación; asimismo, no demandará recursos adicionales al Tesoro Público; Que, a través del Informe Nº 00473-2025-MINEDU- SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en consideración la documentación que obra en el expediente de Vistos, opina que la aprobación de la Política, resulta legalmente viable, por lo que considera pertinente proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno para el