Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (29/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Martes 29 de abril de 2025 El Peruano / Ofi cina de Recursos Humanos de fecha 05 de marzo de 2025, Proveído N° 463-2025/GM/MDM - N° Expediente 20104 de Gerencia Municipal de fecha 06 de marzo de 2025, Informe N° 53-2025/AL/NPCC/OGAJ/MDM - N° Expediente 21775 del analista legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de fecha 11 de marzo de 2025, Proveído N° 175-2025/OGAJ/MDM - N° Expediente 22277 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de fecha 12 de marzo de 2025, Informe N° 360-2025/ORH/OGAF/MDM - N° Expediente 23079 de la O fi cina de Recursos Humanos de fecha 14 de marzo de 2025, Informe N° 32-2025/OGAF/MDM - N° Expediente 23640 de la O fi cina General de Administración y Finanzas de fecha 17 de marzo de 2025, Proveído N° 238-2025/A/MDM - N° Expediente 25013 de Alcaldía de fecha 20 de marzo de 2025, Proveído N° 242-2025/OGAF/MDM - N° Expediente 25426 de la O fi cina General de Administración y Finanzas de fecha 21 de marzo de 2025; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por el artículo II del Título Preliminar de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 establece que: “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local que emanan de la voluntad popular y disfrutan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Ley Marco del Empleo Público regla que el empleado de con fi anza es el que desempeña cargo de con fi anza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente y en ningún caso será mayor al 5% de los servidores públicos existentes en cada entidad. Que, sobre el límite para la designación de persona de con fi anza, la Autoridad Nacional del Servicio Civil a través del Informe Técnico N° 001857-2022-SERVIR-GPGSC colige que las reglas sobre el límite del personal de con fi anza, así como el método de cálculo del total de servidores/as de con fi anza, que hayan sido desarrolladas a partir de Ley N° 30057 se encontrarían tácitamente derogadas al haber sido regulado dicho contenido por la Ley N° 31419, por lo que, aquellas disposiciones que no entren en con fl icto con esta última, be encontrarían vigente. Que, el artículo 6 de la Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, entre otros, dispone que el número de servidores de con fi anza en ningún caso es mayor al cinco por ciento del total de cargos o puestos previstos por la entidad pública en su cuadro para asignación de personal o cuadro de puestos de la entidad, según corresponda; con un mínimo de dos y un máximo de cincuenta servidores de con fi anza. Corresponde al titular de la entidad pública la determinación de la ubicación de los servidores de con fi anza. El porcentaje al que se hace referencia en el párrafo precedente incluye a los directivos públicos a que se re fi ere el literal b del artículo 3 de la presente ley. Que, el artículo 29 del Reglamento de la Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y, otras disposiciones señalan que el personal de con fi anza en ningún será mayor al cinco por ciento (5%) del total de cargos o puestos existentes en la entidad, con un mínimo de dos (2) y un máximo de cincuenta (50) servidores/as de con fi anza. Que, el sub numeral 6.4.1.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH norma que la ORH o la que haga las veces puede actualizar el CAP Provisional de la entidad, entre otros supuestos por; “e. Otras acciones de administración del CAP Provisional que no afecten a los cargos, les posiciones, las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente ni el cumplimiento de los limites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público.”Que, el sub numeral 6.4.1.2, del numeral 6.4 de la directiva aludida acota que los ajustes que se realicen en el marco de la administración del CAP Provisional se aprueban mediante resolución de la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, de la entidad, previo Informe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga la veces, pudiendo SERVIR realizar controles posteriores a fi n de veri fi car que en ningún caso se hayan desconocido o modi fi cado los criterios que sus informes favorables hayan establecido. Que, el Cuadro para la Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Municipalidad Distrital de Majes fue aprobada con Ordenanza Municipal N° 001-2025-MDM, en base a la estructura orgánica trazada en el Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante Resolución De Alcaldía N° 147-2024-MDM. Que mediante Proveído N° 168-2025/OGAF/ MDM - N° Expediente 17217 de la O fi cina General de Administración y Finanzas se remite el Informe 252-2025/ORH/OGAF/MDM - N° Expediente 16285 de la O fi cina de Recursos Humanos, el mismo que remite la propuesta de actualización del CAP Provisional sustentado en el numeral 6.4.1.1 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR- GDSRH - “Elaboración del Manual Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para asignación de Personal Provisional”, respecto a la Administración del CAP Provisional Vigente; teniendo en cuenta que dicha propuesta respeta los límites porcentuales cumpliendo con lo normado por la Ley N° 28175 - Ley Marco del Empleo Público y la Ley N° 31419 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM. Que mediante Proveído N° 329-2025/OGPPM/ MDM - N° Expediente 19894 de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización, remite el Informe N° 49-2025/PPM/PGPPM/MDM - N° Expediente 19638 de la O fi cina de Plani fi cación y Modernización, el mismo que señala que habiéndose veri fi cado las propuestas orientadas a la actualización de las clasi fi caciones de los cargos estructurales, se emite una opinión favorable respecto a la propuesta de actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, en el marco del procedimiento establecido por la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH. Que, mediante Informe N° 293-2025/ORH/OGAF/ MDM - N° Expediente 19982 de la O fi cina de Recursos Humanos, se remite el expediente de propuesta de modi fi cación del cuadro para asignación de personal provisional de la Municipalidad Distrital de Majes, a efecto de obtener la validación necesaria y la emisión del acto resolutivo correspondiente. Que, mediante Proveído N° 463-2025/GM/MDM - N° Expediente 20104 el despacho de Gerencia Municipal remite el expediente en trámite para la revisión, análisis y emisión de la opinión legal correspondiente, a fi n de proseguir con el trámite administrativo que corresponda. Que, mediante Proveído N° 175-2025/OGAJ/MDM - N° Expediente 22277 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica se remite el Informe N° 53-2025/AL/NPCC/ OGAJ/MDM - N° Expediente 21775 del analista legal de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el cual señala que vistos los informes técnicos obrantes, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe la “MODIFICACIÓN DEL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES”, esto de conformidad con lo establecido en el numeral 6.4 de la Directiva N° 006-021-SERVIR-GDSRH. Que, mediante Informe N° 32-2025/OGAF/MDM - N° Expediente 23640 de la O fi cina General de Administración y Finanzas se remite el Informe N° 360-2025/ORH/OGAF/MDM - N° Expediente 23079 de la O fi cina de Recursos Humanos el mismo que señala que habiéndose obtenido opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica, por lo que, se remite el expediente administrativo a efecto de continuar con el trámite administrativo correspondiente. Que, mediante Proveído N° 242-2025/OGAF/ MDM - N° Expediente 25426 de la O fi cina General de Administración y Finanzas se remite el Proveído N° 238-2025/A/MDM - N° Expediente 25013 de Alcaldía, el mismo que señala que, a fi n de dar cumplimiento con lo establecido en la directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH se remite el expediente administrativo correspondiente a