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78 NORMAS LEGALES Martes 29 de abril de 2025 El Peruano / una de sus mejores herramientas para incrementar el número de turistas que deciden pasar sus vacaciones o fi nes de semana descubriendo un poco más acerca de las tradiciones del dicho lugar. Que, la chicha de Año de Magdalena de Cao es un producto tradicional de gran carga simbólica. Su producción tiene orígenes prehispánicos y ha enfrentado diversos cambios culturales, sociales, medioambientales, económicos e ideológicos. Este producto está cargado de signi fi cados culturales, los cuales también se han ido recon fi gurando a lo largo del tiempo. La producción de chicha de año constituye una actividad tradicional que se realiza dentro del grupo familiar, con fi nes turísticos, inserta en una economía local de mercado y que a su vez forma parte de las actividades económicas tradicionales; Que, la acotada iniciativa normativa municipal, establece en su Artículo Segundo, encargar a la Gerencia Municipal y demás áreas de la Municipalidad Provincial, solicitar al Gobierno Regional de La Libertad el reconocimiento de “la “Chicha de Año”, como Bebida Emblemática, Típica Tradicional, en el ámbito del Distrito de Magdalena de Cao, como Producto Bandera de la Provincia de Ascope, Región La Libertad; Que, el presente Proyecto de Ordenanza Regional, ha sido elaborado por el Señor Dr. Samuel Alfonso Leiva López, Consejero Regional del Gobierno Regional La Libertad, representante por la Provincia de Ascope, porque cree que esta bebida tradicional de Magdalena de Cao, representa la identidad de todo un Pueblo. Asimismo, porque la autoridad local, representado en su alcalde, lo pidió en una reunión de trabajo, sostenida en la Municipalidad Distrital de Magdalena de Cao, que se elabore una Ordenanza Regional, relativo a la Chicha de Año de Magdalena de Cao; Que, con el O fi cio N° 00019-2024-GRH-CR-SCR- GFV, de fecha 28 de mayo del 2024, suscrito por Secretaria del Consejo Regional alcanza al despacho del Consejero de Ascope el PROYECTO DE ORDENANZA REGIONAL RELATIVO A DECLARAR A LA “CHICHA DE AÑO” DE MAGDALENA DE CAO, PROVINCIA DE ASCOPE, COMO BEBIDA TÍPICA TRADICIONAL, RECONOCER COMO PRODUCTO BANDERA REGIONAL Y PATRIMONIO DE LA REGIÓN LA LIBERTAD, para su evaluación y análisis; Que, mediante Informe N° 000001-2024-GRH- GGR-GRPRO-SGI-CLM, de fecha 13 de junio del 2024 la Sub Gerencia de Industria de la Gerencia Regional de Producción concluye, opinando favorablemente que el expediente presentado siga su trámite que ha de corresponder sin trasgredir lo indicado en los acápites 3.3, 3.5, 3.8 y 3.10 del presente informe; Que, según Informe N° 000007-2024-GRLL-GGR- GRPRO-SGI-CLM de fecha 21 de agosto del 2024, la Sub Gerencia de Industria de la Gerencia Regional de Producción emite la aclaración de opinión técnica sobre el PROYECTO DE ORDENANZA REGIONAL “CHICHA DE AÑO” manifestando que, la solicitud presentada al amparo de lo dispuesto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, en Declarar a la “Chicha de Año” de Magdalena de Cao, Provincia de Ascope, como Bebida Típica Tradicional, Reconocer como Producto Bandera Regional y Patrimonio de la Región La Libertad a través de una Ordenanza Regional, es procedente pero solo con el contenido del texto de lo solicitado, pero no exonera del alcance a la Ley N° 29632 y su reglamento. Concluyendo que, dentro del marco técnico funcional, por lo expuesto y de acuerdo a lo solicitado especí fi camente en el documento de la referencia, opina favorablemente que el expediente presentado siga su trámite que ha de corresponder; Que, de acuerdo al Informe Legal N° 414-2024-GRLL- GGR-GRAJ-MCA, de fecha 23 de setiembre del 2024, la suscrita de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica es de la opinión VIABLE Aprobar el Proyecto de Ordenanza Regional: “DECLARAR A LA “CHICHA DE AÑO” DE MAGDALENA DE CAO, PROVINCIA DE ASCOPE, COMO BEBIDA TÍPICA TRADICIONAL, RECONOCER COMO PRODUCTO BANDERA REGIONAL Y PATRIMONIO DE LA REGIÓN LA LIBERTAD”; Rati fi cada por la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica mediante el O fi cio N° 02163-2024-GRLL-GGR-GRAJ;Que, en Sesión Ordinaria de fecha 4 de marzo del 2025, la Presidenta del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación del Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “Declarar a la “Chicha de Año” de Magdalena de Cao, Provincia de Ascope, como Bebida Típica Tradicional, Reconocer como Producto Bandera Regional y Patrimonio de la Región La Libertad”; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las facultades conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y los artículos 23°, 61° y 63° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/ CR y demás normas complementarias; con dispensa de la lectura y aprobación de Acta; el Pleno del Consejo Regional; APROBÓ POR UNANIMIDAD: HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR a la “Chicha de Año” de Magdalena de Cao, Provincia de Ascope, como Bebida Típica Tradicional, Reconocer como Producto Bandera Regional y Patrimonio de la Región La Libertad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Producción del Gobierno Regional La Libertad, coordinar y apoyar a la Municipalidad Distrital de Magdalena de Cao y a los productores de la Chicha de Año, realizando las acciones siguientes: - Capacitar a los Productores de la Chicha de Año de Magdalena de Cao, en Planes de Negocios. - Constituir la Asociación de Productores de la “Chicha de Año” de Magdalena de Cao - Gestionar ante INDECOPI La Libertad, el Registro de Marca Colectiva de la Chicha de año de Magdalena de Cao. Artículo Tercero.- INSTITUIR el Festival de la “Chicha de Año”, durante todos los años en el marco de las Festividades por aniversario de fundación del Distrito de Magdalena de Cao y aprobar en vías de regularización los festivales realizados desde el año 2015. Artículo Cuarto.- La Comisión Organizadora del Festival de la “Chicha de Año” de Magdalena de Cao, estará integrada por los siguientes miembros: - Consejero Regional por la Provincia de Ascope, quien la presidirá. - Municipalidad Provincial de Ascope. - Municipalidad Distrital de Magdalena de Cao, quien actuará de secretario. - Gerencia Regional de Producción.- Gerencia Regional de Comercio, Turismo y Artesanía.- Dirección Desconcentrada de Cultura La Libertad. - ONG Minka. - Otras instituciones públicas y privadas de la región La Libertad. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Comisión Organizadora del Festival de la “Chicha de Año” de Magdalena de Cao, entre otras funciones las siguientes: Organizar el Festival de la chicha de año de Magdalena de Cao, incluyendo actividades cientí fi cas, educativas, culturales, artesanales, gastronómicos; exposición fotográ fi ca, exposición-venta de productos artesanales, espectáculos artísticos, concursos de poesía y dibujo, concursos de danzas típicas, des fi les folclóricos, cursos de capacitación o seminarios, el acto ceremonial del pago a la tierra con la chicha de año y otras actividades. Artículo Sexto.- ESTABLECER, en el Distrito de Magdalena de Cao y en el Distrito Capital de la Provincia de Ascope, durante todo acto protocolar que realicen las instituciones públicas, debe brindarse con la “Chicha de Año” de Magdalena de Cao. Artículo Séptimo.- INSTAR, a la Municipalidad Provincial de Ascope en coordinación con la Municipalidad Distrital de Magdalena de Cao y los productores de la Chicha de Año de Magdalena de Cao, gestionar ante