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28 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de agosto de 2025 El Peruano / Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan fi nanciamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; Que, a través del O fi cio N° 01732-2025-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 341-2025-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01553-2025-MINDEF/ SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y, la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de escala detallada en el artículo 5 del D.S. N° 047- 2002-PCM, para el caso de invitaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa que incluyan fi nanciamiento parcial. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del General de División EP Francisco Javier Costa Gallegos y del Coronel EP Eugenio Oscar Antonio Olguín Noriega, quienes participarán en el Seminario de Líderes Superiores (SLS), a realizarse en la República de El Salvador, del 26 al 29 de agosto de 2025, autorizando su salida del país el 25 de agosto y su retorno el 30 de agosto de 2025. Artículo 2.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 315.00 x 2 personas x 5 días x 20% US$ 630.00 Total a pagar: US$ 630.00 Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- Disponer que copia de la presente Resolución sea remitida a la Institución Armada a la que pertenece el personal militar designado en comisión de servicio. Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2427125-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprobación de la “Nota Técnica: Características de software, hardware, entorno de datos comunes y otros recursos tecnológicos necesarios para la adopción de BIM” y del “Listado de tipologías de proyectos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales que se desarrollarán aplicando BIM” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0007-2025-EF/63.01 Lima, 11 de agosto de 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI), y sus modi fi catorias, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 4 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF, y sus modi fi catorias, establece que es función de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) emitir metodologías colaborativas de modelamiento digital de la información, para mejorar la transparencia, calidad y e fi ciencia de la inversión pública. Asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, dispone que la implementación e incorporación de metodologías colaborativas de modelamiento digital de la información a que se re fi ere el numeral 4 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Reglamento se realiza de manera progresiva. Para tal efecto, la DGPMI aprueba las disposiciones necesarias para la adopción de los aplicativos informáticos y la generación de capacidades; Que, con Decreto Supremo N° 345-2018-EF se aprueba la Política Nacional de Competitividad y Productividad, la cual comprende nueve objetivos prioritarios y treinta y seis lineamientos que orientan la formulación de medidas para la elaboración de un Plan Multisectorial de Competitividad. Dentro de este marco, mediante Decreto Supremo N° 237-2019-EF, se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030, estableciéndose la Medida de Política 1.2: Plan BIM, como parte de las medidas de fi nidas en dicho Plan Nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 203-2024- EF, se aprueba la actualización del Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 y cambio de la denominación a “Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2024-2030” (PNCP 2024-2030), estableciendo como Objetivo Prioritario 1 (OP1): Dotar al país de infraestructura económica y social de calidad, e incorporando como Medida de política 1.1 Plan BIM Perú. Dentro de los hitos previstos hasta julio de 2030, se identi fi ca el hito “Características mínimas de recursos tecnológicos para la adopción de BIM estandarizadas” y el hito denominado “BIM aplicado en proyectos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales en tipologías seleccionadas”;