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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (13/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de agosto de 2025 El Peruano / de 2023, se formalizó el acuerdo del Concejo Directivo SERVIR, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, a través de la Resolución Jefatural-D Nº 000046-2025-PERÚ-COMPRAS-JEFATURA, del 11 de agosto de 2025, se acepta la renuncia al cargo de Jefe de la O fi cina de Administración formulada por el señor Neal Martin Maura Gonzales, siendo su último día en el cargo el 12 de agosto de 2025, estando vacante el cargo de dicho puesto a partir del 13 de agosto de 2025; Que, por medio del Informe-D Nº 000018-2025-PERÚ COMPRAS-OA, la O fi cina de Administración concluye que, el señor Alejandro Augusto Cedeño Monrroy cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Per fi les de Puestos de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS, para la designación en el cargo de jefe de la Ofi cina de Administración de la entidad; Que, con Informe-D Nº 000107-2025-PERÚ COMPRAS-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para la designación propuesta; Que, estando vacante y presupuestado el cargo de jefe de la O fi cina de Administración de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), se ha visto por conveniente designar a la persona que lo ocupe; Con el visto bueno de la Gerencia General, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Administración, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, en uso de la atribución conferida por el literal j) del artículo 8 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de Perú Compras, aprobado por el Decreto Supremo Nº 066-2025-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al señor Alejandro Augusto Cedeño Monrroy, en el cargo de jefe de la O fi cina de Administración de la Central de Compras Públicas (Perú Compras), a partir del 13 de agosto de 2025. Artículo Segundo.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información realice la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Central de Compras Públicas (Perú Compras) (www.gob.pe/perucompras), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALBERTO ZA PATA GALLO Jefe de la Central de Compras Públicas -PERÚ COMPRAS 2426938-1 Aprueban delegación de facultades al Jefe de la Oficina de Administración de Perú Compras, durante el Año Fiscal 2025 y dejan sin efecto la Res. Nº 000001-2025-PERÚ COMPRAS-GG RESOLUCIÓN GERENCIAL-D Nº 000015-2025- PERÚ COMPRAS-GG San Isidro, 11 de agosto del 2025 VISTO: El Informe-D Nº 000097-2025-PERÚ COMPRAS- OAJ, de fecha 5 de agosto de 2025, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas (Perú Compras); y, CONSIDERANDO:Que, conforme el numeral 20.1 del artículo 20 de la Ley Nº 32069, Ley General de Contrataciones Públicas (en adelante la “Ley”), la Central de Compras Públicas (Perú Compras), es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, mediante Decreto Supremo Nº 066-2025-EF, se aprueba la Sección Única Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – Perú Compras (en adelante, el “ROF de Perú Compras”) que consta de tres (3) títulos, treinta y tres (33) artículos y dos (02) anexos, que contienen la estructura orgánica y el organigrama de la Central de Compras Públicas – Perú Compras; Que, de conformidad con el artículo 9 del ROF de Perú Compras, la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa de Perú Compras y está a cargo de una persona designada por la Jefatura, a la que asiste y asesora en las materias de administración interna. Adicionalmente, el literal g) del artículo 10 del ROF de Perú Compras dispone que, la Gerencia General aprueba los documentos normativos y de gestión institucional relacionados con las materias de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 19 del ROF de Perú Compras, la O fi cina de Administración es el órgano de apoyo encargado de la conducción y supervisión de los procesos de los sistemas administrativos de abastecimiento, contabilidad, tesorería y recursos humanos, así como de la ejecución de las inversiones y la supervisión de los procesos técnicos del control patrimonial; Que, mediante la Ley, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF (en adelante, el “Reglamento”), se regulan las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contrataciones de bienes, servicios, consultorías y obras, regulando las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; así como, aquellas actuaciones que no son objeto de delegación; Que, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley establece que, la misma entra en vigor a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente a la publicación del Reglamento; por lo que, habiéndose publicado el 22 de enero de 2025, en el diario ofi cial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 009- 2025-EF, que aprueba el Reglamento, las referidas normas entran en vigencia a partir del 22 de abril de 2025; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004- Ley 2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro, al interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, el artículo 79 del mencionado dispositivo normativo señala que, el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, y podrá ser responsable con éste por culpa en la vigilancia; Que, el literal b) del numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley, establece que la Autoridad de la Gestión Administrativa es responsable de la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, con excepción de aquellas reservadas al Titular de la Entidad; en el mismo sentido, el numeral 25.2 del precitado artículo establece que la Autoridad de la Gestión Administrativa de la entidad contratante puede delegar, mediante resolución, las