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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (13/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de agosto de 2025 El Peruano / del Ministerio de Transportes y Comunicaciones” y “Designar a los expertos integrantes del jurado de procedimiento de selección competitivos, incluyendo a un suplente” ; Que, de conformidad con el marco normativo desarrollado en los considerandos precedentes, se advierte que, en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la O fi cina General de Administración es el órgano competente para proponer lineamientos para la designación de los evaluadores, en cumplimiento a los principios previstos en la Ley Nº 32069; Que, de conformidad con ello, mediante el Informe Nº 0279-2025-MTC/10, la OGA hace suyo el Informe Nº 1165-2025-MTC/10.02 de la O fi cina de Abastecimiento, a través del cual se propone y sustenta el proyecto de “Directiva para la designación de evaluadores de los procedimientos de selección competitivos de los procesos de contratación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus Programas” (en adelante, Proyecto de Directiva), la cual tiene por objeto establecer disposiciones que regulen el proceso de designación de evaluadores en los procedimientos de selección competitivos de los procesos de contratación que realiza el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus Programas, asegurando que dicha designación se efectúe bajo criterios objetivos, transparentes y verifi cables; Que, conforme consta en los documentos de vistos, el Proyecto de Directiva cuenta con la opinión técnica favorable de la O fi cina General de Administración, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y con la opinión legal favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, contándose con las opiniones favorables de la Ofi cina General de Administración, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, así como, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y teniendo en cuenta que el Proyecto de Directiva es de alcance para todas las unidades de organización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y las unidades funcionales de los Programas, corresponde su aprobación mediante Resolución Ministerial con la denominación de Directiva; Que, en consecuencia, resulta viable que este Despacho mediante una Resolución Ministerial, emita el acto resolutivo que aprueba la “Directiva para la designación de evaluadores de los procedimientos de selección competitivos de los procesos de contratación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus Programas” propuesta por la OGA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 28716, Ley de Control Interno en las entidades del Estado; la Directiva Nº 001-2025-MTC/09 “Directiva para la gestión de documentos normativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus programas” aprobada por Resolución Secretarial Nº 114-2025-MTC/04; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2025-MTC/01, denominada “Directiva para la designación de evaluadores de los procedimientos de selección competitivos de los procesos de contratación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y sus Programas”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a las unidades de organización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, así como a las unidades funcionales de los Programas, para su conocimiento, difusión y fi nes correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”.Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR SANDOVAL POZO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2427304-1 Crean Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, encargado de elaborar informe sobre el Contrato de Concesión del Aeropuerto Internacional de Chinchero suscrito con la empresa Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A., la Adenda N° 1 y su resolución unilateral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 539-2025-MTC/01 Lima, 12 de agosto de 2025VISTOS: El Informe Nº 0182-2025-MTC/04.05 y el Memorando Nº 0601-2025-MTC/04.05 de la O fi cina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción; el Informe Nº 0177-2025-MTC/09.05 de la O fi cina de Modernización y el Memorando Nº 1961-2025-MTC/09 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, con fecha 4 de julio de 2014, el Estado de la República del Perú, en calidad de Concedente, actuando a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, el MTC), y la empresa Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A., en calidad de Concesionario, suscriben el Contrato de Concesión para el diseño, fi nanciamiento, construcción, operación y mantenimiento del nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero en Cusco (en adelante, Contrato de Concesión); Que, con fecha 3 de febrero de 2017, el Concedente y el Concesionario suscriben la Adenda Nº 1 del Contrato de Concesión; Que, mediante Informe de Auditoría Nº 265-2017- CG/MPROY-AC de fecha 22 de mayo de 2017, sobre la auditoría de cumplimiento respecto de la “Etapa Pre Operativa de la Concesión del Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero - Cusco”, periodo de julio del 2014 a abril del 2017, la Gerencia del Departamento de Control de Megaproyectos concluye lo siguiente: i) La Adenda Nº 1 del Contrato de Concesión se suscribe dentro de los tres primeros años de fi rmado el Contrato de Concesión sin que el MTC autorice a un Acreedor Permitido, incumpliendo la normativa aplicable que regula las Asociaciones Público Privadas; y, ii) Mediante la Adenda Nº 1 del Contrato de Concesión se modi fi can las condiciones de competencia utilizadas en el proceso de promoción que llevan a la fi rma de dicho contrato, sin mantener el equilibrio económico fi nanciero, y se modi fi ca la asignación de riesgos fi nancieros, inicialmente asignados al Concesionario, sin mantener el equilibrio económico fi nanciero, incumpliendo así la normativa aplicable que regula las Asociaciones Público Privadas; Que, asimismo, en el Informe de Auditoría Nº 265- 2017-CG/MPROY-AC se recomienda, entre otros, poner en conocimiento de la Procuraduría Pública encargada de asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que inicie las acciones legales respecto de los funcionarios y servidores señalados en las observaciones 1 y 2 del citado informe; Que, mediante el O fi cio Nº 142-2017-MTC/01 de fecha 13 de julio de 2017, suscrito por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, se comunica a la empresa Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A. la decisión unilateral e irrevocable de resolver el Contrato de Concesión por razones de interés público, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 15.5.1 de la Cláusula Décimo Quinta;