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51 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de diciembre de 2025 El Peruano / conforme se aprecia en el Anexo Nº 1 del Informe de Especialista Nº 00239-2025-SUNASS-DRT que sustenta la propuesta fi nal de resolución de modi fi cación del nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo”, que serán aplicados por la UESST durante el tiempo restante del periodo regulatorio 2023-2027. Que, asimismo, el párrafo 5.5 del artículo 5 de la Norma de rebalanceo tarifario establece que la fórmula, nivel o estructura tarifaria que se aprueba como resultado del procedimiento de rebalanceo tarifario es aplicable a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la aprobación de la resolución que determina las referidas fórmula, nivel o estructura tarifaria. Que, sobre la base de la propuesta fi nal de resolución de modi fi cación del nivel y estructura tarifaria, y la meta de gestión “Relación de trabajo” y del Informe de Especialista Nº 00239-2025-SUNASS-DRT que la sustenta, corresponde emitir la resolución tarifaria con la que se da por concluido el presente procedimiento de rebalanceo tarifario. De conformidad con la quinta disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo Nº 1620, la quinta disposición complementaria transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280 y el artículo 10 de la “Norma que regula el procedimiento de rebalanceo tarifario aplicable a las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 017-2025-SUNASS-CD, y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 28 de noviembre de 2025; HA RESUELTO:Artículo 1.- Modi fi car el nivel y estructura tarifaria de la Unidad Ejecutora 002 Servicios de Saneamiento de Tumbes que se aplicarán en el tiempo restante del periodo regulatorio 2023-2027, de acuerdo con lo especi fi cado en el anexo único y de conformidad con el Informe de Especialista Nº 00239-2025-SUNASS-DRT, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Modi fi car la meta de gestión “Relación de trabajo” contenida en el Anexo Nº 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 118-2022-SUNASS-CD, que se aplicará a la Unidad Ejecutora 002 Servicios de Saneamiento de Tumbes del cuarto al quinto año regulatorio del periodo regulatorio 2023-2027, como sigue: Metas de Gestión Unidad de MedidaAño 4 Año 5 Relación de trabajo % 89 87 Para efecto del cumplimiento de la meta de gestión antes señalada se deberá observar lo contemplado en el estudio tarifario vigente. Artículo 3.- El nivel y estructura tarifaria modi fi cadas mediante el artículo 1 de la presente resolución, son aplicables a partir del primer ciclo de facturación inmediatamente posterior a la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano . Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución, su anexo único y su exposición de motivos y el Informe de Especialista Nº 00239-2025-SUNASS-DRT en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano . Artículo 5.- Notifi car a la Unidad Ejecutora 002 Servicios de Saneamiento de Tumbes la presente resolución, su anexo único y exposición de motivos, así como el Informe de Especialista Nº 00239-2025-SUNASS- DRT. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ Presidente Ejecutivo 1 Publicado en el diario oficial El Peruano el 21 de diciembre de 2023. 2 Aprobada por el Decreto Legislativo N.º 1280 y publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de diciembre de 2016. 3 Publicado en el diario oficial El Peruano el 16 de noviembre de 2024. 4 Publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de marzo de 2025. 5 Publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de diciembre de 2022. 6 Emitida el 15 de agosto de 2025 y publicada en el diario oficial El Peruano el 20 de agosto de 2025. 7 Recibido por la UESST el 20 de agosto de 2025. ANEXO ÚNICO ESTRUCTURA TARIFARIA D E LA UNIDAD EJECUTORA 002 SER VICIOS DE SANEAMIENTO DE TUMBES APLICABLE AL TIEMPO RESTANTE DEL PERIODO REGULATORIO 2023-2027 PARA LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO I. Estructura tarifaria Para la estructura tarifaria, en atención al principio de equidad, se aplica el criterio de jerarquía de las tarifas cobradas a los usuarios, estableciendo un subsidio cruzado, de modo que los usuarios de las categorías con menor capacidad adquisitiva paguen menos que aquellos de las otras categorías con mayor capacidad de pago. La Unidad Ejecutora 002 Servicios de Saneamiento de Tumbes (en adelante, UESST ) aplicará la estructura tarifaria, de acuerdo con lo siguiente: I.1 Cargo fi jo (S//Mes): 3,5 1 se reajusta por efecto de in fl ación, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras2. I.2 Cargo por volumen de agua potable y saneamiento en el tiempo restante del tercer y cuarto año regulatorio, y asignación máxima de consumo Localidades de Tumbes, Corrales, Zarumilla, Zorritos, Cancas, Aguas Verdes, La Cruz, San Juan de la Virgen, Pampas de Hospital, Puerto Pizarro y San Jacinto Categoría RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Social 0 a más 1,80 0,79 Doméstico0 a 8 1,80 0,79 8 a 18 2,10 0,92 18 a más 3,91 1,72 Comercial y Otros0 a 30 2,03 0,89 30 a más 4,47 1,97 Industrial 0 a más 4,47 1,97 Estatal 0 a más 3,04 1,35 Asignación Máxima de Consumo Volumen asignado (m³/mes) Social DomésticoComercial y otros Estatal Industrial 12 15 30 33 100 Localidades de Papayal y Matapalo Categoría RangoTarifa (S/ /m3) Agua potable Saneamiento Social 0 a más 1,67 0,72 Doméstico0 a 8 1,67 0,72 8 a 18 1,94 0,86 18 a más 3,60 1,58 Comercial y Otros0 a 30 1,88 0,83 30 a más 4,13 1,80 Industrial 0 a más 4,13 1,80 Estatal 0 a más 2,81 1,23