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20 NORMAS LEGALES Jueves 11 de diciembre de 2025 El Peruano / • Escuela Profesional de Contabilidad. • Escuela Profesional de Derecho y Ciencias Políticas. Artículo Segundo.- DISPONER, que la Resolución a emitirse formará parte integrante de la Resolución de Comisión Organizadora N° 143-2022-CO/UNDC de fecha 14.09.2022 y sus modi fi catorias. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Presidencia de la Comisión Organizadora, para que en un plazo de dos (2) días hábiles de haber sido publicada la presente Resolución, pueda ser remitida a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria (DICOPRO) del Ministerio de Educación y a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), para su conocimiento y demás fi nes de Ley. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- DISPONER, a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información la publicación de dicha Resolución y su anexo en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de Cañete (https://web.undc.edu.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional de Cañete. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. MAURO JUAN RAMÍREZ HERRERA Presidente de la Comisión Organizadora KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE Jefe de Secretaría General 2466703-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Moquegua a Brasil, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 840-2025-CU Moquegua, 1 de diciembre de 2025 VISTOS:El Proveído Nº D4937-2025 emitido por el Rectorado; el Ofi cio Nº D0340-2025-UNAM-VRI, el Informe Nº D1560- 2025-DG-IINDEP/VRI/UNAM, el Informe Nº D2383-2025- UNAM-R-OPP, el Informe Nº D2174-2025-UNAM-R-OPP- UP, el Informe Nº D0150-2025-PCAPAEMTC/IINDEP/ VRI/UNAM; el Informe Nº D1454-2025-DG-IINDEP/VRI/UNAM, el Informe Nº D0145-2025-PCAPAEMTC/IINDEP/ VRI/UNAM; el Acuerdo del Pleno del Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Nº 046-2025-SE-CU-UNAM, de fecha 01 de diciembre de 2025, y; CONSIDERANDO:Que, conforme al 4to párrafo del artículo 18, de la Constitución Política del Perú, dispone que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Y el artículo 8º de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y demás normativa aplicable. Concordante con el artículo 1, de la Ley Nº 31520, Ley que establece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, así como la Ley Nº 32141, Ley que modi fi ca la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, a fi n de fortalecer la institucionalidad de las Universidades Públicas licenciadas;Que, el Artículo 58, de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, establece que el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la Universidad. Concordante con el artículo 18 del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua, aprobado bajo Resolución de Asamblea Universitaria Nº 015-2025-AU-UNAM; Que, el numeral 20 del Artículo Nº 20 del Estatuto de la Universidad, señala que el Consejo Universitario tiene la atribución de autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes; Que, el Sr. Rector es el personero y representante legal de la Universidad Nacional de Moquegua, conforme a lo dispuesto por la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, tiene a su cargo la Dirección, Conducción y Gestión del Gobierno Universitario en todos sus ámbitos, concordante con el artículo 24 y numeral 2 del artículo 26 del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua; Que, mediante Informe Nº D0145-2025-PCAPAEMTC/ IINDEP/VRI/UNAM, de fecha 29 de octubre de 2025, el docente Dr. Franz Zirena Vilca, solicita el otorgamiento de viáticos, con la fi nalidad de realizar una pasantía del 06 al 14 de diciembre de 2025 en el Laboratorio de la Empresa Brasileira de Pesquisa Agropecuaria (EMBRAPA), ubicada en Sao Paulo, Brasil. Esto como parte de las actividades programadas como Responsable Técnico del Proyecto de Investigación denominado: “Potenciando la Ciencia Ambiental en Perú: Adquisición de un Espectrómetro de Masas Triple Cuadrupolo (MS/MS) para Investigar la Dinámica de Contaminantes Orgánicos en el Agua de Riego y Cultivos de Exportación” aprobado mediante resolución RDE Nº 062-2023-PROCIENCIA-DE y con CONTRATO Nº PE501086021-2023- PROCIENCIA-BM. En tal sentido, con Informe Nº D1454-2025-DG-IINDEP/ VRI/UNAM, de fecha 31 de octubre de 2025, el Director del IINDEP otorga la viabilidad y señala que el expediente cumple los requisitos requeridos para continuar con el trámite correspondiente para la emisión de los viáticos; Que, mediante Informe Nº D2383-2025-UNAM-R- OPP, el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, traslada la Certi fi cación de Crédito Presupuestal, por el importe total de S/ 5,500.00 soles, remitido por la Unidad de Presupuesto mediante Informe Nº D2174-2025-UNAM-R-OPP-UP; Que, en tal sentido, mediante O fi cio Nº D0340- 2025-UNAM-VRI, recibido digitalmente con fecha 27 de noviembre de 2025, el señor Vicerrector de Investigación SOLICITA AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios y viáticos a favor del Dr. Franz Zirena Vilca, Responsable Técnico del referido proyecto de investigación, por lo que, eleva el expediente para que sea tratado en Sesión de Consejo Universitario y aprobado mediante acto resolutivo; Que, conforme al artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, “NORMAS REGLAMENTARIAS SOBRE AUTORIZACIÓN DE VIAJES AL EXTERIOR DE SERVIDORES Y FUNCIONARIOS PÚBLICOS”, establece que las resoluciones de autorización de viaje, deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, bajo el amparo de los considerandos precedentes, el Pleno del Consejo Universitario de Sesión Extraordinaria Nº 046-2025-SE-CU-UNAM, de fecha 01 de diciembre de 2025, emitió el siguiente Acuerdo: AUTORIZAR, el viaje en Comisión de Servicios al exterior del país al docente Dr. Franz Zirena Vilca con el fi n de participar en la Pasantía en el Laboratorio de la Empresa Brasileira de Pesquisa Agropecuaria (EMBRAPA), ubicada en Sao Paulo, Brasil, a realizarse del 06 al 14 de diciembre de 2025; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Art. 18, de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, y el Estatuto de la Universidad y a lo acordado por el pleno del Consejo Universitario; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios al exterior del país al docente DR. FRANZ