TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Sábado 20 de diciembre de 2025 El Peruano / de ruta para la reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero y Contaminantes Locales en el transporte urbano a nivel nacional”, aprobada por Resolución Ministerial N° 571-2025-MTC/01.02 (en adelante Hoja de Ruta). Artículo 3.- Conformación de la Comisión 3.1 La Comisión está conformada de la siguiente manera: a) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Transportes, quien lo preside. b) Un/a representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales. c) Un/a representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal. d) Un/a representante de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. e) Un/a representante de la O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto. f) Un/a representante del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible - PROMOVILIDAD. g) Un/a representante de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU. 3.2 Cada representante titular de la Comisión cuenta con un/a representante alterno/a, quien asistirá a las reuniones en caso de ausencia del/de la representante titular. 3.3 Las personas que conforman la Comisión ejercen sus cargos ad honorem. Artículo 4.- Funcionesa) Aprobar el Plan de Trabajo. b) Aprobar un Reglamento Interno que contenga como mínimo el régimen de periodicidad, quórum, reglas de votación y reglas de aprobación de acuerdos, entre otros. c) Dar seguimiento al cumplimiento a las actividades previstas en la Hoja de Ruta. d) Supervisar el cumplimiento de las actividades señaladas en la Hoja de Ruta, a fi n de identi fi car avances y difi cultades en su ejecución; y, de ser necesario, promover su articulación intrasectorial. e) Gestionar y articular oportunidades de cooperación técnica o fi nanciamiento que contribuyan al cumplimiento de las actividades previstas en la Hoja de Ruta. f) Presentar a la Presidencia, a través de la Secretaría Técnica, informes semestrales con los resultados de las funciones ejecutadas por la Comisión, incluyendo recomendaciones para coadyuvar al cumplimiento de su objeto. g) Proponer actividades complementarias a las establecidas en la Hoja de Ruta y/o su actualización anual, cuando corresponda, garantizando su pertinencia, vigencia y coherencia con nuevas prioridades del sector, avances tecnológicos y condiciones del contexto nacional. Artículo 5.- Designación de representantes Los/as representantes titulares y alternos/as, se designan mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 6.- Secretaría Técnica 6.1 La Secretaría Técnica de la Comisión está a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales, dependiente del Despacho Viceministerial de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. 6.2 La Secretaría Técnica brinda apoyo técnico y administrativo a la Comisión, coadyuvando al cumplimiento de sus funciones, determina la frecuencia de las sesiones de coordinación con sus integrantes, lleva el registro de los acuerdos y custodia sus actas u otra documentación relevante para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 7.- Instalación La Comisión se instala en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente del vencimiento del plazo para la designación de sus representantes. Artículo 8.- Información, colaboración, asesoramiento y apoyo Para el cumplimiento de su objeto, la Comisión, a través de la Secretaría Técnica, puede realizar trabajos de campo y convocar a representantes de otras entidades públicas o privadas, organizaciones de la sociedad civil o profesionales especializados en la materia, nacionales o internacionales, a efectos que contribuyan con el cumplimiento de sus funciones, a través de información, colaboración, cooperación, asesoramiento, apoyo u opinión técnica o legal. Artículo 9.- Plan de Trabajo La Comisión, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, aprueba su Plan de Trabajo. Artículo 10.- Reglamento Interno La Comisión, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación, aprueba su Reglamento Interno. Artículo 11.- Vigencia El plazo de vigencia de la Comisión inicia a partir de su instalación hasta el 31 de diciembre de 2030. Artículo 12.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones de la Comisión se fi nancia con cargo al presupuesto institucional autorizado a los órganos y entidades que la conforman, sin irrogar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 13.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALDO M. PRIETO BARRERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 2470565-1 Aprueban ejecución de expropiación de área afectada de inmueble para la ejecución de la obra: “ Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana)”, y el valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 925-2025-MTC/01.02 Lima, 18 de diciembre de 2025 VISTOS: Los Memorandos Nos. 6021 y 6802- 2025-MTC/19 de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, los Memorandos Nos. 8954 y 10210-2025-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Autopista del Sol (Trujillo - Chiclayo - Piura - Sullana)”, y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución;