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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (25/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 25 de diciembre de 2025 El Peruano / que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC); Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), como el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el numeral 6.1.4 de la Directiva precisa que la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasi fi cación, sigla, denominación, funciones y requisitos (Anexo Nº 5); debiendo recurrir, en adición a los documentos citados en el numeral 6.1.3 de la Directiva, a la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, y al MOF vigente de la entidad, de corresponder; Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva dispone que la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia, esto es, lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones vigente. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el citado documento y gestiona la publicación de la resolución en el diario o fi cial ºEl Peruano”, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad, dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, el literal j) del articulo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, en ese sentido, el Área Funcional de Recursos Humanos, mediante Memorándum Nº 1542-2025-IMARPE/AFRH de fecha 15 de diciembre de 2025, adjunta el Informe Técnico y eleva la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del IMARPE, documento de gestión que contribuye a la racionalización de la estructura de cargos , al establecer denominaciones estandarizadas, funciones claramente delimitadas y requisitos coherentes con el nivel de responsabilidad de cada cargo, lo que permite reducir la dispersión funcional, evitar duplicidades y mejorar la asignación del talento humano en la Entidad; Que, el Área Funcional de Recursos Humanos indica además que la propuesta, se encuentra alineada con el enfoque de gestión por procesos, en la medida que los cargos han sido de fi nidos considerando la cadena de valor institucional y los procesos estratégicos, misionales y de apoyo del IMARPE, conforme a las funciones establecidas en el ROF respectivo, lo que facilita la articulación entre los órganos y unidades orgánicas, y fortalece la orientación a resultados; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Memorándum Nº 638-2025-IMARPE/OGPP de fecha 18 de diciembre de 2025, emite opinión respecto a la propuesta de MCC, indicando que de acuerdo a la información analizada y, conforme a lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH que, en su numeral 5.2.4, establece que la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto “ Emite opinión sobre las propuestas de MCC (…) en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF “; opinando favorablemente sobre la propuesta, la cual se encuentra alineada con los cargos de los órganos y las unidades orgánicas del ROF aprobado mediante D.S. Nº 015-2025-PRODUCE; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 370-2025-IMARPE/OGAJ, de fecha 22 de diciembre de 2025, mani fi esta que resulta jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Gerencia General que apruebe el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del IMARPE; Que, de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1677, Decreto Legislativo para el Fortalecimiento y Modernización de la Gestión y Organización del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del IMARPE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 345-2012-PRODUCE, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE que aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; Con el visado de las O fi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) del IMARPE, documento que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2 .- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar del Instituto del Mar del Perú (www.gob.pe/ imarpe) y en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER SALCEDO BUSTAMANTE Gerente General (e) 2471752-1 RELACIONES EXTERIORES Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al Tratado de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República del Perú y la República de Costa Rica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 222-2025-RE Lima, 24 de diciembre de 2025CONSIDERANDO: Que, el Tratado de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República del Perú y la República de Costa Rica fue suscrito el 13 de mayo de 2024 en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, el Tratado tiene por objeto establecer un mecanismo bilateral de asistencia judicial en materia penal entre la República del Perú y la República de Costa Rica; Que, la aprobación del Tratado es conveniente para los intereses del Perú; Que, ello es conforme con lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del artículo 56 de la Constitución Política del Perú; y, con el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647, que establece normas que regulan actos relativos al perfeccionamiento nacional de los Tratados celebrados por el Estado peruano; SE RESUELVE: Artículo 1.- Remite Documentación Se remite al Congreso de la República la documentación relativa al Tratado de Asistencia Judicial en Materia Penal entre la República del Perú y la República de Costa Rica, suscrito el 13 de mayo de 2024 en la ciudad de Lima, República del Perú.