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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (25/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 25 de diciembre de 2025 El Peruano / Humanos que forman parte de la Comisión de Gracias Presidenciales, de acuerdo al siguiente detalle: - Magno Abraham García Chávarri. - Ivar Jesús Calixto Peña fi el. - José Fernando Reyes Llanos. - Martín Antonio Salgado Arroyo. Artículo 2.- Dejar sin efecto toda aquella disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Comisión de Gracias Presidenciales, así como a los interesados, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER E. MARTÍNEZ LAURA Ministro Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2471901-1 Delegan facultades en diversos funcionarios del Ministerio durante el ejercicio 2026 RESOLUCION MINISTERIAL N° 0475-2025-JUS Lima, 24 de diciembre de 2025CONSIDERANDO: Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el artículo 10 de la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señala que el Ministro de Justicia y Derechos Humanos es la más alta autoridad política y ejecutiva del Ministerio, estableciendo que puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, tiene por fi nalidad defi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, así como establecer su estructura orgánica hasta el tercer nivel; Que, atendiendo a la estructura orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y con el propósito de dotar de mayor celeridad y e fi ciencia a la gestión administrativa de la entidad, resulta necesario delegar determinadas facultades de gestión administrativa interna e institucional a los funcionarios de dirección y jefatura del Ministerio, detallados en la parte resolutiva de la presente Resolución, en materia administrativa, de obras por impuestos, de contrataciones públicas, contable, presupuestal y de inversión pública, de tesorería, de fi deicomiso y de recursos humanos, facultades que corresponden al (a la) Ministro (a) de Justicia y Derechos Humanos, en su calidad de titular de la Entidad; Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia; del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; de la Secretaría General; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la O fi cina General de Administración; de la O fi cina General de Recursos Humanos; de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en señal de conformidad; De conformidad a lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegar en el (la) Viceministro (a) de Justicia y en el (la) Viceministro (a) de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, en el ámbito de sus competencias, la siguiente facultad: 1.1 EN MATERIA ADMINISTRATIVAa) Suscribir, en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el marco de sus respectivas competencias y funciones, acuerdos, convenios, de cooperación y/o colaboración interinstitucional, encargos de gestión, memorandos o cartas de entendimiento u otros instrumentos de naturaleza análoga, incluidas sus adendas y/o modi fi caciones, siempre que no sean privativas a la función de Ministro (a) de Justicia y Derechos Humanos y de conformidad con la legislación nacional pertinente. La presente delegación comprende también realizar las acciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. Artículo 2.- Delegar en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las siguientes facultades: 2.1 EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Aprobar documentos normativos que regulen los actos de administración interna, aprobación de documentos e instrumentos de gestión y trámites internos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos, en el marco de sus competencias. b) Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, conforme a lo establecido en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal; así como las modi fi catorias que se requieran. c) Resolver los recursos administrativos interpuestos ante órganos dependientes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en aquellos procedimientos en los que este constituya la última instancia administrativa, en el ámbito de su competencia. d) En el marco de Decreto Ley N° 25650, que crea el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, efectuar la selección de profesionales con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público que se requiera para el Despacho Ministerial, Despachos Viceministeriales y Secretaría General, previa solicitud e informe sustentatorio de las dependencias solicitantes; suscribir las solicitudes para el registro de contratos; suscribir el contrato de locación de servicios; suscribir los Términos de Referencia del Servicio; suscribir la solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos; suscribir la Adenda; suscribir la solicitud para el pago de honorarios; comunicar a la Unidad Transitoria de Pago cuando el locador deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo; comunicar a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al locador de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada; así como, suscribir otros documentos relacionados con el FAG en el marco del Decreto Ley N° 25650. e) En el marco de la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, remitir la solicitud de pago de honorarios, el Formato F - Conformidad de servicio mensual y el recibo por honorarios electrónico a la Unidad Transitoria de Pago del Fondo de Apoyo Gerencial del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas; así como, informar a la Unidad Transitoria de Pago (UTP) si el Personal Altamente Cali fi cado (PAC) deja de prestar servicios en el Sector, bajo cualquier causa y/o motivo, antes del vencimiento de su contrato. f) Suscribir, en representación del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y en el marco de sus respectivas