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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (25/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Jueves 25 de diciembre de 2025 El Peruano / y Gobiernos Locales; y ii) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 051-2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y por medio de la Resolución de Presidencia N° 058-2021-CONCYTEC-P, de fecha 9 de junio de 2021, se aprueba el Manual de Operaciones - MOP del Programa PROCIENCIA, el mismo que establece su estructura; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 076-2024-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva N° 001-2024-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de transferencias fi nancieras y otorgamiento de subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - CONCYTEC”, en adelante, la Directiva; Que, los numerales 6.1.1 y 6.1.2 de la Directiva establecen que la Unidad de Gestión de Concursos, en coordinación con la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA son responsables, cada una en el ámbito de su competencia, de la información que se consigne en el Informe Técnico Legal (ITL), así como veri fi car que los convenios, contratos y adendas a mérito de los cuales se van a realizar las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, se encuentren debidamente suscritos. Asimismo, elaboran y suscriben el ITL, en el que se sustenta la necesidad de aprobación de las transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, utilizando para ello el Formato del Anexo N° 01 e incluyen la copia de los Certi fi cados de Crédito Presupuestario; Que, el numeral 6.2.2 de la Directiva señala que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto evalúa la solicitud en materia presupuestal y procede a emitir opinión técnica y de ser favorable, remite el expediente a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Que, conforme al numeral 6.2.3 de la Directiva, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica con la opinión favorable de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, procede a elaborar el proyecto de resolución de aprobación de transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas u otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país, y previa opinión legal favorable de la veri fi cación del cumplimiento del procedimiento establecido, remite el expediente a la Secretaría General para el trámite de aprobación ante la Presidencia del CONCYTEC; Que, mediante el O fi cio N° D000570-2025- PROCIENCIA-DE, el Informe Técnico - Legal N° 017-2025-PROCIENCIA-UGC-UPP-UAL y Proveído N° 017-2025-PROCIENCIA-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa PROCIENCIA solicita se aprueben las subvenciones a personas jurídicas privadas, que ascienden a un importe total de S/ 1’ 334,294.00 (Un Millón Trescientos Treinta y Cuatro Mil Doscientos Noventa y Cuatro con 00/100 Soles), que permitirá cofi nanciar los proyectos ganadores del Esquema Financiero E041-2025-02 denominado “Proyectos de Investigación Aplicada”, del Concurso E041-2025- 01-BM denominado “Emprendimiento Académico”, Fase 1 - Segunda Convocatoria, y de la Convocatoria del Esquema Financiero E067-2025-01 denominado “Proyectos Especiales: Proyectos de Incorporación de Investigadores Postdoctorales en Instituciones Peruanas”, por lo que remite el Informe Técnico - Legal N° 017-2025-PROCIENCIA-UGC-UPP-UAL, mediante el cual los responsables de la Unidad de Gestión de Concursos, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas para el desarrollo de los proyectos señalados; adjuntando, además, los Certi fi cados de Crédito Presupuestario (CCP) N° 10670, 10687, 10688, 10690 y 10692; las Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 060-2025-PROCIENCIA-DE, 070-2025-PROCIENCIA-DE y 087-2025-PROCIENCIA-DE de fechas 30 de julio, 17 de septiembre y 25 de noviembre de 2025, respectivamente; y las Actas de las Sesiones Ordinarias de fechas 24 de julio y 10 de septiembre de 2025 y Sesión Extraordinaria de fecha 20 de noviembre de 2025, del Consejo Directivo del Programa PROCIENCIA; Que, en el citado Informe Técnico - Legal se concluye que la Unidad de Gestión de Concursos, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Investigación Cientí fi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, cada una en el ámbito de su competencia, emite opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo veri fi cado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos en la Directiva, en las Bases de los concursos aprobados, en el convenio y/o contrato suscrito, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos a fi nes, emitidos y suscritos por el Programa PROCIENCIA, así como la normativa vigente sobre la materia, para efectuar los desembolsos solicitados en los mencionados documentos; Que, asimismo, mediante Informe N° D000041-2025- CONCYTEC-OGPP-OPP y Memorando N° D001327-2025-CONCYTEC-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación del otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas señaladas en el ITL N° 017-2025-PROCIENCIA-UGC-UPP-UAL; toda vez que el mismo cuenta con el fi nanciamiento correspondiente y dicho ITL ha sido elaborado de acuerdo a la Directiva antes señalada, por lo que se cumple con el informe favorable requerido por la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; asimismo, precisa que la aprobación del otorgamiento de dichas subvenciones no vulnera lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 008-2025; Que, mediante el citado ITL los responsables de la Unidad de Gestión de Concursos, la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la Unidad de Asesoría Legal del Programa PROCIENCIA, rati fi can el cumplimiento de todos los aspectos técnicos, presupuestales y legales exigidos para efectuar el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, a efectos de co fi nanciar los proyectos citados en el Informe Técnico - Legal, así como de las disposiciones contenidas en las bases de los mencionados esquemas fi nancieros, el contrato o convenio (incluida su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, mediante el Informe N° D000116-2025-CONCYTEC-OGAJ-MMZ y Memorando N° D000629-2025-CONCYTEC-OGAJ, señala que resulta procedente emitir la resolución de Presidencia que apruebe el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, conforme a lo solicitado en el ITL alcanzado al haberse cumplido con el procedimiento dispuesto en la Duodécima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y lo establecido en la Directiva N° 001-2024-CONCYTEC-P denominada “Directiva que regula el proceso de aprobación de transferencias fi nancieras y otorgamiento de subvenciones en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - CONCYTEC”; Con la visación del Secretario General, del Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, y del Director Ejecutivo del Programa PROCIENCIA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM que