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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (31/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 211

211 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / para que en vía de regularización se disponga su cese por fallecimiento. CONSIDERANDO:Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín remite el acta de defunción del mencionado magistrado, en la que se constata el fallecimiento del señor Walter Francisco Ángeles Bachet, acaecido el 30 de noviembre de 2025. Segundo. Que, el cargo de juez termina, entre otras causales, por muerte, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 1), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, en tal sentido, y habiéndose determinado que el citado juez falleció el 30 de noviembre de 2025, corresponde formalizar su cese de conformidad con la norma citada precedentemente. En consecuencia, la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, en vía de regularización, el cese por fallecimiento del señor Walter Francisco Ángeles Bachet, juez superior titular de la Corte Superior de Justicia de San Martín, a partir del 30 de noviembre de 2025. Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento póstumo al citado juez por los servicios prestados a la Nación; así como las condolencias a nombre del Poder Judicial, a su digna familia. Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de juez superior en el Distrito Judicial de San Martín, para las acciones respectivas. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de San Martín; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2472947-1 Aprueban Directiva N° 012-2025-CE- PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial” - Versión 004 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000463-2025-CE-PJ Lima, 23 de diciembre del 2025 VISTO:El O fi cio N° 001361-2025-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N° 000245-2025-SM-GMPP-GG-PJ y Memorando N° 000281-2025-SM-GMPP-GG-PJ emitidos por la Subgerencia de Modernización, vinculados a la necesidad de actualizar la Directiva N° 004-2023-CE- PJ, denominada: “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial” – Versión 003, los Memorandos Nros. 1347 y 1347-2025-GMPP- GG-PJ de la gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, con los cuales hace suyos los documentos antes mencionados; y el Informe N° 001338-2025-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Primero.- Que, el artículo 1 de la Ley N° 27658, Ley Marco 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declaró al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Segundo.- Que, el Decreto Supremo N° 054-2018- PCM aprueba los lineamientos de organización del Estado, regula los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades, buscando que estas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía. Tercero.- Que, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, prescribe en los literales b) y g) del articulo 7.1 lo siguiente: b) La calidad en las regulaciones Tiene como propósito que la regulación sea un instrumento para alcanzar un objetivo de política pública, adoptando la decisión de regular basada en evidencia, racionalidad, evaluación de sus posibles impactos y cargas administrativas, con la fi nalidad de generar y facilitar el desarrollo integral y bienestar social. Las entidades públicas utilizan el análisis de calidad regulatoria, el análisis de impacto regulatorio y otros instrumentos que se adopten en el marco del proceso de calidad regulatoria con la fi nalidad de evaluar y medir impactos, así como de reducir las cargas administrativas y costos que se generen de los procedimientos administrativos, propuestas regulatorias o disposiciones normativas vigentes. Asimismo, la evaluación de las regulaciones incluye la revisión de las directivas de gestión interna y la eliminación de procedimientos de gestión administrativa que hagan menos e fi ciente a la entidad (…) g) La gestión de procesos Tiene como propósito organizar, dirigir y controlar las actividades de trabajo de una entidad pública de manera transversal a las diferentes unidades de organización, para contribuir con el logro de los objetivos institucionales. Comprende acciones conducentes a la determinación de los procesos de la entidad, así como a su medición y análisis con el propósito de implementar mejoras en su desempeño, priorizando los procesos que contribuyan al logro de los objetivos de la entidad pública o que puedan afectar dicho logro, representen mayor demanda, concentren la mayor cantidad de reclamos o quejas, entre otros similares. Las entidades públicas disponen de herramientas de gestión de la calidad y toman acciones con el fi n de incrementar su e fi cacia y e fi ciencia Cuarto.- Que, en dicho marco, a través de la Resolución Administrativa N° 000247-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva N° 004-2023-CE-PJ, denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial” – Versión 003, la misma que tiene como objetivo establecer disposiciones para la elaboración, revisión, aprobación y difusión estandarizada de los documentos normativos en el Poder Judicial; y en su numeral 6.7, relacionado a la actualización de estos señala: Para determinar si es necesaria su actualización, los documentos normativos vigentes deben ser evaluados al menos una vez al año por la unidad de organización o funcional, respecto de: a) Su contenido para que re fl ejen las funciones, documentos de gestión y procesos vigentes; así como, se encuentren adecuados a la estructura establecida en la presente Directiva. b) Su nivel de logro de resultados esperados, para asegurar la mejora de los servicios del Poder Judicial. Quinto.- Que, en aplicación de las disposiciones antes señaladas, a través del Informe N° 245-2025-SM- GMPP-GG-PJ y Memorando N° 281-2025-SM-GMPP- GG-PJ la subgerencia de Modernización, expone la