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222 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / con dicha obligación, por lo que es factible autorizar la transferencia solicitada por la suma de S/ 58,528.00 (Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Veintiocho y 00/100 soles). (…). 3.1 Por lo antes expuesto es factible otorgar la conformidad a la transferencia de recursos en el presente año, según el siguiente detalle: Operación Concepto Transferencia por año 2025 (S/) Transferencia Financiera50% Retribución Económica (Incluye IGV)58,528.00 TOTAL 58,528.00 (…) 3.3 Disponer que la O fi cina General de Asesoría Jurídica elabore el respectivo proyecto de Resolución de transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General.”; Que, con el Informe N° 0754-2025-DP/OGAJ, de fecha de suscripción 11 de diciembre de 2025, en atención al proveído de la Secretaría General recaído en la Hoja de Elevación Nº 0021-2025-DP/OGPP, emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que: “(…) resulta procedente que el Titular de la Entidad emita el acto resolutivo que apruebe la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, con cargo al presente año fi scal, por la suma de S/ 58,528.00 Soles, equivalente al 50% de la retribución económica (incluye IGV) correspondiente al periodo 2025 y 2026, destinada a efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental, a cargo de una Sociedad de Auditoría.”; Con los visados de la Secretaría General, de la O fi cina General de Administración y Finanzas, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones y facultades conferidas por el artículo 5° y el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modi fi catorias, y de conformidad con lo previsto en los literales d) y r) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 006-2025/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2025 del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo, por la suma de S/ 58,528.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, equivalente al 50% de la retribución económica (incluye IGV), correspondiente al periodo 2025, destinada a efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental a cargo de una Sociedad de Auditoría, con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2025, del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-gen érica de Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Especí fi ca del Gasto 2.4.13.11 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo Segundo.- Los recursos autorizados en la presente Resolución no pueden ser destinados, a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR Defensor del Pueblo 2472906-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, para financiar la contratación de sociedad de auditoría externa correspondiente al Año Fiscal 2025 UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN Nº 158-2025- UNIQ-CO-P Quillabamba, 17 de diciembre de 2025VISTOS: El O fi cio Nº 001106-2025-CG/GAD de fecha 03 de diciembre, el O fi cio Nº 001105-2025-CG/GAD de fecha 03 de diciembre de 2025, el O fi cio Nº 001108-2025- CG/GAD de fecha, el Informe Nº 2034-2025/UNIQ-CO- OPP-UP del Jefe de la Unidad de Presupuesto de fecha 03 de diciembre de 2025, el Memorando Nº 871-2025/ UNIQ-CO-DGA del la Directora de Administración de fecha 05 de diciembre de 2025, el Informe Nº 2111-2025/ UNIQ-CO-OPP-UP del Jefe de la Unidad de Presupuesto de fecha 10 de diciembre de 2025, el Informe Nº 330-2025/ UNIQ-CO-DGA de la Directora General de Administración de fecha 15 de diciembre de 2025, el Proveído Nº 3521 de la Presidencia de Comisión Organizadora, de fecha 15 de diciembre de 2025; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220 y sus modi fi catorias, precisa que el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable; Que, el literal f) y el último párrafo del numeral 6.1.5 del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU y sus modi fi catorias, establece que son funciones del presidente, el dirigir la actividad académica y de investigación de la universidad y la gestión administrativa, económica y fi nanciera, asimismo el presidente de la Comisión Organizadora ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, el artículo 20º de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del Titular del Pliego y el acuerdo de Consejo Regional se publican el Diario O fi cial El