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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (01/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 1 de febrero de 2025 El Peruano / Supervisión del Desarrollo Agrario presenta la propuesta de “Lineamientos del servicio 4.3.5. Capacitación y asistencia técnica en: gestión empresarial, productividad con innovación tecnológica, y para la internacionalización de las empresas, dirigidas a las mujeres”; sustentado en el Informe N° 0219-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGGT-DPMPA de la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria de la Dirección General de Gestión Territorial. El citado Informe, señala que los Lineamientos establecen el modelo operacional del servicio de la PNIG, defi niéndolo e identi fi cando a sus actores, actividades operativas y estándares de cumplimiento, entre otros, en cumplimiento a lo previsto en los “Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género - PNIG”; Que, mediante Memorando N° 0028-2025-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0004-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OM, mediante el cual la O fi cina de Modernización emite opinión favorable a la propuesta de Lineamientos; Que, los sub numerales 6.10.2 y 6.10.3 del numeral 6.10 de la Directiva General, DI N° 001-2022-MIDAGRI/OGPP-OM “Directiva de documentos normativos del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, versión 01, aprobada mediante Resolución de Secretaría General N° 0187-2022-MIDAGRI, establece que los Lineamientos, cuyo ámbito de aplicación es sectorial, se aprueban mediante Resolución Ministerial; Con las visaciones de la Viceministra del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Secretario General, del Director General de Gestión Territorial, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, que aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género (PNIG); la Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP, que aprueba los Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Se aprueban los Lineamientos de Alcance Sectorial, LI N° 0008-2025-MIDAGRI/DGGT-DPMPA “Lineamientos del Servicio 4.3.5 Capacitación y asistencia técnica en: gestión empresarial, productividad con innovación tecnológica, y para la internacionalización de empresas, dirigidas a las mujeres”, Versión 01, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Seguimiento y monitoreo Se dispone que la Dirección de Promoción de la Mujer Productora Agraria realice el seguimiento y monitoreo de los avances e implementación de los Lineamientos aprobados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Noti fi cación Se dispone la remisión de la copia de la presente Resolución Ministerial y del Anexo que aprueba, a las unidades de organización del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, los Programas, Proyectos Especiales, Unidades Ejecutoras y Organismos Públicos Adscritos, así como, a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y las diferentes dependencias integrantes del Sector Agrario y de Riego. Artículo 4. Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y los Lineamientos en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2367368-1 Actualizan el Mapa Nacional de Superficie Agrícola del Perú detallado por departamento, provincia y distrito RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0026-2025- MIDAGRI Lima, 31 de enero de 2025VISTOS:El Memorándum N° 0048-2025-MIDAGRI- DVPSDA del Despacho Viceministerial de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario; el Memorando N° 0945-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGESEP de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas; el Informe N° 0198-2024-MIDAGRI-DVPSDA/DGESEP-DEIA-EDRQ de la Dirección de Estadística e Información Agraria; y, el Informe N° 0064-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERADOS:Que, de acuerdo a la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, teniendo, entre otros objetivos, alcanzar un Estado que se encuentre al servicio de la ciudadanía, que cuente con canales efectivos de participación ciudadana, y que sea transparente en su gestión; Que, el literal a) del numeral 1 del artículo 6 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece como función general rectora de este Ministerio, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales bajo su competencia, aplicables a todos los niveles de gobierno; asimismo, el literal g) del numeral 2 del artículo 7, señala como función especí fi ca compartida de este Ministerio, establecer e implementar los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo y sostenible de la actividad agraria; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1082, se creó el Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA, conformado por los órganos del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, los organismos adscritos al Sector Agrario, ahora Sector Agrario y de Riego, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y sus diferentes dependencias en la materia que por la naturaleza de sus funciones produzcan información estadística agraria; señalando la misma norma que el citado Sistema forma parte del Sistema Estadístico Nacional - SEN, cuyo órgano rector es el Instituto Nacional de Estadística e Informática; Que, el artículo 2 del referido Decreto Legislativo, establece que el Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dirige, consolida y coordina, a nivel nacional, con las diferentes entidades conformantes del SIEA, la recopilación y acopio de la información estadística agraria que estas produzcan; asimismo, su Segunda Disposición Complementaria Final dispone que este Ministerio emite y/o actualiza sus Lineamientos Metodológicos para la Recopilación de la Información Agraria y demás documentos técnicos que resulten pertinentes para la implementación del SIEA;