TEXTO PAGINA: 14
14 NORMAS LEGALES Domingo 2 de febrero de 2025 El Peruano / Proyecto de Modi fi cación del Reglamento de Acceso y documentos adjuntos de la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A. sean publicados y difundidos en la página institucional del OSITRAN y de la dicha Entidad Prestadora. Tercero.- El plazo para que los Usuarios Intermedios puedan remitir a OSITRAN sus comentarios y observaciones respecto del Proyecto de Modi fi cación del Reglamento presentado por la empresa concesionaria Terminal Internacional de Sur S.A., es de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Cuarto.- Notifi car la presente Resolución a la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO JARAMILLO TARAZONA Gerente de Supervisión y Fiscalización Gerencia de Supervisión y Fiscalización 2367427-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATÉGICO Establecen plazo máximo para que los pliegos presupuestarios de nivel nacional, aprueben y publiquen sus planes estratégicos institucionales - PEI con horizonte temporal al 2030 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 011-2025/ CEPLAN/PCD Lima, 31 de enero de 2025 VISTO: El Proveído N° 000298-2025-CEPLAN-DE de la Dirección Ejecutiva; los Informes N° 088-2025-CEPLAN-DNCP y N° 002-2025-CEPLAN-DNCP-SPP, de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico; y el Informe N° 022-2025-CEPLAN-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 135-2024/CEPLAN/PCD, se modi fi có el inciso d) de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico”, estableciendo como plazo máximo para que los pliegos presupuestarios de nivel nacional culminen la elaboración de sus PEI con horizonte temporal al 2030, el día 31 de enero de 2025; Que, mediante Informes del Visto, se sustenta la necesidad de establecer el día 31 de marzo de 2025, como plazo máximo para que los pliegos presupuestarios de nivel nacional aprueben y publiquen sus PEI con horizonte temporal al 2030; Con el visado del Director Ejecutivo, de la Directora Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico (e) y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN;De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Establecer como plazo máximo para que los pliegos presupuestarios de nivel nacional aprueben y publiquen sus planes estratégicos institucionales - PEI con horizonte temporal al 2030, el día 31 de marzo de 2025. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Administración realice las gestiones para la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico www.gob.pe/ceplan . Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOFIANNI DIGLIO PEIRANO TORRIANI Presidente del Consejo Directivo 2367301-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Dejan sin efecto la Resolución de Consejo Directivo N° 023-2016-OTASS/CD, que aprueba la Directiva N° 004-2016-OTASS/CD “Lineamientos para la elaboración, aprobación y modificación del Cuadro de Puestos de las EPS Municipales – CPEPS Municipales” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 000002-2025-OTASS-CD Lima, 31 de enero de 2025VISTO: El Informe Técnico N° 000002-2025-OTASS-OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal N° 000014-2025-OTASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, ha sido derogada (excepto el artículo 3), por el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento y sus modi fi catorias; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 023-2016-OTASS/CD se aprueba, la Directiva N° 004-2016-OTASS/CD “Lineamientos para la elaboración, aprobación y modi fi cación del Cuadro de Puestos de las EPS Municipales – CPEPS Municipales”, en adelante la Directiva, sustentada en el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento de la derogada Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-2016-VIVIENDA, que dispone entre otros, que la gestión de los recursos humanos de las EPS municipales se efectúa en base al enfoque de competencias laborales, estableciendo que el OTASS emite los lineamientos para su aplicación en las EPS, en observancia del marco legal aplicable;