TEXTO PAGINA: 19
19 NORMAS LEGALES Domingo 2 de febrero de 2025 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Imponen la medida disciplinaria de destitución a especialista judicial del Juzgado Unipersonal Transitorio de Talara, Distrito Judicial de Sullana INVESTIGACIÓN DEFINITIVA N° 350-2021- SULLANA Lima, trece de noviembre de dos mil veinticuatro.-VISTA:La propuesta de destitución presentada por la jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial contenida en la Resolución Nº 19, del 19 de enero de 2024, en contra del servidor judicial Jairo Edson Castro Lazo, en su actuación como especialista judicial del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Talara, Corte Superior de Justicia de Sullana, por el cargo atribuido en su contra; y, asimismo, el recurso de apelación interpuesto por el servidor judicial contra la mencionada resolución en el extremo que dictó medida cautelar de suspensión preventiva en su contra. Oído el informe oral mediante la plataforma Google Meet en sesión de la fecha. CONSIDERANDO:AntecedentesPrimero. Que, mediante o fi cio s/n del 8 de setiembre de 2021 1 la jueza del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Talara remitió al jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Sullana el Informe Nº 00022-2021-SUB-ADM-CSJSU-PJ del Sub administrador del Nuevo Código Procesal Penal de la citada Corte Superior, Sebastián Elera Sánchez, y puso en conocimiento que el mismo día al concurrir a la o fi cina de administración para solicitar información del Expediente Nº 113-2014-Máncora, el citado sub administrador le informó que el 7 de setiembre de 2021 concurrió a su o fi cina el abogado Jonathan Flores Ñique, quien le enseñó capturas de pantallas remitidas por su defendida que es parte en un proceso de omisión a la asistencia familiar, tramitado en el Juzgado Penal Transitorio, de las cuales se aprecia que el secretario de causa Jairo Edson Castro Lazo le requiere dinero para hacer unos documentos en su expediente, y encontrarse en Talara para ir a un hotel. En atención a lo antes expuesto, mediante Resolución Nº 01, del 9 de setiembre de 2021 2, la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Sullana resolvió abrir investigación preliminar, y, tras recabarse las diligencias, el magistrado cali fi cador mediante Resolución Nº 11, del 24 de marzo de 2022 3, resolvió abrir procedimiento administrativo disciplinario contra el servidor judicial Jairo Edson Castro Lazo, en su actuación como especialista judicial del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Talara, por el siguiente cargo: Habría tenido conversaciones extraprocesales con Rosa Mayra Chunga Espinoza, quien es parte en el Proceso Penal Nº 00762-2020-0-3102-JR-PE-02 seguido contra Edwin Darwin Mimbela Fiestas por el delito de omisión a la asistencia familiar, al actuar como representante de sus menores hijos E.D.M.CH. y M.A.M.CH., a través de mensajes de WhatsApp, advirtiéndose de estos que no solo conversaba sobre el proceso penal, sino que además le solicitó la suma de cincuenta soles para agilizar su trámite y le habría invitado ir a un hotel. Conducta con la cual habría incurrido en la presunta comisión de falta muy grave regulada en el artículo 10, inciso 8), del Reglamento Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N.° 227-2009-CE-PJ, que señala “Establecer relaciones extraprocesales con las partes o terceros, que afecten el normal desarrollo de los procesos judiciales”. Culminada la instrucción del procedimiento disciplinario, el magistrado contralor expidió el informe del 15 de julio de 2022 4 a través del cual propuso se imponga al servidor judicial investigado Jairo Edson Castro Lazo la medida disciplinaria de suspensión de seis meses por la comisión de falta muy grave. Asimismo, mediante Resolución N.° 14, del 12 de setiembre de 2022, emitida por la jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, se devolvieron los actuados a la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Sullana para la subsanación de errores en la foliación. Es así que mediante Resolución Nº 15, del 3 de octubre de 2022, emitida por la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Sullana, se subsanó la observación antes mencionada y mediante Ofi cio N.° 1785-2022-ODECMA-CSJSU-PJ 5 se elevaron los actuados a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Mediante Resolución Nº 19, del 19 de enero de 2024, la jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial resolvió proponer ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se imponga la medida disciplinaria de destitución al servidor Jairo Edson Castro Lazo, en su actuación como especialista judicial del Juzgado Unipersonal Transitorio de Talara, Corte Superior de Justicia de Sullana, por el cargo atribuido en su contra; así como disponer en su contra la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial. El servidor judicial investigado mediante escrito del 2 de febrero de 2024 -presentado por Mesa de Partes Electrónica- interpone recurso de apelación contra la Resolución Nº 19, del 19 de enero de 2024, que propone la sanción disciplinaria de destitución e impone la medida cautelar de suspensión preventiva en su contra. Es así que mediante Resolución Nº 20, del 19 de abril de 2024, emitida por la jefatura de la Autoridad Nacional de Control del el Poder Judicial, se resolvió : “PRIMERO. - IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por el servidor Jairo Edson Castro Lazo contra la resolución Nº 19, de fecha 19 de enero de 2024, en el extremo que resolvió PROPONER se le imponga la sanción de destitución en su contra (…). SEGUNDO.- CONCEDER el recurso de apelación al investigado JAIRO EDSON CASTRO LAZO contra la resolución Nº 19, de fecha 19 de enero de 2024, en el extremo que dictó la medida cautelar de SUSPENSIÓN PREVENTIVA en su contra (…) ”; disponiéndose elevar la citada propuesta de destitución efectuada contra el servidor Jairo Edson Castro Lazo al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fi n que sea resuelto conjuntamente con la apelación por el superior en grado. Marco normativoSegundo. Resolución Administrativa Nº 227-2009-CE- PJ, Reglamento que regula el Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial: Artículo 10. Faltas muy graves“(…) 8. Establecer relaciones extraprocesales con (…) terceros, que afecten el normal desarrollo de los procesos judiciales”. Artículo 13. Proporcionalidad entre tipos de faltas y sanciones Las sanciones previstas en el artículo precedente se imponen de acuerdo a los siguientes lineamientos: “(…) 3. Las faltas muy graves se sancionan con suspensión, con una duración mínima de cuatro (4) meses y máxima de seis (6) meses o, con destitución”.