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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (02/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Domingo 2 de febrero de 2025 El Peruano / sus anexos, a propuesta y previa opinión favorable de la Ofi cina General de Plani fi cación y Finanzas, y la O fi cina de Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera, según corresponda; así como aquellas que se requieran en el período de regularización, por las consideraciones expuestas en la presente resolución. Artículo Segundo .- PRECISAR que la delegación de facultades a que se re fi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo Tercero.- Remítase copia de la presente resolución a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima. gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2367338-1 Disponen la publicación del proyecto de ordenanza que aprueba las disposiciones para la jerarquización y gestión de la Red Ciclovial en Lima Metropolitana y el nuevo Manual de Criterios de Diseño de Infraestructura Ciclo - Inclusiva RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 048 Lima, 29 de enero de 2025 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; VISTOS: El Informe N° D000475-2024-MML-GMU- SER de la Subgerencia de Estudios y Regulación, el Informe N° D000232-2024-MML-GMU-AL del Área Legal de la Gerencia de Movilidad Urbana, el Memorando N° D000638-2024-MML-GMU de la Gerencia de Movilidad Urbana, el Informe N° D001835-2024-MML-OGPF- OPMGF de la O fi cina de Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera, el Memorando N° D000001-2025- MML-OGPF de la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas, el Informe N° D000033-2025-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D000073-2025-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 6 de la Ley N° 27972, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, siendo el Alcalde el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa, correspondiéndole aprobar y resolver asuntos de carácter administrativo a través de resoluciones de alcaldía, conforme lo establece el artículo 43 de la acotada Ley; Que, mediante Decreto Supremo N°009-2024- JUS, publicado el 30 de agosto de 2024, se aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; Que, el numeral 4.10 del artículo 4 del Reglamento, defi ne a la Publicación de proyectos normativos como la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados , antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses; Que, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento, sobre el contenido de la publicación de proyectos normativos, establece que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario. Asimismo, el numeral 20.2 del artículo 20, señala que las entidades de la Administración Pública deben propiciar tanto canales virtuales como físicos para la recepción de comentarios, aportes u opiniones y propiciar la adopción de mecanismos inclusivos para tal fi n, en formatos accesibles, de conformidad con la normativa aplicable; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 del citado cuerpo normativo, establece que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario o fi cial. El proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública; Que, bajo dicho marco normativo, mediante Memorando N° D000638-2024-MML-GMU, la Gerencia de Movilidad Urbana a través del Informe N° D000475-2024-MML-GMU-SER de la Subgerencia de Estudios y Regulación donde se adjunta el Informe N° 000424-2024-MML-GMU-SER-DPI y el Informe N° D000232-2024-MML-GMU-AL del Área Legal de la referida gerencia, propone y sustenta el proyecto de Ordenanza que aprueba las disposiciones para la jerarquización y gestión de la Red Ciclovial en Lima Metropolitana y actualiza el Manual de Criterios de Diseño de Infraestructura Ciclo - Inclusiva y la Guía de Circulación del Ciclista, determinando que el referido proyecto debe publicarse en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, así como su exposición de motivos, a fi n de recibir comentarios, opiniones y/o aportes de la ciudadanía; Que, mediante Memorando N° D00001-2025-MML- OGPF, la O fi cina General de Plani fi cación y Finanzas hace suyo el Informe N° D0001835-2024-MML-OGPF-OPMGF de la O fi cina de Plani fi cación, Modernización y Gestión Financiera, con el cual emite opinión favorable sobre el proyecto de Ordenanza; Que, mediante el Informe N° D000033-2024-MML- OGAJ, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos opina que resulta viable que mediante resolución de alcaldía se disponga la publicación del proyecto de ordenanza que aprueba las disposiciones para la jerarquización y gestión de la Red Ciclovial en Lima Metropolitana y su exposición de motivos; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- Publicación del proyecto normativo DISPONER la publicación del proyecto de ordenanza que aprueba las disposiciones para la jerarquización y gestión de la Red Ciclovial en Lima Metropolitana y el nuevo Manual de Criterios de Diseño de Infraestructura Ciclo - Inclusiva y su exposición de motivos, por el plazo de quince (15) días calendario, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe; a efectos de recibir comentarios, opiniones y/o aportes, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano.