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45 NORMAS LEGALES Sábado 8 de febrero de 2025 El Peruano / y Modernización de la Zona Registral N° IX señala, entre otros aspectos, que se efectuó la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por concepto del control concurrente del “Servicio de limpieza, mantenimiento y apoyo técnico en los locales de la Zona Registral N° IX Sede Lima” por el monto de S/ 41,605.00 (Cuarenta y un mil seiscientos cinco con 00/100 Soles), correspondiente al año 2022, autorizado con la Resolución N° 00003-2022-SUNARP/SA, y S/ 111,165.20 (Ciento once mil ciento sesenta y cinco con 20/100 Soles), correspondiente al año 2023, autorizado con la Resolución N° 00032-2024-SUNARP/SN; y que, a fi n de cumplir con la transferencia fi nanciera requerida por la Contraloría y teniendo en cuenta los recursos presupuestales existentes, se requiere solicitar la emisión de la resolución del titular del pliego de autorización de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría, en el marco de lo establecido en el artículo 4 de la Ley N° 31358 y lo dispuesto en el numeral 7.4 de la Directiva N° 016-2023-CG/GMPL, por el monto de S/166 387.80; Que, mediante el O fi cio N° 00114-2025-SUNARP/ ZRIX/JEF, el jefe (e) de la Zona Registral N° IX solicita a la Gerencia General se gestione la resolución del Superintendente Nacional, a fi n de proceder con la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por concepto del control concurrente por del proceso convocado en el año 2022 referido al “Servicio de Limpieza, mantenimiento y apoyo técnico en los locales de la Zona Registral N° IX Sede Lima”, en el marco de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, hasta por el monto de S/ 166 387.80, correspondiente a los años 2024 y 2025; Que, a través del Memorándum N° 00298-2025- SUNARP/OPPM, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización adjunta y hace suyo el Informe Técnico N° 00012-2025-SUNARP/OPPM/UP, de la Unidad de Presupuesto, donde se concluye que en el Presupuesto Institucional de Gastos para el año fi scal 2025, la Unidad Ejecutora 002 Sunarp Sede Lima dispone de recursos presupuestarios en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias; y en el ámbito estrictamente presupuestal, emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal para que se autorice la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República hasta por el monto de 166 387.80 soles; Que, mediante el Informe N° 00110-2025-SUNARP/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que, estando a lo expuesto por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, resulta legalmente viable se emita el acto resolutivo que autorice la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República hasta por el monto de S/ 166 387.80; el cual debe materializarse a través de una resolución de la Superintendencia Nacional que será publicada en el Diario O fi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control recurrente, y sus modi fi catorias, y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, actualizado por la Resolución N° 00125-2024-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República. Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional 2025, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, Unidad Ejecutora 002 Sunarp Sede Lima, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, hasta por la suma de S/ 166 387.80 Soles (Ciento sesenta y seis mil trescientos ochenta y siete con 80/100 Soles), correspondiente a los años 2024 y 2025, del Control Concurrente referido al “Servicio de limpieza, mantenimiento y apoyo técnico en los locales de la Zona Registral N° IX - Sede Lima”, en el marco del artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo 2.- Financiamiento. La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto institucional aprobado para el Año Fiscal 2025 del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, Unidad Ejecutora 002: SUNARP Sede Lima, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo con el siguiente detalle: Del Pliego : 067 Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Unidad Ejecutora : 002 SUNARP SEDE LIMA Fuente de Financiamiento : 01 RECURSOS ORDINARIOS Gasto Corriente 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional : S/ 166 387.80 Al Pliego : 019 Contraloría General de la República S/ 166 387.80 Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos. Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión. Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - Sunarp (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional 2369113-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Aprueban el “Plan de Actividades 2025 del Programa Nacional de Implementación de la Ley N° 30364” Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000045-2025-CE-PJ Lima, 5 de febrero del 2025VISTO: El O fi cio N° 000001-2025-P-PNL30364-PJ cursado por la señora Presidenta del Programa Nacional para la Implementación de la Ley N° 30364. CONSIDERANDO:Primero. Que la Presidenta del Programa Nacional para la Implementación de la Ley N° 30364, solicita que se apruebe la propuesta denominada “Plan de Actividades 2024 del Programa Nacional de Implementación de la Ley N° 30364”. Segundo. Que el referido plan presenta actividades y tareas que permitirán continuar con el seguimiento de