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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (28/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 28 de febrero de 2025 El Peruano / GAD-CSJLS-PJ remitido por la Coordinación de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO:Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 000176-2022-CE-PJ, de fecha de 19 de mayo de 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso la entrada en vigencia de la nueva funcionalidad de Registro y Asignación Electrónica de Curadores Procesales; así como, el uso obligatorio del Módulo Curador, implementado en el Sistema Integrado Judicial – SIJ; asimismo, dispuso que el registro y mantenimiento de la nómina de curadores procesales es responsabilidad de la Ofi cina de Servicios Judiciales o la que haga sus veces en cada una de las Cortes Superiores de Justicia. Segundo.- Posteriormente, mediante Resolución Administrativa N° 000436-2024-CE-PJ, de fecha de 13 de diciembre de 2024, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobó la Directiva N° 008-2024-CE-PJ denominada “Órganos de Auxilio Judicial Registrados” – Versión 002, para todas las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional. Tercero.- Estando a ello, la Directiva N° 008-2024-CE- PJ en los numerales 7.1.1 y 7.1.2 de la citada directiva, señala lo siguiente: 7.1.1. “Cada dos (2) años los Colegios de Abogados del país remiten a las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de su jurisdicción, la lista de profesionales habilitados para el ejercicio de la función de Curador Procesal. 7.1.2. Recibida dicha comunicación las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia expiden la correspondiente resolución administrativa que dispone la incorporación de los profesionales habilitados en el Registro Judicial de Curadores Procesales del distrito judicial”. Cuarto.- Mediante Carta N° 00011-D-CALSUR-2025, de fecha 29 de enero del año en curso, el Decano del Colegio de Abogados de Lima Sur, remitió a esta Presidencia la nómina de curadores procesales designados para desempeñarse como Curadores Procesales. Quinto.- A razón de ello, con O fi cio N° 000201-2025-CSJ-GAD-CSJLS-PJ, de fecha 03 de febrero del año en curso, remitido por la Coordinación de Servicios Judiciales solicita la expedición de la Resolución Administrativa que disponga la incorporación de los profesionales habilitados en el Registro Judicial de Curadores procesales de este distrito judicial, conforme a lo establecido en la Directiva de Órganos de Auxilio Judicial Registrados – Versión 2, aprobada mediante Resolución Administrativa N°000436-2024-CE-PJ. Sexto.- En virtud de lo expuesto, de conformidad al literal c) del numeral 6.2.3 y 7.1 de la Directiva N° 008-2024-CE-PJ denominada “Órganos de Auxilio Judicial Registrados” – Versión 002, corresponde incorporar a los profesionales habilitados en el Registro de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, periodo 2025-2026. Séptimo.- La Presidenta de la Corte Superior de Justicia, es la autoridad que representa y dirige la labor administrativa, así como la política interna en el Distrito Judicial a su cargo, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial: SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCORPORAR a los profesionales habilitados en el Registro de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para el periodo 2025-2026, cuyos nombres fi guran en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que, a partir del día siguiente de noti fi cada la presente resolución, sólo podrán ser designados para actuar como Curadores Procesales, aquellos profesionales aprobados en la presente Resolución. Artículo Tercero.- DISPONER que la Coordinación de Servicios Judiciales se encargue del registro y mantenimiento de la Nómina de Curadores Procesales de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial – Lima Sur, a la Gerencia de Administración Distrital, a la Unidad de Servicios Judiciales, a la Coordinación de Servicios Judiciales y Recaudación, al Colegio de Abogados de Lima Sur, a la Coordinación de Informática y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HILDA CECILIA PIEDRA ROJAS Presidenta de la CSJ de Lima Sur ANEXO 1 N° Nombre y Apellidos 1 Nilton Oswaldo Tolentino Fernandez 2 María Esperanza Martinez Portocarrero 3 Rolando Wilmer Chávez de la Cruz 4 Lorenza Clara Tadeo Manrique 5 Evelyn Giovanna Atuncar Ramos 6 John Carlos Villafuerte Roldan 7 Edith Holguin Uscamayta 8 Alfredo Antonio Olmedo Romero 9 Marilyn Johanna Avila Condori 10 Ydelfonso Rocky Lazarinos Guzmán 11 Carlos Alfredo Moreno Valencia 12 Albino Ocaña Lázaro 13 Wilder Jair Caceres Alvarado 14 Payoly Flores Gonzalez 15 Mario Alberto Guerra Santillan 16 Richard Angel Cuenca Pacheco 17 Inés Lopez Valera 18 Liz Fiorella Basilio Soto 19 Lombardo Gregorio Hijar Rodriguez 20 Luis Elmer Goyeneche de la Cruz 21 Dennis Vargas Mestas 22 Luis Cesar Arzapalo Imbertis 23 Pedro Nilo ignacio Cabanillas 24 María Cristina chavez 25 Aldo Eugenio Roman Veramendi 26 Sandra Melina Chávez Melgarejo 27 Milagros Kelly Perez Carranza 28 Jesus Toribio Benito Aguirre 29 Arcenio Fernandez Mondragon 30 Jaime Alarcón Montilla 31 Carlos Brayan Rivera Marmanillo 32 Germán Torpoco Laban 33 Raúl Antonio Gózar Alarcon 34 Efrain Richard Arellano Coronel 35 Wilbert Henry Martínez Camacho 36 Sonia Geovanna Grados Vilcas 37 Geraldo Gutierrez Ricse 38 Jimmi Joel Flores Escurra 39 Elias Lopez López 40 Jaime Gregorio Linares Hilares