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77 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / Secretaría Técnica, ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en mil cuatrocientos quince órganos jurisdiccionales que ya disponen de los bene fi cios del Expediente Judicial Electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Laboral - subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil subespecialidad Comercial, Civil subespecialidad Constitucional en materia de acción de amparo y Civil-Litigación Oral; así como en Familia en la subespecialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. Este número incluye lo correspondiente a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada – etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000138-2020-P-CE-PJ; y, la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, aprobada por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa Nº 000135-2022-P-CE-PJ. Quinto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. Nº 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. Nº 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. Nº 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. Nº 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026 (D.S. Nº 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa Nº 338-2022-CE-PJ). Sexto. Que, en la ejecución de las actividades comprendidas en el Plan de la Comisión de Trabajo del EJE para el periodo 2025, mediante Resolución Administrativa N° 000190-2025-CE-PJ se implementó el Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad Civil subespecialidad Constitucional, en materia de acción de amparo, en órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Cusco e interoperabilidad con el Tribunal Constitucional, en mérito a esta implementación, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, mediante o fi cio N° 001109-2025-P-CSJAR- PJ, solicita que se impulse del mismo modo la citada implementación. Sétimo. Qué, continuando con las actividades la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe Nº 052-2025-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento los Ofi cios Nº 001528-2025-GTI-GG-PJ y 001554-2025-GTI- GG-PJ de la Gerencia de Tecnologías de Información que gestiona los informes Nº 000248-2025-CDI-SDSI-GTI-GG-PJ y 000017-2025-CNIJ-GTI-GG-PJ, mediante los cuales informa respecto a las acciones realizadas en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Arequipa para los procesos de amparo en materia constitucional e interoperabilidad con el Tribunal Constitucional. Adicionalmente, la Gerencia de Servicios Judiciales mediante O fi cio Nº 000162-2025-GSJ-GG-PJ, indica los órganos jurisdiccionales que serán comprendidos en la implementación del Expediente Judicial Electrónico y el dimensionamiento de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Arequipa. Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa mediante o fi cios Nº 001206-2025-P-CSJAR-PJ y 001207-2025-P-CSJAR-PJ, brinda conformidad a los precitados informes, que incluye el alcance a los órganos jurisdiccionales y fechas de la entrada en producción e inauguración. Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento de transformación digital, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se propone la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), en la Corte Superior de Justicia de Arequipa para los procesos de amparo en materia constitucional. Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 1002-2025 de la trigésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 16 de julio de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para los procesos de amparo en materia constitucional, a partir del 17 de julio de 2025, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, e interoperabilidad con el Tribunal Constitucional, conforme al detalle siguiente: Sede Palacio de Justicia, ubicada en la Avenida Siglo XX S/N – Plaza España – Cercado Arequipa: - 1° Sala Civil. - 2° Sala Civil.- 3° Sala Civil. Sede Cooperativa Universitaria, ubicada en la Urbanización Cooperativa Universitaria I-6 - Arequipa: - 1° Juzgado Constitucional Permanente de Arequipa. - 2° Juzgado Constitucional de la provincia de Arequipa. La ceremonia de inauguración se realizará el 21 de julio de 2025. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Arequipa, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JANET TELLO GILARDI Presidenta 2421138-1