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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (06/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 6 de junio de 2025 El Peruano / “1.1 Establecer el límite de captura del recurso bonito (Sarda chiliensis chiliensis) para el periodo de mayo hasta agosto del año 2025, en trece mil setecientas sesenta (13 760) toneladas , aplicable a las actividades extractivas efectuadas por embarcaciones pesqueras artesanales que cuenten con permiso de pesca vigente, conforme a la siguiente distribución: PERIODOArte de pesca Cerco Cortina y otros artes pasivosMás de 20 m3 hasta 32.6 m3De 10 m3 a 20 m3Menor a 10 m3 1 de mayo – 30 de junio5 000 500 2 500 1 500 1 de julio – 31 de agosto1 760 500 1 000 1 000 El saldo no extraído en el periodo del 1 de mayo al 30 de junio, se acumula en el periodo del 1 de julio al 31 de agosto. Asimismo, el saldo no extraído al 31 de agosto, se redistribuye mediante Resolución Ministerial. ” Artículo 2.- Difusión y cumplimiento La Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio de Pesca y Acuicultura, la Dirección General de Pesca Artesanal, y la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, realizan las acciones de difusión que correspondan y velan por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial; sin perjuicio de las acciones que correspondan ser efectuadas por las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, en el ámbito de sus competencias. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2406888-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000202-2025- PRODUCE Lima, 5 de junio de 2025 VISTOS: El O fi cio Nº 000166-2025-CG/GRECE de la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República, el Memorando Nº 00000290-2025-PRODUCE/OGA de la O fi cina General de Administración, el Memorando Nº 00000513-2025-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 00000566-2025-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, mediante Resolución Ministerial Nº 000493-2024-PRODUCE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, establece que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en la entidad; precisando que, las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de su O fi cina de Presupuesto, la misma que se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante la Resolución de Contraloría Nº 237- 2021-CG, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el Impuesto General a las Ventas (IGV) y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el período a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con el O fi cio Nº 000166-2025-CG/GRECE, la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de la Producción efectuar la transferencia fi nanciera para el proceso de contratación de una Sociedad de Auditoría para la ejecución de la auditoría fi nanciera gubernamental de los períodos 2025 y 2026, hasta por la suma de S/ 280 934,00 (DOSCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), correspondiente al 100% de la retribución económica, incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV) para cada período; Que, la O fi cina General de Administración, a través del Memorando Nº 00000290-2025-PRODUCE/OGA, remite el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 280 934,00 (DOSCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), correspondiente al período 2025, señalando que de acuerdo con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000001033-2025 se cuenta con los recursos presupuestales necesarios para otorgar la mencionada transferencia fi nanciera; Que, mediante el Memorando Nº 00000513-2025-PRODUCE/OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº 00000156-2025-PRODUCE/OP de su Ofi cina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable a la propuesta de la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera señalada en el considerando precedente, para lo cual adjunta la documentación sustentatoria; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, hasta por la suma de S/ 280 934,00 (DOSCIENTOS OCHENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, para los fi nes señalados precedentemente; Con las visaciones de la Secretaría General, de la O fi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE; y la