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38 NORMAS LEGALES Viernes 6 de junio de 2025 El Peruano / y (iii) el presupuesto y ejecución del PDP que incluye la contrapartida, el mismo que comprenderá el monto de los recursos que el operador aportará al PDP para cubrir el componente de gastos operativos; Que, por el O fi cio Nº 1739-2025-EF/13.01, el Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe Nº 0071-2025-EF/65.02, de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, que indica que no formula observación al Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP”, en tanto coadyuvará al fortalecimiento de la productividad y competitividad de las MIPYME, por medio de la identi fi cación y cierre de brechas a nivel de calidad, gestión e innovación requeridas por sus tractoras; Que, mediante el Informe Nº 00000030-2025-PRODUCE/DIF.-hchavez y el Memorando Nº 00000037-2025-PRODUCE/DIF. de la Dirección de Instrumentos Financieros de la Dirección General de Desarrollo Empresarial, se indica que corresponde emitir la Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP”, conforme a lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 225-2020-EF; Que, en relación con la delegación de facultades para la suscripción del convenio cabe indicar que el artículo 67 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que procede la delegación de competencia de un órgano a otro interior de una misma entidad, con excepción de las atribuciones esenciales del órgano que justi fi can su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación; Que, el numeral 10.4 del artículo 10 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1047, indica que el Ministro ejerce las funciones que le asignan la Constitución Política del Perú y las demás leyes; y, puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, establece que el/la Ministro/a de la Producción ejerce las funciones que le asigna la Constitución Política del Perú y las leyes, pudiendo desconcentrar y/o delegar a los empleados públicos de su Ministerio las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP”, considerando que el referido Programa es un instrumento de política de desarrollo productivo orientado a fortalecer la articulación productiva empresarial mediante la mejora de las capacidades de los Proveedores y su relación con las Tractoras; además, corresponde delegar y autorizar al/a la Director/a Ejecutivo/a del PROINNOVATE, en representación del Ministerio de la Producción, a suscribir el Convenio con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) para la implementación del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP”; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Desarrollo Empresarial y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simpli fi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; el Decreto de Urgencia Nº 013-2020, Decreto de Urgencia que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, emprendimientos y startups; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo Nº 225-2020-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; y el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Operativo Aprobar el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP”, en el marco del Fondo MIPYME Emprendedor, que consta de veinte (20) artículos, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Delegación de facultades para la suscripción del Convenio con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) Delegar y autorizar al/a la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación – PROINNOVATE a suscribir, en representación del Ministerio de la Producción, el Convenio con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE) para la implementación del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP”, en el marco del Fondo MIPYME Emprendedor; autorización que comprende la suscripción de cualquier otro documento conexo o complementario que permita su ejecución. Artículo 3.- Actuaciones realizadas en virtud de la delegación Disponer que el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Desarrollo Tecnológico e Innovación - PROINNOVATE informe al Titular del Ministerio de la Producción respecto de las actuaciones realizadas en virtud de la delegación y autorización establecidas en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como los resultados obtenidos. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios no Financieros denominado “Programa de Desarrollo de Proveedores - PDP” en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2406889-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Crean Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de elaborar una propuesta de Transferencias Monetarias Condicionadas para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 080-2025-TR Lima, 5 de junio de 2025 VISTO: El Memorándum N° 000890-2025-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación N° 000428-2025-MTPE/2/15 de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo; el Informe N° 000093-2025-MTPE/2/15.1 de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales de la Dirección General de