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54 NORMAS LEGALES Sábado 21 de junio de 2025 El Peruano / de plani fi cación de carácter general y especí fi cos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas; Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de plani fi cación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2001-AG, se declara el Santuario Histórico Bosque de Pómac, sobre la super fi cie de 5 887,38 ha, ubicado en el distrito de Pítipo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 91-2017-SERNANP, aprobar el Plan Maestro Santuario Histórico Bosque de Pómac, periodo 2017-2021, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida área natural protegida; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021- SERNANP, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros; Que, mediante Resolución Directoral Nº 005-2022- SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000005-2024-SERNANP-DDE modi fi cada mediante Resolución Directoral Nº 000011-2024-SERNANP/DDE- SGD, se aprueba la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2024, siendo una de ellas el Santuario Histórico Bosque de Pómac; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 000020-2024-SERNANP/DDE-SGD, se aprueba los Términos de Referencia del proceso de actualización del Plan Maestro del Santuario Histórico Bosque de Pómac; Que, teniendo en cuenta que en el Informe Nº 000576-2025-SERNANP/DDE-SGD, se concluye que el Plan Maestro del Santuario Histórico Bosque de Pómac periodo 2025-2030, ha sido elaborado conforme a las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP y que, no presenta observaciones siendo validado por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión del ANP y sustentada ante las direcciones de línea y la Alta Dirección del SERNANP, contando con la respectiva conformidad y visto bueno de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, solicita su aprobación; Que, dicho informe concluye además que, en relación a la modi fi cación de la zoni fi cación que, se precisaron los criterios, condiciones y normas de uso, para lo cual se contó con la asistencia técnica y acompañamiento de los especialistas de ambas direcciones de línea, y ha sido validado por los diversos actores y Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión y que conforme al Informe Nº 000538-2025-SERNANP/DDE-SGD, dicha modi fi cación cumple con los requisitos establecidos en la RP Nº 331-2022-SERNANP, directiva que regula la gestión de la información geográ fi ca del SERNANP; y respecto a la Zona de Amortiguamiento de dicho Santuario Histórico no ha sido modi fi cada; Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro del Santuario Histórico Bosque de Pómac periodo 2025-2030, así como la modi fi cación de su zoni fi cación y la ratifi cación de su zona de amortiguamiento; Que, en el Informe Nº 000291-2025-SERNANP/ OAJ-SGD, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que atendiendo al informe emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico y la conformidad de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Maestro del Santuario Histórico Bosque de Pómac periodo 2025-2030; Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General; y, De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM y en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro del Santuario Histórico Bosque de Pómac, periodo 2025-2030, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Jefatura del Santuario Histórico Bosque de Pómac, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE Jefe del SERNANP 2411479-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Disponen la publicación de proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29 (versión 4) y deroga procedimiento, en la sede digital de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000206-2025/ SUNAT Lima, 18 de junio de 2025 DISPONE PUBLICACIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO GENERAL “CERTIFICACION DEL OPERADOR ECONOMICO AUTORIZADO” DESPA-PG .29 (VERSIÓN 4) Y DEROGA PROCEDIMIENTO, EN LA SEDE DIGITAL DE LA SUNAT CONSIDERANDO:Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado