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48 NORMAS LEGALES Sábado 21 de junio de 2025 El Peruano / Director de la Dirección de Servicios del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN, con efectividad al 20 de junio de 2025, dándose las gracias por los servicios prestados a la Entidad y el logro de metas alcanzadas. Artículo 2°.- Designar temporalmente con efectividad al 21 de junio de 2025, al señor JOSÉ MANUEL OSORES REBAZA, en el puesto de con fi anza de Director de la Dirección de Servicios del Instituto Peruano de Energía Nuclear-IPEN. Artículo 3°.- Disponer que la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración realice las acciones de personal correspondientes. Artículo 4°.- Encargar a la Unidad Funcional de Gestión Documental de la Gerencia General, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; así como, en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Instituto Peruano de Energía Nuclear- IPEN (www.gob.pe/ipen) en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROLANDO PÁUCAR JÁUREGUI Presidente 2411866-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Rectifican el artículo 3 de la Resolución Jefatural N° 0103-2025-ANA, mediante la cual se conforma el Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial Inambari Tambopata, Región Puno RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0119-2025-ANA San Isidro, 20 de junio de 2025VISTOS:La Resolución Jefatural N° 0103-2025-ANA de fecha 30 de mayo de 2025; y el Informe Legal N° 0491-2025-ANA- OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 997, se crea la Autoridad Nacional del Agua - ANA, como un organismo público responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos. Tiene personería jurídica de derecho público interno y constituye un pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura, actualmente denominado Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego de acuerdo al artículo 2 de la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante Resolución Jefatural N° 0103-2025- ANA de fecha 30 de mayo de 2025 se conforma el Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial Inambari Tambopata, Región Puno; Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión.”; Que, asimismo el numeral 212.2 del citado artículo establece que el acto administrativo de recti fi cación adopta la mismas formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; Que, sobre el caso en particular, se advierte un error material en el artículo 3 de la Resolución Jefatural N° 0103-2025-ANA, siendo que se consignó por error involuntario a la Dirección Regional de Corporación Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge como integrante del Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial Inambari Tambopata; sin embargo conforme a lo informado por la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos en el Informe Técnico N° 0003-2025-ANA- DPDRH/JMMC corresponde consignar a la Dirección Regional de Vivienda y Saneamiento - Gobierno Regional de Puno; Que, en ese contexto, los errores materiales para poder ser recti fi cados, no deben de producir un cambio sustancial en el sentido del acto a recti fi carse, por lo que resulta necesario recti fi car la Resolución Jefatural N° 0103-2025-ANA de fecha 30 de mayo de 2025, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 31 de mayo de 2025, en el extremo de lo dispuesto en el artículo 3 de su parte resolutiva; Que, con el Informe Legal de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que advirtiéndose que el error material no altera el contenido sustancial ni el sentido de lo dispuesto corresponde la emisión del acto resolutivo que recti fi que la Resolución Jefatural N° 0103-2025-ANA; Con los vistos de la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Recti fi cación RECTIFICAR, el artículo 3 de la Resolución Jefatural N° 0103-2025-ANA publicada en el Diario O fi cial el Peruano el 30 de mayo de 2025, de acuerdo al siguiente detalle: DICE:“Artículo 3.- Integrantes del Grupo Especializado de Trabajo El Grupo Especializado de Trabajo Multisectorial Inambari Tambopata, Región Puno, está conformado por los representantes de las siguientes instituciones públicas y/o privadas, los cuales deben encontrarse en el ámbito de intervención del GETRAM: - Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI. - Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP. - Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana - IIAP. - Instituto Geofísico del Perú - IGP.- Autoridad Nacional del Agua - ANA.- Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA. - Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR. - Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul - UEFSA.- Dirección Regional de Corporación Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge. - Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI.- Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS. - Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA. - Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN. - Gerencia Regional de Autoridad Ambiental - Gobierno Regional de Puno. - Gerencia Regional de Desarrollo Agrario - Gobierno Regional de Puno.