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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (28/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 264

TEXTO PAGINA: 232

232 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / Norma Fundamental (ver SN 1.1. y 1.2.) y su ley orgánica (ver SN 1.3.), debe pronunciarse con respecto a si corresponde o no dejar sin efecto la credencial otorgada a la señora regidora, como consecuencia del procedimiento mediante el cual se declaró su vacancia (ver SN 1.5.). 2.2. De los actuados, se advierte que en contra de la señora regidora se siguió un procedimiento de vacancia en sede municipal, por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 de la LOM (ver SN 1.4.). Al respecto, a través del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 028-2024-MDM, del 20 de setiembre de 2024, se declaró la vacancia de le citada autoridad. Posteriormente, el 14 de octubre de 2024, la señora regidora presentó recurso de reconsideración, que fue desestimado por el concejo municipal con el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 035-2024- MDM/CM, del 24 de octubre de 2024. 2.3. El 3 de junio de 2024, la señora regidora interpuso recurso de apelación contra del citado Acuerdo de Concejo Municipal Nº 035-2024-MDM/CM, que había desestimado su recurso de reconsideración en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 028-2024-MDM, que declaró su vacancia en el cargo, por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 de la LOM. 2.4. Posteriormente, través del Auto Nº 1, del 1 de abril de 2025, emitido en el Expediente Nº JNE.2024003641 se declaró improcedente el referido recurso de apelación interpuesto por la señora regidora contra el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 035-2024-MDM/CM, así como su archivo de fi nitivo debido a que no se cumplió con las exigencias establecidas en los artículos 358, 366 y 367 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil. 2.5. En tal sentido, se aprecia que se respetó el derecho a la impugnación de la señora regidora, conforme lo determina la LOM y las formalidades que señala el TUO de la LPAG (ver SN 1.5. y 1.7.), por lo que corresponde a este Supremo Tribunal Electoral, en atención a lo previsto en el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.6.), dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada para que ejerza dicho cargo en el Concejo Distrital de Macate. 2.6. En ese sentido, respetando la precedencia establecida por ley, se debe convocar a doña Darlin Vanessa Obregón Rodríguez, identi fi cada con DNI Nº 71969120, candidata no proclamada de la organización política Renovación Popular, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Macate, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.7. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 28 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Santa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.8. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.8). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Roxana Lucy Chinchay Bermúdez como regidora del Concejo Distrital de Macate, provincia de Santa, departamento de Áncash, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por haber incurrido en la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Darlin Vanessa Obregón Rodríguez, identi fi cada con DNI Nº 71969120, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Macate, provincia de Santa, departamento de Áncash, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117-2025-JNE.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Información corroborada con la consulta virtual realizada en el portal web del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. 2 Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, del 25 de enero de 2019. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2413743-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Chucuito, provincia y departamento de Puno RESOLUCIÓN N° 0231-2025-JNE Expediente N° JNE.2025000071 CHUCUITO - PUNO - PUNO VACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 11 de junio de 2025 VISTO: el O fi cio N° 012-2025-MPCH/A, presentado, el 14 de enero de 2025, por don Yuri Arce Zea, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chucuito, provincia y departamento de Puno (en adelante, señor alcalde), sobre solicitud de convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de doña Antonia Marleny Cruz Alejo, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora), por nepotismo, causal prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2024002933. ANTECEDENTESEn el Expediente N° JNE.2024002933 (apelación) 1.1. El 30 de setiembre de 2024, la señora regidora puso en conocimiento de esta instancia electoral que, el 25 del mismo mes y año interpuso su recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo N° 057-2024-CMDCH, del 29 de agosto de 2024, que declaró infundado su recurso de reconsideración formulado en contra del Acuerdo de Concejo N° 048-2024-CMDCH, del 9 de julio de 2024, que, a su vez, declaró su vacancia por la causal prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM. 1.2. De igual forma, mediante el O fi cio N° 443-2024-MDCH/A, presentado el 1 de octubre de 2024, el señor alcalde remitió el referido recurso de apelación interpuesto por la señora regidora, así como, entre otros documentos, la Resolución de Alcaldía N° 222-2024-MDCH/A, del 30 de setiembre de 2024, a través de la cual se declaró improcedente el citado recurso impugnatorio, por haberse presentado en forma extemporánea. 1.3. Por medio del Memorando N° 000670-2024-SG/ JNE, del 30 de octubre de 2024, la Secretaría General solicitó a la unidad orgánica de Servicios al Ciudadano de