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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (28/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 264

TEXTO PAGINA: 219

219 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / que le han sido conferidas por la Constitución Política del Perú, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe la conducta del mencionado funcionario, de acuerdo con sus competencias. 2.11. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo estipulado en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.10.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar NULO lo actuado hasta el acto de notifi cación del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 001- 2025-MDSC/CM, del 8 de enero de 2025, dirigido a don Gino Geovanni Aparcana Chacaltana, en el procedimiento de suspensión seguido en contra de don Carlos Alberto Gutiérrez Accho, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, por incumplir lo dispuesto en el artículo 39-A de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, debido al ejercicio de la presidencia de la instancia distrital de concertación, causal prevista en el numeral 6 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. REQUERIR a don Carlos Alberto Gutiérrez Accho, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, para que, en el plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, luego de recibido el presente pronunciamiento, cumpla con notifi car a don Gino Geovanni Aparcana Chacaltana con el acta de sesión extraordinaria, del 7 de enero de 2025, o el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 001-2025-MDSC/CM, del 8 del mismo mes y año, respetando estrictamente las formalidades de noti fi cación previstas en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial penal de turno para que evalúe la conducta de la citada autoridad, conforme a sus competencias. 3. REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz, provincia de Palpa, departamento de Ica, para que –una vez realizado el acto indicado en el numeral 2 de la parte decisoria de la presente resolución– informe si en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 001-2025-MDSC/CM, del 8 de enero de 2025, se interpuso recurso impugnatorio alguno, o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a fi n de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución Nº 117-2025-JNE; asimismo, para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual, en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019. 2 Aprobado mediante la Resolución Nº 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025, en el diario oficial El Peruano. 2413747-1 Declaran nulo lo actuado hasta la notificación del Acuerdo de Concejo N° 079-2024-MDPN/CM al solicitante de la vacancia, en procedimiento seguido contra alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN N° 0225-2025-JNE Expediente N° JNE.2024002919 PUEBLO NUEVO - ICA - ICAVACANCIA TRASLADO Lima, 10 de junio de 2025 VISTOS: los actuados del presente expediente sobre traslado de solicitud de vacancia presentada por don Wilfredo César Briceño Páucar (en adelante, señor solicitante) en contra de don Hebert Edgardo Gonzales Arcos, alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia y departamento de Ica (en adelante, señor alcalde). ANTECEDENTES 1.1. Mediante el escrito presentado el 27 de setiembre de 2024, el señor solicitante peticionó que se traslade al Concejo Distrital de Pueblo Nuevo su solicitud de vacancia en contra del señor alcalde, por considerar que dicha autoridad está incursa en la causal de vacancia, prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). 1.2. Por medio del Auto N° 1, del 30 de setiembre de 2024, este órgano electoral dispuso trasladar al Concejo Distrital de Pueblo Nuevo la solicitud presentada por el señor solicitante en contra del señor alcalde. 1.3. Con escrito, del 28 de octubre de 2024, el gerente municipal, don Alejandro Orlando García Torres (en adelante, señor gerente) adjuntó los cargos de notifi cación. 1.4. Con fechas 4 y 16 de diciembre de 2024, el señor solicitante, sin escrito, presentó el Acta de Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal, del 3 de diciembre de 2024. 1.5. Asimismo, con escrito, del 2 de enero de 2025, el señor solicitante argumentó que su voto a favor de la vacancia no fue considerado. 1.6. Por su parte, con escrito, del 29 de enero de 2025, el señor gerente remitió diversa documentación, entre ella, lo siguiente: a) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, del 3 de diciembre de 2024, a través de la cual el concejo distrital declaró infundada la solicitud de vacancia en contra del señor alcalde. b) Acuerdo de Concejo N° 079-2024-MDPN/CM, del 3 de diciembre de 2024, mediante la cual se formalizó la decisión adoptada por el concejo municipal. c) Cargo de la Carta Circular N° 002-2024-MDPN/ SG, del 13 de diciembre de 2024, dirigida a todos los