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230 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / para que informe si en contra del acuerdo de concejo municipal a emitirse, respecto a la vacancia de don Juan Almanzor Córdova Jáuregui, alcalde de la referida entidad edil, se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta de acuerdo con sus competencias. 4.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución N° 117-2025-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www. jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante la Resolución N° 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2413769-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Macate, provincia de Santa, departamento de Áncash RESOLUCIÓN Nº 0230-2025-JNE Expediente Nº JNE.2025001650 MACATE - SANTA - ÁNCASHVACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 11 de junio de 2025 VISTO: el O fi cio Nº 002-2025-SG-MDM/DJLC, presentado el 24 de abril de 2025, por don Derian Jesús Loyola Castillo 1, secretario general de la Municipalidad Distrital de Macate, provincia de Santa, departamento de Áncash (en adelante, señor recurrente), sobre la solicitud de vacancia e convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia de doña Roxana Lucy Chinchay Bermúdez, regidora de la citada entidad edil (en adelante, señora regidora), por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES Apelación interpuesta por la señora regidora (Expediente Nº JNE.2024003641) 1.1. Mediante el O fi cio Nº 002-2024-OSG-MDM/ BMSG, presentado el 29 de noviembre de 2024, don Bylly M. Solano Gonzales, secretario general de la de Municipalidad Distrital de Macate, remitió el recurso de apelación interpuesto por la señora regidora en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 035-2024-MDM/CM, del 24 de octubre de 2024, que rechazó el recurso de reconsideración que presentó en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 028-2024-MDM, del 20 de setiembre de 2024; al respecto, adjuntó principalmente los siguientes documentos: a) Carta Nº 014-2024-SG/MDM, recibida el 12 de setiembre de 2024 por la señora regidora mediante la cual se le convocó a la sesión extraordinaria llevada a cabo el 20 de setiembre de 2024. b) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 003-024-MDM/CM, del 20 de setiembre de 2024, con la cual se declaró la vacancia de la señora regidora. c) Acuerdo de Concejo Municipal Nº 028-2024-MDM, del 20 de setiembre de 2024, por medio del cual se ratifi có la decisión dispuesta en la referida acta de sesión extraordinaria d) Actas de Preaviso de Noti fi cación Nº 001-2024-SG/ MDM y de noti fi cación bajo puerta, del 23 y 24 de setiembre de 2024, respectivamente, con los que se noti fi có a la señora regidora el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 003-024-MDM/CM, y el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 028-2024-MDM. e) Recurso de reconsideración recibido, el 14 de octubre de 2024, por la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Macate, por medio del cual la señora regidora contradijo lo dispuesto en el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 028-2024-MDM. f) Acta de Preaviso de Notificación Nº 002-2024- SG/MDM y acta de notificación bajo puerta del 16 de octubre de 2024, con los que se remitió a la señora regidora la Carta Nº 020-2024-SG/MDM, que la convocó a sesión extraordinaria de concejo el 24 de octubre de 2024, en la que se trataría sobre su recurso de reconsideración. g) Escrito ingresado por la señora regidora, el 23 de octubre de 2024, a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Macate, a través del cual indica su no participación en la sesión extraordinaria de concejo que votará sobre su recurso de reconsideración. h) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 005-2024-MDM/CM, del 24 de octubre de 2024, mediante la cual se declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por la señora regidora. i) Acuerdo de Concejo Municipal Nº 035-2024-MDM/ CM, del 24 de octubre de 2024, mediante la cual se rati fi có lo dispuesto en la citada acta de sesión extraordinaria en el literal precedente. j) Acta de Preaviso de Noti fi cación Nº 003-2024-SG/ MDM y acta de noti fi cación bajo puerta del 24 de octubre de 2024, con las cuales se le envió a la señora regidora la Carta Nº 027-2024-SG/MDM, en la que se adjunta el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 035-2024- MDM/CM k) Recurso de apelación presentado por la señora regidora, el 11 de noviembre de 2024, ante la Mesa de Partes de la Municipalidad Distrital de Macate contra el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 035-2024- MDM/CM. l) Comprobante de pago de la tasa electoral correspondiente por concepto de recurso de apelación. 1.2. A través del Auto Nº 1 del 1 de abril de 2025, este órgano electoral declaró improcedente el referido recurso de apelación interpuesto contra el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 035-2024- MDM/CM. Convocatoria de candidato no proclamado (Expediente Nº JNE.2025001650) 1.3. En tal contexto, con el O fi cio Nº 002-2025-SG- MDM/DJLC, presentado el 24 de abril de 2025, el señor recurrente remitió entre otros, el comprobante de pago requerido. 1.4. Mediante O fi cio Nº 003-2025-SG-MDM/DJLC, presentado el 10 de junio de 2025, el señor recurrente presentó documentación en virtud del presente procedimiento de convocatoria de candidato no proclamado.